Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 30 de setiembre de 2008

Que a fojas 3 del Expediente Nº 1.267.622/08, agregado como foja 152 al principal, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS
DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, por la parte sindical y la CAMARA
ARGENTINA DEL PAPEL Y AFINES por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 532/08, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 695/08 y registrado bajo el Nº 540/08, conforme surge de fojas 161/163 y 166, respectivamente.
Que a fojas 177/183, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o 1976 y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976, y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº628 del 13 de junio de 2005.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.500

56

ARTICULO 2º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO
Nº 695 de fecha 24 de junio de 2008 y registrado bajo el Nº 540/08 suscripto entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON
Y QUIMICOS, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DEL PAPEL Y AFINES por la parte empresarial, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional del Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.
ARTICULO 4º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 5º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 6º Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO I

Por ello,
Expediente Nº1.179.535/06

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº466 de fecha 29 de abril de 2008 y registrado bajo el Nº532/08
suscripto entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DEL PAPEL Y AFINES
por la parte empresarial, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

PARTES SIGNATARIAS

FEDERACION DE OBREROS Y
EMPLEADOS DE LA
INDUSTRIA DEL
PAPEL, CARTON Y QUIMICOS
c/

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

01/01/2007

$1.109,71

$3.329,13

01/07/2007

$1.160,43

$3.481,29

01/10/2007

$1.210,89

$3.632,67

CAMARA ARGENTINA DEL
PAPEL Y AFINES
CCT 532/08

ANEXO II
Expediente Nº1.179.535/06

PARTES SIGNATARIAS

FEDERACION DE OBREROS Y
EMPLEADOS DE LA
INDUSTRIA DEL
PAPEL, CARTON Y QUIMICOS

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

01/04/2008

$1.332,32

$3.996,96

01/07/2007

$$1.505,68

$4.517,04

c/
CAMARA ARGENTINA DEL
PAPEL Y AFINES
CCT 532/08
Acuerdo 540/08

Expediente Nº1.179.535/06
Buenos Aires, 6 de agosto de 2008
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº962/08 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 318/08 T. VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data30/09/2008

Conteggio pagine56

Numero di edizioni9394

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione12/07/2024

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