Boletín Oficial de la República Argentina del 16/05/2011 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 16 de mayo de 2011
CONSIDERANDO:
Que el Código Electoral Nacional establece que las Elecciones Nacionales tendrán lugar el cuarto domingo de octubre inmediato anterior a la finalización de los mandatos.
Que por la Ley Nº26.571 se estableció que las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias tendrán lugar el segundo domingo de agosto anterior a las elecciones nacionales.
Que resulta conveniente que las FUERZAS
ARMADAS Y DE SEGURIDAD FEDERALES, así como, en lo que resulte necesario, las POLICIAS PROVINCIALES preserven y aseguren el orden durante la realización de las elecciones primarias y nacionales.
Que resulta necesario disponer el procedimiento que permita que el personal subordinado al Comandante General Electoral pueda ejercer el derecho al sufragio.
Que el Decreto Nº 682 del 14 de mayo de 2010 encomienda a la Dirección Nacional Electoral del MINISTERIO DEL INTERIOR la función de Planificar y gestionar las tareas operativas y relaciones con el Comando General Electoral en materia electoral.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, 12 y 14 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Constitúyese el COMANDO GENERAL ELECTORAL a los fines de la custodia de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias a celebrarse el 14 de agosto de 2011, las elecciones nacionales a celebrarse el 23 de octubre de 2011 y la eventual segunda vuelta electoral el 20 de noviembre de 2011.
Art. 2º El comando constituido en el artículo 1º dependerá del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Art. 3º Autorízase al MINISTERIO DE DEFENSA a designar al Comandante General Electoral.
Art. 4º El COMANDO GENERAL ELECTORAL tendrá a su cargo las funciones de coordinación y ejecución referentes a las medidas de seguridad que establece el Código Electoral Nacional, aprobado por la Ley Nº19.945 t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983
y sus modificatorias, como así también las destinadas a facilitar la observancia de las demás disposiciones legales vinculadas con los actos comiciales de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y las elecciones nacionales, en particular, la vigilancia de los locales donde funcionen las mesas receptoras de votos, de las sedes e infraestructuras destinadas al ingreso y procesamiento de datos para el recuento provisional de resultados que realiza la Dirección Nacional Electoral, de las sedes de las Juntas Electorales Nacionales de cada distrito, la custodia de las urnas así como la documentación durante su transporte y hasta la finalización del escrutinio definitivo en cada distrito.
Art. 5º El MINISTERIO DE DEFENSA subordinará al COMANDO GENERAL ELECTORAL los efectivos del EJERCITO ARGENTINO, la ARMADA ARGENTINA y la FUERZA AEREA ARGENTINA que éste requiera.
Art. 6º El MINISTERIO DE SEGURIDAD subordinará al COMANDO GENERAL ELECTORAL
los efectivos de la GENDARMERIA NACIONAL, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, POLICIA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA y POLICIA FEDERAL ARGENTINA que éste requiera. Asimismo requerirá de los gobiernos provinciales la subordinación al COMANDO GENERAL ELECTORAL de los efectivos de sus respectivas fuerzas de seguridad.
Art. 7º La movilización de los efectivos afectados a los operativos de seguridad electo-

ral se extenderá desde los CINCO 5 días anteriores a las elecciones y hasta la finalización del escrutinio definitivo en cada distrito.
Art. 8º El MINISTERIO DEL INTERIOR a través de la Dirección Nacional Electoral, coordinará con el COMANDO GENERAL ELECTORAL
las actividades en materia de su competencia.
Art. 9º Los Comandantes de Distrito Electoral serán designados por el Comandante General Electoral y dependerán de él a partir de su designación.
Art. 10. Autorízase al COMANDO GENERAL ELECTORAL, al solo efecto del cumplimiento del presente decreto, a impartir órdenes, adoptar medidas para asegurar el mejor cumplimiento de su cometido y a mantener relación directa con gobiernos locales y organismos nacionales, los que le prestarán colaboración en el máximo grado de sus posibilidades.
Art. 11. Establécese que el personal subordinado al COMANDO GENERAL ELECTORAL
y en aptitud de emitir el sufragio, cuando en razón de las misiones asignadas y por causas debidamente fundamentadas no pueda votar en la mesa que le corresponda, podrá hacerlo en aquella donde actúe o en la mesa más cercana al lugar en que desempeñe sus funciones, aunque no figure inscripto en ellas, siempre que se encuentre inscripto en el mismo distrito electoral.
Art. 12. Considérense como actos de servicio las distintas misiones que, en cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto, sean encomendadas a las fuerzas subordinadas al COMANDO GENERAL ELECTORAL.
Art. 13. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con los créditos especialmente previstos en el Presupuesto General de la Administración Nacional, Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR
debiendo el COMANDO GENERAL ELECTORAL
tramitar ante ese Ministerio lo atinente a la obtención y aplicación de los fondos.
Art. 14. Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo. Arturo A. Puricelli. Amado Boudou.
Nilda C. Garré.

MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 581/2011
Dase por prorrogada la designación de la Directora de Servicios y Mantenimiento de la Dirección General de Administración y Gestión Financiera de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa.

Bs. As., 11/5/2011
VISTO los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 468 del 19 de abril de 2006, 245 del 19 de marzo de 2007, 1312 del 2
de octubre de 2007, 1087 del 7 de julio de 2008, 630 del 26 de mayo de 2009, 2290
del 28 de diciembre de 2009 y 1405 del 29
de septiembre de 2010 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº468 del 19 de abril de 2006 se cubrió en el entonces MINISTERIO
DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA el cargo con Funciones Ejecutivas de Director de Servicios y Mantenimiento dependiente de la DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.150

Que en el artículo 2º del Decreto Nº468/06
se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 t.o. 1995, en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 1º de febrero de 2006.
Que por el Decreto Nº245 del 19 de marzo de 2007 se prorrogó por CIENTO OCHENTA 180 días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros.
1312 del 2 de octubre de 2007, 1087 del 7 de julio de 2008, 630 del 26 de mayo de 2009, 2290 del 28 de diciembre de 2009 y 1405 del 29 de septiembre de 2010, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA 180
días hábiles en cada caso.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.
Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACION el término fijado en el artículo 1º del aludido Decreto Nº1405 del 29 de septiembre de 2010.
Que en atención a la entrada en vigencia del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098/08, deberá adecuarse la cobertura de dicho cargo a los nuevos sistemas de selección vigentes.
Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 1º del Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por prorrogada a partir del 3 de marzo de 2011, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles, la designación transitoria efectuada por el Decreto Nº 468/06 y prorrogada por sus similares Nros. 245/07, 1312/07, 1087/08, 630/09, 2290/09 y 1405/10, de la Arquitecta Marcela Rosa RODRIGUEZ OCONNOR D.N.I.
Nº11.416.686, en el cargo de Directora de Servicios y Mantenimiento Nivel B con Función Ejecutiva III, dependiente de la DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION
FINANCIERA de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SINEP aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098/08.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II Capítulos III, IV y VIII del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 3 de marzo de 2011.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE
EDUCACION.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Alberto E. Sileoni.

3

MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
Decreto 578/2011
Dase por prorrogada una designación en la Secretaría de Justicia.

Bs. As., 11/5/2011
VISTO el Expediente Nº S04:0000784/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010, y los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y 1078 del 26 de julio de 2010, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº26.546 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada en los términos del Decreto Nº2053/10 y complementada por el Decreto Nº2054/10 para el Ejercicio 2011.
Que por el Decreto Nº1078/10, se efectuó la designación transitoria del señor Martín Eduardo ALANIZ D.N.I. Nº26.956.916, en un cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto Nº2098/08, de la planta permanente de la SECRETARIA DE JUSTICIA del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS actual MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, para cumplir funciones de Asesor.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual el citado Ministerio solicita la prórroga de la referida designación transitoria.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la SECRETARIA DE JUSTICIA
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que a los efectos de implementar la cobertura del cargo involucrado corresponde designar a la persona que se propone con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel C
establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto Nº2098/08.
Que el señor Martín Eduardo ALANIZ reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del mencionado Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1º del Decreto Nº491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por prorrogada a partir del 22 de diciembre de 2010 fecha de su vencimiento y por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles, la designación transitoria del señor Martín Eduardo ALANIZ
D.N.I. Nº 26.956.916, dispuesta por conducto del Decreto Nº 1078/10, en un cargo Nivel C Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/05/2011 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data16/05/2011

Conteggio pagine68

Numero di edizioni9399

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione17/07/2024

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