Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 27 de agosto de 2012

nes al punto II del inciso c del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.
Que los antecedentes curriculares de la agente mencionada en el Anexo adjunto a la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que, consecuentemente, corresponde exceptuar a la agente detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida de los requisitos mínimos para el acceso a cada nivel escalafonario establecidos en el punto II del inciso c del Artículo 9º del Anexo I
al Decreto Nº1.421/02 al solo efecto de posibilitar su contratación, de acuerdo a lo solicitado por la citada SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA
COMPETITIVIDAD.
Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº1.421/02 y la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I al Decreto Nº1.421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución Nº48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.467

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rios y 2.098 del 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 del 21
de enero de 2004 y sus modificatorias y 1 del 10 de enero de 2012, la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº26.728 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Que mediante el dictado de los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y 601 del 11
de abril de 2002 se estableció que toda designación de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que los artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de Empleo del Personal que revista en el Régimen de Contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la Planta Permanente.
Que mediante la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias se han aprobado las pautas de aplicación del régimen de Contrataciones de Personal de la Ley Nº25.164.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha sido exceptuada del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por no existir reingreso a la Administración Pública Nacional.

Que la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, estableció las pautas de equiparación con el personal de Planta Permanente para la fijación de la remuneración que corresponda asignar al personal contratado, de conformidad con los lineamientos consignados en la Ley Nº25.164.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los incisos a, b y c del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1.421/02, como asimismo las prescripciones del artículo 6º del Decreto Nº601/02 en lo que se refiere al cumplimiento de la Circular de la SECRETARIA LEGAL y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº4 de fecha 15
de marzo de 2002.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1.421/02.
Por ello,
Que por el Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491/02 será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS
$8.500.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 5 de septiembre de 2008.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para contratar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, destinada a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION
DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS con carácter de excepción a lo establecido en el punto II del inciso c del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que resulta indispensable para el cumplimiento de los objetivos de la Dirección de Estudios y Coordinación Macroeconómicos dependiente de la Dirección General de Estudios y Estadísticas Laborales de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS LABORALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, requerir la colaboración de UN 1 Analista Principal, de acuerdo a la identificación realizada en el respectivo Anexo al artículo 1º de la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº48/02 y sus modificatorias, por el período establecido en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que la persona cuya contratación se propone, reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Hernán G. Lorenzino.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

ANEXO

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios.

Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000000598 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION
ECONOMICA
Código de Control: 0000014252
Listado de Contrataciones Nº
Apellido
Nombre
Tipo y NºDoc.

NyG

Desde
Hasta
Prog.

Act.

Dedic.

1

DE PAZ

CYNTHIA LORENA

DNI 29863219

B0

01/05/2011

31/12/2011

18

16

100%

Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81

Proyecto: 0

Fuente: 11

Ubic. Geo.: 2

Jurisdicción: 50

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase la contratación individual celebrada en los términos del artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº1.421/02, entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL y la persona que se menciona en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, conforme a las condiciones que se indican en el mismo.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º, será atendido con cargo al Programa 01 - Actividades Centrales, Fuente de Financiamiento 11, Partida Principal 1.8 - Personal Contratado - TESORO NACIONAL, Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Decisión Administrativa 735/2012

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Carlos A. Tomada.
ANEXO

Apruébase contratación en la Dirección de Estudios y Coordinación Macroeconómicos.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Bs. As., 21/8/2012
VISTO el Expediente Nº1.490.391/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, la Ley Nº26.728 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Pública para el Ejercicio 2012, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 1.421 del 8 de agosto de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificato-

APELLIDO Y
NOMBRE
BUSTOS, JUAN
MARTIN

Nºde Documento 25.202.572

Denominación de la Función o Puesto Analista Principal
Total Ministerio de Trabajo, E. y S.S

Nivel y Grado
Desde
B-2

A partir de la notificación del acto que apruebe el contrato
Hasta
Lugar Prest. Serv.

31/12/2012

Dirección de Estudios y Coordinación Macroeconómicos 1

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data27/08/2012

Conteggio pagine52

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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