Boletín Oficial de la República Argentina del 25/08/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 25 de agosto de 2008

Pág.
MINISTERIO DEL INTERIOR
28/2008
Dase por aprobada una contratación celebrada bajo el régimen del Decreto Nº1184/01

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Resoluciones TELECOMUNICACIONES
257/2008-SC
Asígnase numeración no geográfica a Darcom Sociedad Anónima, para el acceso a la prestación de servicios de telecomunicaciones brindadas mediante tarjetas, soportados por plataformas de red inteligente o cualquier otro medio
ADHESIONES OFICIALES
958/2008-SG
Declárase de interés nacional el XXIII Encuentro Nacional de Mujeres, organizado en la Ciudad de Neuquén, provincia homónima

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EXPOSICIONES INTERNACIONALES
959/2008-SG
Declárase de interés nacional la X Exposición Internacional de Proveedores de Estaciones de Servicio, Minimercados, Convenience - Stores, Lubricentros y Afines Expoestación 2008, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
959/2008-SRT
Derógase la Resolución Nº437/2008

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PRODUCCION AVICOLA
1885/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, sus modificatorias y complementarias
PRODUCCION AVICOLA
2820/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, sus modificatorias y complementarias

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9

PRODUCCION AVICOLA
2825/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, sus modificatorias y complementarias

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Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario 3032/2008-ONCCA
Apruébase el Isologotipo que simboliza a la citada Oficina Nacional. Obligatoriedad

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Acordadas CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
18/2008-CNACCF
Desígnase Juez Subrogante del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal Nº10

Que, a fin de llevar a cabo la renegociación con las Empresas Prestatarias, se dispuso por el Decreto Nº 311/03 la creación de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS en el ámbito de los MINISTERIOS
DE ECONOMIA Y PRODUCCION y DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la citada Unidad tiene asignada, entre otras, la misión de llevar a cabo el proceso de renegociación de los contratos de obras y servicios públicos; suscribir acuerdos integrales o parciales con las Empresas Concesionarias y Licenciatarias de servicios públicos ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL; elevar proyectos normativos concernientes a posibles adecuaciones transitorias de precios, o cláusulas contractuales relativas a los servicios públicos, así como también efectuar todas aquellas recomendaciones vinculadas a los contratos de obras y servicios públicos y al funcionamiento de los respectivos servicios.

BLICA, la que fue convocada a través de la Resolución Conjunta Nº 123 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
y Nº237 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS de fecha 4 de marzo de 2005.
Que la realización de la AUDIENCIA PUBLICA posibilitó la participación y la expresión de opiniones de los usuarios y consumidores, así como también de distintos sectores y actores sociales, elementos de juicio que fueron incorporados por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS al análisis de la renegociación.
Que a resultas de ello, la citada Unidad estimó conveniente modificar aspectos del entendimiento que fuera oportunamente alcanzado, tal como se expuso en el Informe de Evaluación de la AUDIENCIA PUBLICA
adjunto a las actuaciones y publicado en el sitio de Internet de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS
DE SERVICIOS PUBLICOS.
Que la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y
ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y el Gobierno de la Provincia del NEUQUEN encontraron puntos de coincidencia respecto a las modificaciones planteadas luego de realizada la AUDIENCIA PUBLICA, plasmándose en la suscripción del ACTA ACUERDO.
Que dicha ACTA ACUERDO fue suscripta por las partes ad referéndum del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, y sus alcances comprenden la renegociación del contrato de concesión de transporte de energía eléctrica por distribución troncal, con miras a preservar la continuidad y calidad del servicio prestado.
Que la PROCURACION DEL TESORO DE
LA NACION ha emitido dictamen de conformidad con lo previsto en el Artículo 8º del Decreto Nº311/03, sin formular objeciones a los términos y condiciones que integran el ACTA ACUERDO de renegociación contractual.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION, ente descentralizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto en el Artículo 14 de la Resolución Conjunta Nº188/03 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION y Nº44/03 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, expresando no tener objeciones respecto del procedimiento llevado a cabo.

11

Que en cumplimiento de la normativa aplicable, se dio intervención al HONORABLE
CONGRESO DE LA NACION, a los efectos de considerar el ACTA ACUERDO.

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Que, conforme a lo previsto en el Artículo 4º de la Ley Nº25.790, al no mediar el rechazo del HONORABLE CONGRESO DE LA
NACION a la propuesta que fuera sometida a su intervención, corresponde proseguir con el proceso tendiente a ratificar el ACTA
ACUERDO de renegociación contractual.

AVISOS OFICIALES
Nuevos

BOLETIN OFICIAL Nº 31.474

Que respecto a la concesión otorgada al ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL
NEUQUEN EPEN, la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS
DE SERVICIOS PUBLICOS ha efectuado el análisis de la situación contractual, realizando las tratativas orientadas a establecer un entendimiento de renegociación contractual.
Que, como resultado de las negociaciones mantenidas, la citada Unidad y el Gobierno de la Provincia del NEUQUEN suscribieron con fecha 22 de marzo de 2005 una CARTA DE ENTENDIMIENTO conteniendo los puntos de consenso sobre la adecuación contractual.

Que, asimismo y en razón de la asunción de nuevas autoridades producida en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, fue necesario adecuar el texto del ACTA
ACUERDO a las nuevas circunstancias, manteniendo no obstante en forma íntegra las condiciones pactadas y aprobadas.
Que se han cumplido los requisitos establecidos en la normativa aplicable, lo cual habilita la instancia de ratificación de los acuerdos que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

2

diciembre de 2007 y 713 de fecha 25 de abril de 2008, operó el cambio del titular del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por lo que se procedió a la adaptación del citado instrumento a los acontecimientos acaecidos, deviniendo necesaria su intervención en estas actuaciones, no obstante lo cual y a los fines de evitar dilaciones que pudieran afectar al presente trámite se ha decidido conservar el texto del ACTA
ACUERDO oportunamente suscripta por el Ministro saliente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y conforme a las previsiones contenidas en las Leyes Nros. 25.561, 25.790, 25.820, 25.972, 26.077, 26.204 y 26.339.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Ratifícase el ACTA ACUERDO
de renegociación contractual suscripta por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE
CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y el Gobierno de la Provincia del NEUQUEN con fecha 4 de mayo de 2006, que como Anexo forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º Comuníquese a la COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO del HONORABLE
CONGRESO DE LA NACION, conforme a lo previsto en el Artículo 20 de la Ley Nº25.561.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T. Massa. Carlos R. Fernández. Julio M. De Vido.
NOTA: El Acta Acuerdo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar

ADMINISTRACION NACIONAL DE
MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y
TECNOLOGIA MEDICA
Decreto 1340/2008
Danse por designados con carácter transitorio Jefes del Servicio del Instituto Nacional de Alimentos de la citada Administración Nacional.

Bs. As., 19/8/2008
VISTO la Ley Nº26.198, el Decreto Nº491 del 12
de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº22 del 14 de marzo de 2003, la Disposición ANMAT Nº2850 del .16 de agosto de 1994 y el Expediente Nº1-47-922/07-8, del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGIA MEDICA - ANMAT, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que en dicho instrumento fueron determinados los términos y condiciones del acuerdo de renegociación contractual a celebrarse entre el Concedente y el Gobierno de la Provincia del NEUQUEN.

Que, en tal sentido, la evaluación realizada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL
amerita la decisión de ratificar el ACTA
ACUERDO de renegociación contractual suscripta por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE
SERVICIOS PUBLICOS y el Gobierno de la Provincia del NEUQUEN.

Que por la citada Ley Nº26.198, se aprobó el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio del año 2007, estableciéndose en la misma que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que la CARTA DE ENTENDIMIENTO fue sometida a un proceso de AUDIENCIA PU-

Que a través de los Decretos Nros. 910 de fecha 16 de julio de 2007, 5 de fecha 10 de
Que mediante el Decreto Nº491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/08/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data25/08/2008

Conteggio pagine16

Numero di edizioni9399

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione17/07/2024

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