Boletín Oficial de la República Argentina del 28/08/2007 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Martes 28 de agosto de 2007
Pág.
CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
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Anteriores
14
AVISOS OFICIALES
Nuevos
7
Anteriores
14
ASOCIACIONES SINDICALES
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CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
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Que entre estos servicios se tiene el de transmisión de emisiones de señales televisivas analógicas, las cuales se pretenden reemplazar por la aplicación de tecnología digital.
Que este cambio tecnológico requiere de la inversión de nuevos equipamientos por parte de los prestadores del servicio, alguno de los cuales necesitan ser adquiridos en el exterior.
Que no obstante se hace necesario verificar, para un determinado conjunto de bienes, si los mismos pudieran ser provistos por la industria radicada en el país, por lo que corresponde efectuar la pertinente consulta pública interna.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 25
de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, LA SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Artículo 1º Se lleva a conocimiento público, a efectos de determinar la existencia de producción nacional, de los bienes que se indican en CINCO 5 planillas que, como Anexo I, forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º Los interesados en manifestar que producen en el país alguno de los bienes indicados, deberán hacerlo mediante nota. Para estos casos, se adjuntará a la referida nota, el formulario completado en forma íntegra, compuesto por DOS 2 planillas que, como Anexo II, forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º La documentación a que alude el Artículo 2º de la presente medida se presentará ante la Dirección de Importaciones, dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL dependiente de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sita en la Avenida Julio Argentino Roca Nº 651, piso 6º, sector 1, CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, haciendo referencia a la presente resolución, en un plazo no mayor de DIEZ 10 días corridos contados a partir de la vigencia de la presente norma.
Art. 4º La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Leila S. Nazer.
ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 42
BOLETIN OFICIAL Nº 31.226
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