Boletín Oficial de la República Argentina del 24/05/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 24 de mayo de 2011
CONSIDERANDO:

Que mediante el Convenio de Préstamo mencionado en el Visto se ejecuta el SEGUNDO
PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el financiamiento parcial del BANCO INTERNACIONAL DE
RECONSTRUCCION Y FOMENTO.
Que con el objeto de asegurar la correcta continuidad del desarrollo de los planes de acción previstos, resulta necesario contratar personal técnico y profesional que cuente con suficiente experiencia e idoneidad para permitir la adecuada consecución de los objetivos del Proyecto.
Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.156

Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta, resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02.

Que el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por el Decreto Nº1248/09, establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS $5.700.-

Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar los contratos de locación de servicios suscriptos, ad-referéndum de su aprobación por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el Director Nacional Alterno del Proyecto Préstamo BIRF 7449-AR y los consultores individualizados en el Anexo I de la presente, conforme a los períodos y montos allí consignados.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de febrero de 2011, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100
incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº577/03, modificado por el Decreto Nº1248/09.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobados los contratos de locación de servicios suscriptos entre el Director Nacional Alterno del Proyecto Préstamo BIRF 7449-AR y los consultores individuales detallados en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, por los períodos y montos mensuales allí indicados.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22
de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº2054 del 22 de diciembre de 2010.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la
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PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobado, con efectos al 1º de febrero de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da.
Gisele Eugenia LENZA D.N.I. Nº29.381.989, para desempeñar funciones de Asesora de Prensa en la UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
de la citada Jefatura, equiparada al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO Decreto Nº2098/08, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución ex SSGP
Nº48/02.
Art. 2º Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1º de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decisión Administrativa 303/2011
Dase por aprobada una contratación en la Contaduría General de la Nación de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda.

Bs. As., 23/5/2011

JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Decisión Administrativa 300/2011
Dase por aprobada una contratación en la Unidad Jefe de Gabinete de Ministros.

Bs. As., 23/5/2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº6447/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8
de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº149 del 22 de febrero de 2007
y Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución ex SSGP Nº48 del 30
de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6 de marzo de 2009, y
CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente NºS01:0015777/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº2054/10, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº1 de fecha 7 de enero de 2011, la Resolución Conjunta Nº11 de fecha 7 de marzo de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA, y
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Gisele Eugenia LENZA de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y dada la multiplicidad de sus funciones propias, resulta imprescindible aprobar la contratación mencionada en el considerando precedente, como así también la excepción a las prescripciones del Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 2345/08, respecto de la persona que se detalla en el Anexo que integra la presente decisión administrativa.

Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, destinada a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que por el Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº2345/08 se estableció que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar con carácter de excepción mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción o entidad respectiva, la contratación de consultores cuando posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral, que no reúnan alguno de los requisitos específicos establecidos para la función.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente decisión administrativa, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/05/2011 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data24/05/2011

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9399

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione17/07/2024

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