Boletín Oficial de la República Argentina del 02/01/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Primera Sección
Martes 2 de enero de 2007

estrados Art. 1013 inc. g del C.A.. Asimismo se le informa que podrá extinguir la acción penal en los términos del Art. 930 del C.A.; previo pago de la multa mínima, tributos lo que asciende según el caso, a saber:
NOMBRE/RAZON SOCIAL

MULTA

TRIBUTOS

SUMARIO

ELEVEN TOOLS S.R.L.
CUIT Nº 30-70857261-2

$ 50.310,05

$ 50.310,05

188/06

ELEVEN TOOLS S.R.L.
CUIT Nº 30-70857261-2

$ 71.473,83

$ 71.473,83

190/06

FIRMADO LUIS A. ANGELINI, Administrador División Aduana de La Plata.
e. 2/1 Nº 534.190 v. 2/1/2007

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

ADUANA DE LA PLATA
CORRASE VISTA de conformidad al Art. 1001 del C.A. por la presunta infracción al ART. 994 ; del C.A. a las firmas y/o personas que se detallan en el presente, a quienes se cita y emplaza para que en el perentorio término de DIEZ 10 DIAS esten en derecho, evacuen sus defensas y ofrezcan todas las pruebas conducentes de que intenten valerse en un mismo escrito, bajo apercibimiento de rebeldía todo ello de acuerdo a lo prescripto en los Arts. 1101/1105 del C.A. Se deja constancia que la presentación requiere patrocinio letrado Art. 1034 C.A., acreditando personería y constituyendo domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en estos estrados Art. 1013
inc. g del C.A.. Asimismo se le informa que podrá extinguir la acción penal en los términos del Art. 930
del C.A.; previo pago de la multa mínima, tributos lo que asciende según el caso, a saber:

SILKERS S.A.
CUIT Nº 30-64316806-1

MULTA
$ 5000,00

20

El Directorio del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ha dictado la Resolución ETOSS N 414 de fecha 20/12/06, mediante la cual se aplicó una multa a la Concesionaria Aguas Argentinas S.A., transcribiendo a continuación los artículos:
ARTICULO 1 Establécese que AGUAS ARGENTINAS S.A. se encontró incursa en incumplimiento continuado, en los términos del numeral 13.10.9 del Contrato de Concesión modificado por Resolución N 601/99 de la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE B.O. 5/8/99 por su incumplimiento a la intimación formulada por el artículo 2 de la Resolución ETOSS N 94/02 de realizar la obra de las redes faltantes en las calles externas e internas del predio correspondiente a la empresa IRSA, identificación catastral Circ. VIII Sec. A, Frac. V y VI de Villa Celina, Partido de La Matanza en el plazo de VEINTE 20 días contados a partir del 15 de noviembre de 2002 fecha de notificación de dicha resolución a través de la Nota ETOSS N 16121/
02, desde el 16 de diciembre de 2002 y hasta el 20 de julio de 2005.
ARTICULO 2 Determínase que la sanción acumulativa a aplicar establecida en el DOS POR
CIENTO 2% mensual acumulativo artículo 2 de la Resolución ETOSS N 94/02 de la multa aplicada por el artículo 1 de la dicha Resolución asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO
MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS $ 85.945,52 según liquidación que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

NOMBRE/RAZON SOCIAL

BOLETIN OFICIAL Nº 31.064

ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS

TRIBUTOS

SUMARIO

156/06

FIRMADO LUIS A. ANGELINI, Administrador Aduana La Plata.
e. 2/1 N 534.189 v. 2/1/2007

SENADO DE LA NACION

ARTICULO 3 Intímese a AGUAS ARGENTINAS S.A. a depositar el importe de la multa impuesta, en la Tesorería de la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS dentro de los DIEZ 10
días de notificada la presente, bajo apercibimiento de no admitirse la procedencia formal de recursos Numeral 13.6.4 del Contrato de Concesión y Resolución ETOSS N 182/95. Los intereses si correspondieren, se calcularán conforme la normativa vigente.
ARTICULO 4 Regístrese, notifíquese a AGUAS ARGENTINAS S.A., tomen conocimiento las Gerencias y Areas del ETOSS. Remítase copia de la presente a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS
HIDRICOS, a la DIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALES DE LOS ENTES LIQUIDADOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION a los efectos de su verificación en el concurso preventivo de AGUAS ARGENTINAS S.A. y su integración en la liquidación final de créditos y deudas; remítase también copia de la presente a la UNIDAD DE
RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, a la SECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, a la AUDITORIA GENERAL DE
LA NACION y a la COMISION BICAMERAL DE LA REFORMA DEL ESTADO; dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese. Firmas: Dr. CARLOS MARIA VILAS, Presidente. Sr. ANGEL MAURICIO TARULLO, Vicepresidente.
Lic. ROBERTO IGLESIAS, Director. Lic. MIGUEL SAIEGH, Director.
El texto íntegro de la Resolución mencionada puede ser consultado en el sitio www.etoss.org.ar e. 2/1 N 534.205 v. 2/1/2007

SECRETARIA
RSA-735 06

ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS

Bs. As., 15/12/2006
VISTO:
La Resolución DR-1388/02, los Decretos DP-939/84 y DP-518/94, la Ley 24.600, y;

El Directorio del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ha dictado la Resolución ETOSS Nº 413 de fecha 20/12/06, mediante la cual se aplicó una multa a la Concesionaria Aguas Argentinas S.A., transcribiendo a continuación los artículos:

CONSIDERANDO:
Que, esta H. Cámara no sesionará durante el próximo mes de enero.
Que, por tal motivo, resulta conveniente otorgar la licencia anual ordinaria a la mayor cantidad de agentes en dicho lapso y disminuir la utilización de recursos materiales, con la consecuente reducción de gastos.
Que, con el propósito de no causar perjuicio con la medida, corresponde asegurar el diligenciamiento de los trámites que se consideren urgentes durante el período antes citado y disponer la suspensión de los plazos de todos los trámites administrativos.
Que, la presente se dicta conforme a la Resolución DR-1388/02, Artículo 32, inciso n; los DP-939/
84, DP-518/94 y la Ley 24.600.
Por ello, EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO
DEL H. SENADO DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º Determínese el receso administrativo del H. Senado entre los días 2 y 31 de enero de 2007, ambos inclusive.
ARTICULO 2º Suspéndense los plazos administrativos entre los días 2 y 31 de enero de 2007, ambos inclusive.
ARTICULO 3º Establécese que el personal del H. Senado de la Nación hará uso como mínimo de 29 días corridos de su licencia anual ordinaria, desde el día 2 de enero de 2007.
ARTICULO 4º Los responsables de cada área autorizarán guardias mínimas que, durante el receso administrativo, prestarán servicios en el horario de 10,00 a 17,00. Hasta el día 26 de diciembre del año en curso, las dependencias informarán a la Dirección de Administración de Personal y a la Dirección de Seguridad los agentes requeridos para cubrir las necesidades del sector y que cumplirán las guardias; también comunicarán las licencias que excedan el período indicado en el Artículo 3º, en este caso, únicamente a la Dirección de Administración de Personal.
ARTICULO 5º Aquellos agentes que no cuenten con los días de licencia ordinaria necesarios para cubrir el período establecido en el Artículo 1º, deberán reintegrarse a sus funciones una vez gozada la licencia que, según la normativa vigente, le correspondiere.
ARTICULO 6º A efectos de percibir los haberes correspondientes al mes de enero de 2007, la Dirección General de Administración procederá a su acreditación sin la previa recepción de los recibos, los que serán remitidos junto a los del mes de febrero de 2007.
ARTICULO 7º Dése cuenta a los Señores Senadores de la Nación y notifíquese a las áreas Administrativa y Parlamentaria.
ARTICULO 8º Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Cdor. CARLOS A.
MACHIAROLI, Secretario Administrativo H. Senado de la Nación.
e. 2/1 N 534.514 v. 4/1/2007

ARTICULO 1º Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS QUINCE MIL
NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS $ 15.949,51 por haber incumplido con la Meta Nº 3 Expansión de Red Primaria de Agua para OPCT conf. Resolución ETOSS Nº 79/02 modificada por la Resolución ETOSS Nº 81/03, por cuanto siendo el grado de avance comprometido para la misma de 31,10% el que se encuentra incumplido en su totalidad se obtiene un índice de esencialidad del 100%, resultando un incumplimiento de carácter esencial numerales 13.11.2 y 13.7 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93 modificado por la Resolución Nº 601/99 de la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE B.O. 5/8/99.
ARTICULO 2º Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS CON CINCO CENTAVOS $ 158.186,05 por haber incumplido con la Meta Nº 7 Expansión de Red Primaria de Cloaca para OPCT conf. Resolución ETOSS Nº 79/02 modificada por la Resolución ETOSS Nº 81/03, por cuanto siendo el grado de avance comprometido para la misma de 15,30% el que se encuentra incumplido en su totalidad se obtiene un índice de esencialidad del 100%, resultando un incumplimiento de carácter esencial numerales 13.11.2 y 13.7 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93 modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 3º Intímase a AGUAS ARGENTINAS S.A. a depositar las multas aplicadas en la cuenta ETOSS Multas Numeral 13.5.3 del Contrato de Concesión abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Sucursal 17 conforme lo dispone el artículo 3º de la Resolución ETOSS Nº 130/03;
dada la imposibilidad de cumplimentar, en su caso, en virtud de la rescisión contractual dispuesta por el Decreto PEN Nº 303/06, con las disposiciones del artículo 1º de dicha resolución, y ello bajo apercibimiento de no admitir la procedencia formal de cualquier recurso que dedujere.
ARTICULO 4º Comuníquese a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS en los términos Decreto PEN Nº 303/06 y de los numerales 14.8.2 y 14.9.4 del Contrato de Concesión.
ARTICULO 5º Regístrese, notifíquese a AGUAS ARGENTINAS S.A., tomen conocimiento las Gerencias y Areas del ETOSS. Remítase copia de la presente a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS
HIDRICOS, a la DIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALES DE LOS ENTES LIQUIDADOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION a los efectos de su verificación en el concurso preventivo de AGUAS ARGENTINAS S.A. y su integración en la liquidación final de créditos y deudas; remítase también copia de la presente a la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION y a la COMISION BICAMERAL DE LA REFORMA DEL
ESTADO; dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.. Firmas: Dr. CARLOS MARIA VILAS, Presidente. Sr. ANGEL MAURICIO
TARULLO, Vicepresidente. Lic. ROBERTO IGLESIAS, Director. Lic. MIGUEL SAIEGH, Director.
El texto íntegro de la Resolución mencionada puede ser consultado en el sitio www.etoss.org.ar Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente.
e. 2/1 N 534.203 v. 2/1/2007

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/01/2007 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data02/01/2007

Conteggio pagine20

Numero di edizioni9394

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione12/07/2024

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