Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 27 de agosto de 2012
Listado de Contrataciones
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.


Apellido
Nombre
Tipo y NºDoc.

NyG

Desde
Hasta
Prog.

Act.

Dedic.

1

VILLARREAL

REYNALDO MIGUEL

DNI 11617255

B5

01/02/2012

31/12/2012

1

1

100%

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1.421/02 y por el Artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81

6

BOLETIN OFICIAL Nº 32.467

Proyecto: 0

Fuente: 11

Ubic. Geo.: 2

Jurisdicción: 52

Por ello,

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 734/2012
Danse por aprobadas contrataciones en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar.

Bs. As., 21/8/2012
VISTO el Expediente NºS01:0068524/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº25.164, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº26.728, los Decretos Nros. 491 de fecha 12
de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de las contrataciones de las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinadas al ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE
DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por exceptuadas a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II del inciso c del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, al solo efecto de posibilitar sus contrataciones, en los niveles y grados del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazos consignados para cada caso, en el Anexo que forma parte integrante de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE
DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2º Danse por aprobadas las contrataciones, con relación de empleo público, conforme lo establecido por el Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación, de las personas indicadas en el Anexo que integra la presente medida, destinadas al ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA
DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, conforme al nivel, grado y plazo que para cada caso se consignan.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Norberto G. Yauhar.
ANEXO

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto Nº2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Código de Control: 0000016235

Que los antecedentes curriculares de las personas mencionadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II del inciso c del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuadas a las personas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a del Anexo al Decreto Nº2.098/08, para el Nivel B.
Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº1.421/02 y la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº48/02 y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que el Artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS $8.500.-.
Que la atención del gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida se efectuará con los créditos del presupuesto de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que las personas indicadas en el Anexo que integra la presente medida han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Nombre del Proyecto: 0000001101 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR

Listado de Contrataciones Nº
Apellido
Nombre
Tipo y NºDoc.

NyG

Desde
Hasta
Prog.

Act.

1

BAIDOWSKI

ANALIA MARLENE

DNI 24850842

B5

01/03/2012

31/12/2012

1

1

Dedic.
100%

2

POHORILO

RENE ALBERTO

DNI 26489928

B5

01/03/2012

31/12/2012

1

1

100%

Cantidad de Contratos Listados: 2
Imputación Presupuestaria: 1 81

Proyecto: 0

Fuente: 11

Ubic. Geo.: 2

Jurisdicción: 52

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decisión Administrativa 730/2012
Autorízase contratación en la Subsecretaría de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo.

Bs. As., 21/8/2012
VISTO el Expediente NºS01:0253318/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 25.164 y 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, el Decreto Nº2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Decisión Administrativa Nº1 de fecha 10 de enero de 2012, la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, celebrada bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación, de acuerdo a lo solicitado por la entonces SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA actualmente SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD dependiente de la entonces SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA actualmente SECRETARIA
DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que en el Artículo 14 del Anexo al Decreto Nº2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 se establecen los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SI.N.E.P..
Que en el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, se establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepcio-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data27/08/2012

Conteggio pagine52

Numero di edizioni9395

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione13/07/2024

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