Boletín Oficial de la República Argentina del 02/05/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 2 de mayo de 2011
Art. 2º Regístrese la firma del señor D. Jesús Pedro José MENDOZA D.N.I. Nº 17.652.906
en su carácter de Presidente, bajo el Nº9020 y procédase a extender la documentación correspondiente.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 7/2011
Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Iglesia Cristiana Vida para Todos.
Bs. As., 22/2/2011
VISTO el Expediente Nº 57.083/2010 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO donde se presenta la entidad IGLESIA CRISTIANA VIDA PARA TODOS en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el Artículo 2º de la Ley Nº21.745, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 14 de la CONSTITUCION
NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO
NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.
Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº21.745 y su Decreto Reglamentario Nº2037 de fecha 23 de agosto de 1979.
Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 36/37 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº2037/79.

Y FINANZAS PUBLICAS, las Resoluciones Nº50 del 3 de marzo de 2010 y Nº36 del 9 de marzo de 2011, dictadas por la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº36/2011, se establecieron los parámetros a los cuales debía ajustarse la empresa de televisión paga CABLEVISION S.A., con relación a los servicios que presta a sus usuarios.
Que la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR en el marco de su competencia, y de acuerdo con los parámetros de razonabilidad enunciados en la resolución citada, procedió a fijar el precio por el abono básico mensual del servicio de televisión paga de la empresa CABLEVISION S.A., en la suma de PESOS CIENTO NUEVE $ 109,00, que los usuarios debían abonar durante los meses de enero a abril, inclusive, debiendo mantener su vigencia e inmutabilidad sin variaciones durante dicho lapso.
Que, la empresa mencionada debía arbitrar los medios necesarios tendientes a restituir las diferencias por las sumas percibidas por sobre el abono básico mensual fijado.
Que, los otros servicios de señales y productos prestados por la empresa citada, no podrían sufrir variaciones en sus precios, y no podía modificarse la composición ni la cantidad de señales que actualmente contiene el abono básico, salvo caso fortuito o fuerza mayor, los cuales debían justificarse debidamente ante esta Secretaría.
Que, la Resolución Nº36/2011, ordenaba que las promociones y/o bonificaciones y/o descuentos cualquiera fuere su denominación que beneficie a los usuarios, debía ser mantenida en los mismos términos en que se encontraban a la fecha de su dictado.
Que, también se establecía que los contratos que se celebraran en el futuro, deberían ajustarse a las modalidades pautadas en la medida aludida.
Que, en tal sentido, la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, adoptó las medidas conducentes a implementar dichas políticas, otorgando marcos normativos integrales en protección de los derechos involucrados.

EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:

Que el ESTADO NACIONAL tiene a su cargo la implementación de políticas públicas destinadas a satisfacer las necesidades de los consumidores y usuarios de bienes y servicios públicos, cuya tutela y protección tiene raigambre constitucional.

Artículo 1º Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº4404 a la organización denominada IGLESIA CRISTIANA VIDA
PARA TODOS con sede central en la calle Arana Nº1375, Ciudad de Tandil, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que, en consonancia con lo expuesto, y en aras de propender a la protección del bienestar general como bien superior, esta Secretaría estima necesario prorrogar los términos de la Resolución Nº36/2011, durante los meses de mayo y junio de 2011.

Art. 2º Regístrese la firma del señor D. Silvano Sebastián CÁSERES D.N.I. Nº20.064.002
en su carácter de Presidente, bajo el Nº9017 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
ha tomado la intervención que le compete.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 50/2010, Resolución Nº 36/2011 y en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº20.680, en especial su Artículo 2º c y sus modificatorias a la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR.

Por ello,

SECRETARIA DE COMERCIO
INTERIOR
Resolución 65/2011
Pautas para las operaciones de comercialización del servicio de televisión paga. Prorrógase lo establecido en la Resolución N
36/11.

Por ello, EL SECRETARIO
DE COMERCIO INTERIOR
RESUELVE:

Bs. As., 29/4/2011

Artículo 1º Prorrógase durante los meses de mayo y junio de 2011 la Resolución Nº36 de fecha 9 de marzo de 2011, de la SECRETARIA
DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

VISTO el Expediente Nº S01:0151981/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA

Art. 2º La presente medida comenzará a regir a partir del 1 de mayo de 2011.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.140

Art. 3º Notifíquese la presente resolución a la empresa CABLEVISION S.A.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mario G. Moreno.

Secretaría de Culto
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 2/2011
Declárase de interés la primera visita a nuestro país del Sheikh Hisham Kabbani, que se realizará el día 26 de enero de 2011.
Bs. As., 24/1/2011
VISTO la presentación que por Expediente Nº 501/2011 del Registro del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha efectuado el Representante de la Asociación Naqshbandi Haqqani de la REPUBLICA
ARGENTINA, señor D. Nuruddin Norberto ORTOLÁ, y CONSIDERANDO:
Que las organizaciones sufíes son de gran importancia por proporcionar información respecto del Islam, a la espiritualidad islámica, al sufismo y especialmente a la difusión de estos temas en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que la visita a nuestro país del SHEIKH
HISHAM KABBANI, ex delegado de la UNESCO, fundador del Consejo sufí Musulmán del REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE y de la Orden sufí Naqshbandi de los ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, y Presidente del Consejo islámico Supremo de ese país, el día 26 de enero del año en curso será la primera que realiza a la REPUBLICA ARGENTINA con la finalidad de difundir como autoridad espiritual del Islam su mensaje de paz, respeto y tolerancia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO.
Por ello, EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase de interés de la SECRETARIA DE CULTO la primera visita a nuestro país del SHEIKH HISHAM KABBANI, que se realizará el día 26 de enero de 2011.
Art. 2º La presente Resolución no irrogará gasto alguno a este Ministerio.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Energía
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 102/2011
Otórgase el auspicio institucional a las VII
Jornadas Argentina Sustentable 2011, a Ilevarse a cabo en la Provincia de Salta, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia del Neuquén y en la Provincia de Mendoza.
Bs. As., 28/3/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0019594/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, y
14

CONSIDERANDO:
Que GAGO PRODUCCIONES SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA solicita el auspicio institucional por parte de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para las VII JORNADAS ARGENTINA SUSTENTABLE 2011.
Que la primera jornada a desarrollarse el 28
de marzo de 2011 en el Centro de Convenciones del Centro Cívico Grand Bourg de la Provincia de SALTA, tratará sobre la industria y eficiencia ambiental en el Noroeste Argentino NOA.
Que la segunda jornada a desarrollarse el 2 de junio de 2011 en el Hotel Sheraton Libertador de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, tratará sobre la industria y medio ambiente.
Que la tercera jornada a desarrollarse el 18
de agosto de 2011 en el Hotel del Comahue de la Provincia del NEUQUEN, tratará sobre la industria y desarrollo sustentable en la cuenca del NEUQUEN.
Que la cuarta jornada a desarrollarse el 10
de noviembre de 2011 en el NH Cordillera de la Provincia de MENDOZA, tratará sobre la industria y medio ambiente en la región del Cuyo.
Que la totalidad de dichos temas resultan de interés para la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS dada su importancia para nuestro país y para la región.
Que debido a la importancia y trascendencia del evento se estima oportuno acceder a lo solicitado.
Que la presente resolución no generará erogación presupuestaria al ESTADO NACIONAL.
Que de acuerdo con la Providencia de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS Nº 0000642 de fecha 1º de septiembre de 2008, la índole de lo propiciado no amerita, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, la intervención de esta Dirección.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el Artículo 1º, Inciso II del Decreto Nº101 de fecha 16 de enero de 1985 incorporado por el Decreto Nº2202 de fecha 14 de diciembre de 1994.
Por ello, EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:
Artículo 1º Otórgase el auspicio institucional de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a las VII JORNADAS ARGENTINA SUSTENTABLE
2011, a llevarse a cabo los días 28 de marzo en la Provincia de SALTA, 2 de junio en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, 18 de agosto en la Provincia del NEUQUEN y 10 de noviembre de 2011 en la Provincia de MENDOZA.
Art. 2º El auspicio otorgado por el artículo 1º de la presente resolución no generará ninguna erogación presupuestaria para el ESTADO NACIONAL.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Daniel Cameron.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/05/2011 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data02/05/2011

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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