Boletín Oficial de la República Argentina del 28/06/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 28 de junio de 2011

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.179

53

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución N 368/2011
Registro Nº488/2011
Bs. As., 28/4/2011
VISTO el Expediente Nº1.425.275/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y CONSIDERANDO:

Por ello,
Que a foja 2 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE, por el sector sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE CONSTRUCTORES DE EMBARCACIONES LIVIANAS, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
UTHGRA, por el sector gremial, y las empresas BINGO ORO SOCIEDAD ANONIMA y BINGO
CIUDADELA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, que luce a fojas 10 y 28 del Expediente Nº11.136/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o.
2004.

Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº492/07, que fuera suscripto entre los mismos entes negociales.

ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento de Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 10 y 28 del Expediente Nº11.136/10.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº389/04.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº11.136/10
Buenos Aires, 2 de mayo de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº367/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 10 y 28 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 491/11.
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Corresponde Expediente Nº1-219-11136/10.En la ciudad de San Justo partido de La Matanza a los 29 días del mes de diciembre de 2010, Comparecen espontáneamente por ante esta Delegación Regional del Ministerio de Trabajo y Seg.
Soc. por ante el Sr. Lic. Carlos A. Barbalarga, por la parte empresa lo hace el Sr. TELMO NICOLAS
CONTRERAS COLOM DNI Nº20.356.721 arg. mayor de edad quien lo hace en su calidad de Apoderado de la firma BINGO ORO S.A., con domicilio en Av. Roca 2070 de la localidad de Hurlingham y asimismo en su carácter de apoderado de Bingo Ciudadela S.A., con domicilio en Av. Rivadavia 11.732 de Ciudadela, por la entidad sindical recurrente UTHGRA Zona Oeste lo hace el Sr. RICO RUBEN D DNI Nº14.498.166 en su carácter de Sec. Gremial y el Sr. CONCA ALBERTO en carácter de Sec. Gral. Adjunto Zona Oeste y el Sr. ESCALANTE Alvaro O DNI Nº17.645.447 por UTHGRA sec.
San Martín, los delegados de sala Bingo Oro FIGUEROA YAMILA DNI Nº30.138.467 y RUIZ MATIAS
DNI Nº33.588.304 y delegados Bingo Ciudadela el Sr. RAMIREZ ROBERTO DNI Nº27.456.907 y PONTORNO SILVANA DNI Nº25.445.206.

Que mediante dicho acuerdo, las partes convienen otorgar una gratificación extraordinaria de fin de año, de carácter no remunerativa y por única vez de PESOS SEISCIENTOS $600, a percibir conforme los plazos allí convenidos.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE, por el sector sindical, y la CAMARA ARGENTINA
DE CONSTRUCTORES DE EMBARCACIONES LIVIANAS, por el sector empresario, que luce a foja 2 del Expediente Nº 1.425.275/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento de Coordinación registre el acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº1.425.275/10.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº492/07.

Abierto el acto por el funcionario actuante las partes manifiestan que han logrado un acuerdo de carácter no remunerativo a pedido de la Asociación sindical para el personal dependiente de las empresas antes mencionadas, por la suma de Doscientos pesos $200.- que será abonada el día 6
de enero del año 2011 por única vez al personal comprendido en el CCT Nº389/04.

ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.

Las presentes actuaciones serán giradas a la Dirección Nacional de negociación Colectiva para su conocimiento y su posterior consideración.

ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

No siendo para más se da por terminado el acto previa lectura para ratificación y firma para constancia y conformidad por ante mí que CERTIFICO.

Expediente Nº1.425.275/10
Buenos Aires, 2 de mayo de 2011

EXPEDIENTE Nº11.136/10
En la ciudad de Buenos Aires a los 30 días del mes de marzo de 2011, siendo las 14.00 horas comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí, Lic. Juliana CALIFA, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, en representación del UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el Sr. Juan José BORDES, Secretario Gremial, y el Dr. Demetrio Oscar GONZALEZ
PEREIRA.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, la representación de la UTHGRA manifiesta que: ratifica y solicita la homologación del acuerdo de fs.10, suscripto por la UNION DE TRABAJADORES
DEL TURISMO, HOTELEROS, GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA SECCIONAL
ZONA OESTE Y SECCIONAL SAN MARTIN y las empresas BINGO ORO SOCIEDAD ANONIMA y BINGO CIUDADELA SOCIEDAD ANONIMA.
En este estado la funcionaria actuante deja constancia que remitirá las presentes actuaciones a la Asesoría Técnico Legal para su conocimiento y consideración.
No siendo para más a las 14.10 horas finaliza el acto. Firman los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que certifico.

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº368/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 488/11.
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.
San Fernando, 14 de diciembre de 2010
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires, a los 13 días del mes de diciembre de 2010, entre la Asociación Argentina de Empleados de la Marina Mercante A.A.E.M.M., representados en este acto por los señores Víctor Raúl Huerta, Luis Julio Fiorenzo, Eduardo Villaverde, Roberto Galarza, Juan Carlos Carpena, Ramón Antonio Mereles y Néstor Barroso y la parte empresaria en representación de la Cámara Argentina de construcciones de embarcaciones livianas CACEL los Sres. Jorge Ferré y Miguel Mooney, convienen lo siguiente.
PRIMERO: Las partes acuerdan para todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº492/07, una gratificación extraordinaria de fin de año y de carácter no remunerativa por única vez de $600.- pesos seiscientos, a percibir entre el 21 y el 30 de diciembre de 2010.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/06/2011 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data28/06/2011

Conteggio pagine64

Numero di edizioni9392

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione10/07/2024

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