Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 22 de mayo de 2012

ANEXO
Expediente Nº1.370.001/10

PARTES SIGNATARIAS
UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR
U.T.A.
C/
FEDERACION ARGENTINA
DE TRANSPORTADORES
POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS
FATAP

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/04/2010

BASE PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

$ 3.071,63

$ 9.214,89

BOLETIN OFICIAL Nº 32.402

59

UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES U.T.E.D.Y.C., por la parte sindical, y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, por la parte empleadora.
ARTICULO 2 Fíjanse el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº824 del 5 de julio de 2010 y registrado bajo el Nº890/10, suscripto entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES
DEPORTIVAS Y CIVILES U.T.E.D.Y.C., por la parte sindical, y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3 Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con el tope indemnizatorio fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº1241 del 30 de septiembre de 2009 para los trabajadores enmarcados en el CCT Nº553/09, correspondiente al Acuerdo registrado bajo el Nº792/09
y homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº896 del 21 de julio de 2009 y registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

CCT Nº460/73

Expediente Nº1.370.001/10
Buenos Aires, 11 de abril de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 465/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 206/12 T.
VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ARTICULO 4 Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 5 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias; posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente Nº1.367. 063/10

SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº474/2012

PARTES SIGNATARIAS

Tope Nº210/2012
Bs. As., 10/4/2012
VISTO el Expediente Nº1.367.063/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº1241 de fecha 30 de septiembre de 2009 y Nº824 del 5 de julio de 2010, y
UNION TRABAJADORES
DE ENTIDADES DEPORTIVAS
Y CIVILES U.T E.D.Y.C.
C/
ASOCIACION DEL FUTBOL
ARGENTINO

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/04/2010
01/06/2010
01/09/2010
01/01/2011
01/03/2011

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

$ 3.796,04
$ 4.023,72
$ 4.266,52
$ 4.376,52
$ 4.440,40

$ 11.388,12
$ 12.071,16
$ 12.799,56
$ 13.129,56
$ 13.321,20

CCT Nº553/09

Expediente Nº1.367.063/10
CONSIDERANDO:
Que a fojas 13 del Expediente Nº1.367.063/10 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION
TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES U.T.E.D.Y.C., por la parte sindical, y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº553/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T.
Nº824/10 y registrado bajo el Nº890/10, conforme surge de fojas 34/36 y 39, respectivamente.
Que mediante la Resolución S.T. Nº1241/09 se fijó el tope indemnizatorio para el Convenio Colectivo de Trabajo Nº553/09 con vigencia desde el 1 de mayo de 2010 correspondiente al Acuerdo Nº792/09, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº896 del 21 de julio de 2009.
Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº890/10 han establecido nuevos valores para las escalas salariales vigentes al mes de abril de 2010, deviene necesario dejar sin efecto los montos de la base promedio y del tope indemnizatorio fijados para el citado CCT Nº553/09 con vigencia a partir del 01/05/2010.
Que cabe destacar que la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1241 del 30 de septiembre de 2010 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 46/58, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que sin perjuicio del tope que se fija por el presente acto, resulta oportuno dejar aclarado que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº745 del 13 de julio de 2011, se fijó el tope indemnizatorio con vigencias a partir del 1º de abril de 2011, correspondiente al Acuerdo Nº584/11, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº479 del 16 de mayo de 2011.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº628 y Nº2204 de fechas 13
de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Déjase sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1 de mayo de 2010 para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº553/09, fijados por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO
Nº1241 del 30 de septiembre de 2009, correspondiente al Acuerdo Nº792/09, suscripto entre la
Buenos Aires, 11 de abril de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº474/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 210/12
T. VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data22/05/2012

Conteggio pagine60

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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