Boletín Oficial de la República Argentina del 03/10/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 3 de octubre de 2008

Primera Sección
ARTICULO 1º.-. Adjudícase la Licitación Privada ordenada por la Resolución ERAS Nº 33/08
para la contratación de equipos de fotocopiado en comodato para el ENTE REGULADOR DE AGUA Y
SANEAMIENTO ERAS, por el término de DOCE 12 meses, a la firma EXTERNAL MARKET S.R.L. y por la suma anual de hasta PESOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTE $27.720.- IVA incluido..
Firmas: Dr. CARLOS MARIA VILAS, Presidente. Dr. JUAN JOSE AMONDARAIN, Director.
e. 03/10/2008 Nº11761/08 v. 03/10/2008

ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

43

CONSIDERANDO:
Que las Terminales Sud; 1, 2 y 3; 4 y 5, se encuentran dotadas de equipos de inspección no intrusiva de contenedores - escáneres.
Que resulta necesario establecer un procedimiento de contingencia para situaciones extraordinarias o de fuerza mayor que provoquen la no operatividad de los equipos en cuestión. Ello con el fin de asegurar la obtención de la correspondiente imagen espectrográfica, en operaciones que por sus características específicas o por aplicación de análisis de perfiles de riesgo, resulte imprescindible este tipo de control.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9 Apartado 2 Inciso a del Decreto Nº618 del 10 de julio de 1997; se instruye:

Resolución Nº54/2008
26/9/2008
El Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado en el expediente Nº222-08 la Resolución ERAS Nº54 de fecha 26/9/08, mediante la cual se adjudica la Licitación Privada ordenada para contratar Archivos Externos de documentación para el ENTE REGULADOR
DE AGUA Y SANEAMIENTO ERAS, transcribiendo a continuación los artículos:
ARTICULO 1º.-. Adjudícase la Licitación Privada ordenada por la Resolución ERAS Nº25/08
para contratar Archivos Externos de documentación para el ENTE REGULADOR DE AGUA Y
SANEAMIENTO ERAS por el término de veinticuatro 24 meses, a la firma BANK S.A., y por hasta la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL $36.000.- IVA incluido, cuyos costos por ítems se encuentran detallados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución.
Dr. CARLOS MARÍA VILAS, Presidente. Dr. JUAN JOSÉ AMONDARAIN, Director.
NOTA: La presente Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767-Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar e. 03/10/2008 Nº11763/08 v. 03/10/2008

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución Nº823/2008
Bs. As., 26/9/2008
VISTO el Expediente Nº190-COMFER/03, y CONSIDERANDO:

Que las mencionadas actuaciones se relacionan con la solicitud de autorización de la transferencia de titularidad de la licencia de la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificada con la señal distintiva LRJ 719 frecuencia 91.1 Mhz de la ciudad de SAN LUIS provincia homónima, adjudicada a la señora Martha Alicia MOLTENI por Resolución Nº955-COMFER/99, a favor del señor Jorge LABORDA IBARRA, con motivo del fallecimiento de la titular.
Que de la declaratoria de herederos recaída en el juicio sucesorio de la causante, surge que sus herederos son su cónyuge Jorge LABORDA IBARRA y sus hijos Juan José LABORDA, Martín LABORDA MOLTENI, Jorge LABORDA MOLTENI y Raúl LABORDA.
Que el Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas Nº4 de la Provincia de San Luís, en que tramitó el sucesorio de la señora Martha Alicia MOLTENI, aclaró que conforme surge de las fotocopias de los documentos de identidad acompañados, los nombres de los herederos consignados en la declaratoria obrante a fs.30 son los de JUAN JOSE LABORDA IBARRA y RAUL LABORDA IBARRA..
Que los hijos de la causante celebraron sendos convenios con su padre, el señor Jorge LABORDA IBARRA mediante los cuales le cedieron los derechos, acciones y obligaciones que les correspondían sobre la titularidad de la licencia que nos ocupa.
Que el cesionario reúne las condiciones y requisitos personales exigidos por el artículo 45 de la Ley Nº22.285 y sus modificatorias.
Que el servicio jurídico del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION ha emitido el correspondiente dictamen.
Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION es competente para dictar el presente acto, conforme lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Radiodifusión.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 95 inciso a y 98 de la Ley Nº22.285, artículo 4º inciso a del Decreto Nº310/98 y el articulo 2º del Decreto Nº520
del 31 de marzo de 2008.
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 31.503

EL INTERVENTOR
DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:

ARTICULO 1º Autorízase la transferencia de titularidad de la licencia de la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificada con la señal distintiva LRJ 719, frecuencia 91.1 Mhz de la ciudad de SAN LUIS provincia homónima adjudicada por Resolución Nº955-COMFER/99 a la señora Martha Alicia MOLTENI, a favor del señor Jorge LABORDA IBARRA
M.I. Nº6.781.594 atento las razones invocadas en los considerandos del presente.
ARTICULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese PERMANENTE. Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 03/10/2008 Nº11756/08 v. 03/10/2008

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Nota Externa Nº83/2008
Procedimiento alternativo de emergencia para el escaneo de contenedores.
Bs. As., 30/9/2008
VISTO la Instrucción General Nº1/2007 SDG OAM, y
1. Respecto de contenedores cuyo escaneo surja de lo dispuesto por reglas de selectividad que expresamente dispongan dicho procedimiento, la Dirección Aduana de Buenos Aires, implementará las acciones de emergencia que aseguren la aplicación de este tipo de control a través de la utilización de escáneres ubicados en otros puntos operativos próximos.
2. En cuanto a los contenedores a escanear seleccionados por la Subdirección General de Control Aduanero; constatada la imposibilidad de efectuar dicho control por las circunstancias descriptas en los considerandos, el Jefe del Punto deberá comunicar en forma inmediata esta situación al Departamento Selectividad, para que, dentro de la hora de recibida la comunicación, indique aquellos contenedores que a su criterio deberán tramitar por canal Rojo. Si dicha área lo considera necesario podrá disponer los contenedores que deberán ser sometidos al procedimiento establecido en el punto 1 de la presente.
3. De tratarse de contenedores a escanear con motivo de un ADO, deberá aplicarse el mismo procedimiento que el indicado en el punto 2 de la presente. En estos casos, el Jefe del Punto deberá comunicar la situación a la Dirección Investigaciones Departamento Narcotráfico Departamento Prohibiciones No Económicas.
4. En caso de que dichos controles recaigan en un operador confiable, deberá darse prioridad al mismo por encima del resto de los usuarios sometidos a una regla o un ADO.
5. Idéntico procedimiento al establecido en el punto 1 de la presente, se aplicará a aquellos casos que el responsable del punto operativo considere pertinente, sin perjuicio de las demás medidas que dentro de sus facultades pueda disponer.
6. En caso que, de los controles aplicados en los términos de la presente Nota Externa, surgiera alguna novedad, la misma deberá ser comunicada inmediatamente al Departamento Selectividad, a los fines de efectuar los análisis pertinentes en el marco de las tareas de su competencia.
7. Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido archívese.
Abogada MARIA SILVINA TIRABASSI, Directora General de Aduanas.
e. 03/10/2008 Nº11991/08 v. 03/10/2008

AVISOS OFICIALES
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PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
La Prefectura Naval Argentina notifica a toda persona física o jurídica con interés legítimo sobre buque RIVER FEEDER de bandera panameña amarrado altura Avenida Pedro de Mendoza 1400 del Puerto Buenos Aires que por Disposición DJPM, DV1.Nº71/08 conforme Artículo 17º bis Ley 20.094 se declaró el abandono a favor del ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA del citado buque.
Firmado: OSCAR ADOLFO ARCE - Prefecto General PREFECTO NACIONAL NAVAL. ROBERTO
HUGO TABIERES, Ayudante Principal, Encargado División Judicial y Sumarios.
e. 01/10/2008 N 11567/08 v. 03/10/2008

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
La Prefectura Naval Argentina notifica a toda persona física o jurídica con interés legítimo sobre un buque sin nombre ni matrícula visibles, de bandera desconocida amarrado altura Avenida Pedro de Mendoza 1250 del Puerto Buenos Aires que por Disposición DJPM, DV1.Nº72/08 conforme Artículo 17º bis Ley 20.094 se declaró el abandono a favor del ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
del citado buque. Firmado: OSCAR ADOLFO ARCE - Prefecto General PREFECTO NACIONAL NAVAL.
ROBERTO HUGO TABIERES, Ayudante Principal, Encargado División Judicial y Sumarios.
e. 01/10/2008 N 11568/08 v. 03/10/2008

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
La Prefectura Naval Argentina notifica a LEONARDA PAINO y LORENZO PANCRACIO PARISI con domicilio en 25 de Mayo 294 Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a toda persona física o jurídica con interés legítimo sobre la chata cisterna CLYDE Ex2866 amarrada altura Avenida Pedro de Mendoza 3500 del Puerto de Buenos Aires que por Disposición DJPM,DV1. Nº73/08 conforme Artículo 17º bis Ley 20.094 se declaró el abandono a favor del ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
de la citada chata. Firmado: OSCAR ADOLFO ARCE, Prefecto General, Prefecto Nacional Naval.
ROBERTO HUGO TABIERES, Ayudante Principal, Encargado División Judicial y Sumarios.
e. 01/10/2008 N 11569/08 v. 03/10/2008

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resoluciones Nros. 1944 y 1945/08-INAES, dispuso RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR
a la ASOCIACION MUTUAL FEDERALISTA DEL PARTIDO DE LA MATANZA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, mat. 1636; y a la ASOCIACION MUTUAL ARGENTINA MARA, mat. 2248. Ambas pertenecientes a la provincia de Buenos Aires. Por Resoluciones Nros. 1946; y 1947/08-INAES a las siguientes entidades:
ASOCIACION MUTUAL BARRANCAS, mat. 250; y ASOCIACION MUTUAL VALLE DE UCO, mat. 206.
Las últimas entidades mencionadas pertenecen a la provincia de Mendoza. Por Resoluciones Nros. 1948;
1949; 1950 y 1951/08-INAES a las entidades que se mencionan a continuación: MUTUAL DEL PERSONAL
DE PROYECTORES ARGENTINOS, mat. 352 de la provincia de Córdoba; ASOCIACION MUTUAL
PETROLERAS PATAGONICA A.MU.PET., mat. 38 de la provincia de Santa Cruz; ASOCIACION MUTUAL
24 DE SEPTIEMBRE DE LOS OBREROS Y EMPLEADOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE SAN

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/10/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data03/10/2008

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9417

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/08/2024

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