Boletín Oficial de la República Argentina del 30/10/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 30
de octubre de 2009

Boletin Oficial
Año CXVII
Número 31.770

de la RepUblica Argentina Primera Sección
Precio $ 1,10
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario Pág.

DECRETOS

DECRETOS

ASIGNACIONES FAMILIARES

ASIGNACIONES FAMILIARES
1602/2009
Incorpórase el Subsistema no Contributivo de Asignación Universal por hijo para Protección Social

1

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
1554/2009
Dase por aprobada una designación en la Delegación Río Gallegos

3

1553/2009
Dase por aprobada una contratación

Decreto 1602/2009

3

Incorpórase el Subsistema no Contributivo de Asignación Universal por hijo para Protección Social.
Bs. As., 29/10/2009
VISTO las Leyes Nros. 24.714 y 26.061 y el Decreto Nº897 del 12 de julio de 2007, y CONSIDERANDO:

el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquéllos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los Tratados Internacionales en los que la Nación sea parte.
Que por el artículo 3º de dicha norma se entiende por interés superior de aquéllos a quienes protege la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías que a ellos se les reconoce, entre los que se encuentran el derecho a la obtención a una buena calidad de vida, a la educación y a obtener los beneficios de la Seguridad Social.
Que cabe agregar que el artículo 26 de la Ley Nº26.061 dispone que los organismos del Estado deberán establecer políticas y programas para la inclusión de las niñas, niños y adolescentes, que consideren la situación de los mismos, así como de las personas que sean responsables de su mantenimiento.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
1552/2009
Dase por designado el Director Nacional de la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de la Gestión Pública

4

1551/2009
Danse por prorrogadas las designaciones del Director Nacional de Evaluación Presupuestaria y de la Directora de Evaluación de Recursos Públicos de la Secretaría de Coordinación Administrativa y Evaluación Presupuestaria

Que los más diversos sectores políticos y sociales han expresado su predisposición favorable a la adopción de políticas públicas que permitan mejorar la situación de los menores y adolescentes en situación de vulnerabilidad social.

4

Que a través de la Ley Nº24.714 se instituyó con alcance nacional y obligatorio un Régimen de Asignaciones Familiares.

Que, si bien las políticas de estado llevadas a cabo han producido una mejora en la situación económica y financiera del país reduciendo los niveles de pobreza y de marginalidad alcanzándose, asimismo, un importante incremento del nivel ocupacional, subsisten situaciones de exclusión de diversos sectores de la población que resulta necesario atender.

Que dicha norma abarca a los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada, cualquiera sea la modalidad de contratación laboral y a los beneficiarios tanto del Sistema Integrado Previsional Argentino como de regímenes de pensiones no contributivas por invalidez.

Que, en virtud de ello, se torna necesario contemplar la situación de aquellos menores pertenecientes a grupos familiares que no se encuentren amparados por el actual Régimen de Asignaciones Familiares instituido por la Ley Nº24.714 creándose, a tal fin, la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

Que, en el régimen establecido por la ley citada se encuentran previstas, entre otras, la asignación por hijo consistente en el pago de una suma mensual por cada hijo menor de 18 años que estuviere a cargo del beneficiario, así como la asignación por hijo con discapacidad.

Que la referida Asignación Universal por Hijo para Protección Social consistirá en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual, que se abonará a uno solo de los padres, tutor, curador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado por cada menor de DIECIOCHO 18 años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un hijo discapacitado.

JUSTICIA
1582/2009
Acéptase la renuncia presentada al cargo de Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal, Sala C

5

1583/2009
Acéptase la renuncia presentada al cargo de Juez del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil de la Capital Federal, Juzgado Nº39

5

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
1575/2009
Dase por designado el Secretario de Desarrollo y Promoción del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

5

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
1556/2009
Dase por aprobada una designación en la Subsecretaría de Integración Económica Americana y Mercosur de la Secretaría de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales

5

MINISTERIO DE SALUD
1574/2009
Danse por aprobadas designaciones en la Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización..
PRESIDENCIA DE LA NACION
1576/2009
Dase por designada una Asesora de Gabinete de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Secretaría General
SECRETARIA DE CULTURA
1555/2009
Dase por prorrogada la designación del Director del Palacio Nacional de las Artes
SERVICIO EXTERIOR
1557/2009
Traslado de un funcionario
SERVICIOS PUBLICOS
1500/2009
Recházase un recurso interpuesto contra la Resolución Nº113/06 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios
Continúa en página 2

5

Que en el mencionado Régimen de Asignaciones Familiares no se incluye a los grupos familiares que se encuentren desocupados o que se desempeñen en la economía informal.
Que la Ley Nº26.061 tiene por objeto la Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes que se encuentren en
Que, como el resto de los beneficios de la Ley Nº 24.714, la asignación que se crea será financiada con los recursos previstos en el artículo 18 de la Ley Nº24.241.
Que estos recursos se han fortalecido a partir de las inversiones que se han efectuado
6

6

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
7

Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
7

DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº723.199
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/10/2009 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data30/10/2009

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9381

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione29/06/2024

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