Boletín Oficial de la República Argentina del 31/10/2006 - Primera Sección

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Primera Sección
Martes 31 de octubre de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 31.022

Que, por similares motivos, cabe hacer una excepción a lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto T.O. 2005 y sus modificatorias, en este caso particular.
Que la situación en la que se dicta esta medida configura una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCION NACIONAL
para la sanción de las leyes.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

2

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
Decisión Administrativa 790/2006

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 3, de la CONSTITUCION NACIONAL y 14 de la Ley Nº 24.185.

Apruébanse contrataciones celebradas por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria.

Por ello, Bs. As., 27/10/2006

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º Homológase el Acta Acuerdo y Anexos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 6 de setiembre de 2006, que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º La vigencia de los incrementos retributivos acordados para el personal de la COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES, acordados en el Acta del 6 de septiembre de 2006 y Anexos será a partir del 1º de junio de 2006 y del 1º de agosto de 2006, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes.
Art. 3º Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

VISTO el expediente Nº 804-196/06 en TRES 3 cuerpos del registro de la COMISION NACIONAL DE
EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA, los Decretos Nros. 577 de fecha 7 de agosto de 2003, 246 de fecha 11 de febrero de 2003, la Decisión Administrativa Nº 309 de fecha 23 de junio de 2005, las Resoluciones Nros. 797 y 798 ambas de fecha 8 de julio de 2004, 313 y 314 ambas de fecha 4 de abril de 2005, todas del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 491/02 estableció que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en éste último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Alberto J. B. Iribarne. Alicia M. Kirchner. Anibal D.
Fernández. Gines M. González García. Nilda C. Garré. Carlos A. Tomada. Julio M. De Vido.
Jorge E. Taiana. Daniel F. Filmus. Felisa Miceli.

Que el Decreto Nº 601/02 estableció que las disposiciones mencionadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.

ANEXO

Que el Decreto Nº 577/03 estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a PESOS DOS MIL $ 2.000 y de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.

En la ciudad de Buenos Aires, a los 6 días de Setiembre de 2006, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante el Sr. Director de Dictámenes y Contenciosos, Dr.
José Elías Miguel VERA, en su carácter de Presidente de la Comisión Paritaria el Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional, comparecen en representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Sr. Subsecretario de Coordinación y Evaluación Presupuestaria Dr. Julio VITOBELLO, en representación de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, su titular, el Dr. Juan Manuel ABAL MEDINA, y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el titular de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA, el Lic. Raúl RIGO, y en calidad de asesores del Estado Empleador el Lic. Norberto PEROTTI, el Lic. Carlos SANTAMARIA; el Dr. Jorge CARUSO; el Lic. Lucas NEJAMKIS, el Lic. Eduardo SALAS, y la Dra. Amalia DUARTE de BORTMAN, todos ellos por parte del Estado Empleador, y por parte gremial, en representación de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, los Sres. Eduardo DE GENNARO, Rubén MOSQUERA y el Dr. Matías CREMONTE; y en representación de la UNION
DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, los Sres. Felipe CARRILLO, Omar AUTON, Hugo SPAIRANI, y la Sra. KARINA TRIVISONNO.
Con el objeto de continuar con la instrumentación del incremento salarial que surge de las pautas establecidas en la cláusula PRIMERA del Acta de fecha 21 de abril de 2006, y en virtud del procedimiento dispuesto en la cláusula CUARTA de la misma, se incrementan las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal comprendido en la Comisión Nacional de Comunicaciones, en un 10% a partir del 1/6/06; y en un 9% a partir del 1/8/06.
Como consecuencia de lo dispuesto en el párrafo que antecede se fijan las remuneraciones de la Comisión Nacional de Comunicaciones, según consta en los Anexos I y II que forman parte de la presente Acta.

Que la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA ha elevado la propuesta de contratación del personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción y con el objetivo de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas para el año 2006, siendo que las mismas reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican en cada caso.
Que para las altas de las contrataciones que se proponen se ha dado cumplimiento a lo previsto en el artículo 6º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas especificas de los créditos presupuestarios de la Entidad 804
COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA Programa 16. Actividad 02. Inciso 1. Partida Principal 8. Partida Parcial 7 para el ejercicio 2006.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03.
Por ello,
No siendo para mas se da por finalizado el acto, firmando los presentes ante mi que certifico.
ANEXO I

Artículo 1º Apruébanse las contrataciones celebradas entre la COMISION NACIONAL DE
EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA y las personas que se detallan en la planilla que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente medida, por el período, categorías y montos indicados en la misma.

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/06
CATEGORIA
GERENTE
SUBGERENTE
PROFESIONAL COORDINADOR
PROFESIONAL SUPERIOR
PROFESIONAL AVANZADO
PROFESIONAL INICIAL
TECNICO SUPERIOR
TECNICO
ADMINISTRATIVO SUPERIOR
ADMINISTRATIVO

CODIGO
CATEGORIA
A A1
B B1
C C1
D D1
E E1

SUELDO BRUTO

Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Entidad 804
COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA Programa 16. Actividad 02. Inciso 1. Partida Principal 8 Partida Parcial 7 para el ejercicio 2006.

8118
7442
5412
4736
4059
3383
2844
2096
1826
1353

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto A. Fernández. Daniel F. Filmus.
ANEXO I

ANEXO II
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/06
CODIGO
GERENTE
SUBGERENTE
PROFESIONAL COORDINADOR
PROFESIONAL SUPERIOR
PROFESIONAL AVANZADO
PROFESIONAL INICIAL
TECNICO SUPERIOR
TECNICO
ADMINISTRATIVO SUPERIOR
ADMINISTRATIVO

CODIGO
CATEGORIA
A A1
B B1
C C1
D D1
E E1

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

SUELDO BRUTO
8849
8111
5899
5162
4424
3687
3099
2284
1990
1475

APELLIDO Y NOMBRE

Nº DOCUMENTO

BELLOCCHIO, María Gabriela CAILLON, Adriana María CALBI, Mariano César CICCOROSSI, María Elizabeth FARINETTI, Marina FILIPPA, Ana Gloria GROPPO, María Marcela HABERFELD, Leandro Ernesto LOPEZ, Daniela LORENTE, Estela María MONTEQUIN, Adriana Margarita ROMERO, Diana Norma ROVEGNO, Nora Edith SEMPER, Marina TREBINO, Hernán Jorge VIALE, Carmen Azucena TOTAL

DNI 17.556.410
DNI 6.711.652
DNI 18.442.663
DNI 21.613.110
DNI 18.001.397
DNI 17.648.660
DNI 16.324.407
DNI 20.200.457
DNI 17.484.139
LC 6.492.306
DNI 13.102.686
LC 6.393.615
DNI 13.020.666
DNI 22.851.987
DNI 18.098.422
DNI 10.504.368

Categoría Consultor A II
B IV
B IV
BI
A III
A III
B IV
B IV
B II
B IV
BI
B II
B IV
BI
A III
B IV

Período 01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06
01/04 al 31/12/06

Monto Mensual 3.300
3.000
3.000
2.200
4.000
4.000
3.000
3.000
2.600
3.000
2.200
2.600
3.000
2.200
4.000
3.000

Monto Total 29.700
27.000
27.000
19.800
36.000
36.000
27.000
27.000
23.400
27.000
19.800
23.400
27.000
19.800
36.000
27.000
$ 432.900,00

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/10/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data31/10/2006

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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