Boletín Oficial de la República Argentina del 14/12/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 14 de diciembre de 2011

Primera Sección
régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente de la jurisdicción u organismo descentralizado contratante al que corresponde equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar.

DEZ, del contrato aprobado oportunamente mediante Resolución JGM Nº 26/11 y su modificatoria Resolución JGM Nº 737/11, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.

Que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Jurisdicción 30, a fin de atender el gasto resultante de la contratación propuesta.

Que a partir del 1º de junio de 2011 se le han asignado al agente mencionado funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas por lo que corresponde aprobar la adenda al contrato aprobado oportunamente, con ajuste del nivel y grado conforme las obligaciones ahora convenidas, con efectos a la fecha mencionada precedentemente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por autorizada a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR a efectos de contratar por el período comprendido entre el 1º de julio de 2011 y el 31 de diciembre de 2011, al Sr. Jaime Ruben PROFITOS
D.N.I. Nº12.904.604, con carácter de excepción al Punto II del inciso c del artículo 9º del Anexo I
del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel E - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1351/2011
Dase por aprobada la adenda a una contratación en la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gabinete.

Bs. As., 7/12/2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº19813/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8
de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, la Resolución ex SSGP Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151
del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6
de marzo de 2009, la Resolución JGM Nº26
del 26 de enero de 2011, la Resolución JGM
Nº737 del 30 de agosto de 2011, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la aprobación de la adenda suscripta ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrada entre el titular de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS
DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y D. Norberto Daniel FERNAN-

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la adenda al contrato, solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I
al Decreto Nº1421/02.
Que el agente involucrado en el presente acto se encuentra exceptuado de lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber presentado la documentación oportunamente.
Que el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº3/04, modificada por sus similares Nº1151/06 y Nº52/09, establece que para la equiparación de la remuneración con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de Planta Permanente de la jurisdicción sólo se considerará la especialidad o experiencia laboral acumulada por la persona a contratar derivada de servicios prestados en organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal y organismos o entes públicos, incluso los prestados con carácter de ad honorem, relacionados exclusiva y directamente con las actividades, funciones, servicios o resultados a obtener mediante su contratación.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de junio de 2011
en la función de Coordinador en Sistemas Informáticos de ONC, por lo que procede aprobar la adenda al contrato con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del gasto que genera la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº2054 del 22 de diciembre de 2010.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION
NACIONAL, último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03, y sus modificatorios.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.295

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobada, con efectos al 1º de junio de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, la adenda suscripta ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrada entre el titular de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el agente D. Norberto Daniel FERNANDEZ D.N.I. Nº14.419.147, para desempeñar funciones de Coordinador en Sistemas Informáticos de ONC en la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la citada Subsecretaría, equiparado al Nivel B Grado 6, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO Decreto Nº 2098/08, del contrato que fuera aprobado mediante Resolución JGM
Nº26 del 26 de enero de 2011 y su modificatoria Resolución JGM Nº737 del 30 de agosto de 2011, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02
y de la Resolución ex SSGP Nº48/02 y sus modificatorias.
Art. 2º Autorízase la adenda al contrato que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1352/2011
Dase por aprobada una contratación en la Dirección Técnico Administrativa de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 7/12/2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº26247/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8
de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución ex SSGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la aprobación del contrato suscripto, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y Da. María Luz RAMOS DRUETTA de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP Nº48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

3

Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II, del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02.
Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, adjuntando la documentación pertinente.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de julio de 2011, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº2054 del 22 de diciembre de 2010.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION
NACIONAL, último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobado, con efectos al 1º de julio de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y Da. María Luz RAMOS DRUETTA D.N.I. Nº 34.305.339, para desempeñar funciones de Asesora en la COORDINACION DE RECURSOS HUMANOS de la DIRECCION TECNICO ADMINISTRATIVA de la citada Secretaría, equiparada al Nivel A - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
Decreto Nº2098/08, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución ex SSGP
Nº48/02 y sus modificatorias.
Art. 2º Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1º de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II, del artículo 9º del Anexo I al

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/12/2011 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data14/12/2011

Conteggio pagine68

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/07/2024

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