Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2006 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 27 de octubre de 2006

Subdirección General de Recursos Humanos
BOLETIN OFICIAL Nº 31.020

16

NOMBRES Y APELLIDO

UNIDAD DE ESTRUCTURA

Cont. Púb. Jorge Nicolás TORTEROLA
Legajo Nº 24.295/44

DIVISION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
DE LA DIRECCION REGIONAL MAR DEL
PLATA

Luis Eduardo TYMKIW
Legajo Nº 35.953/70

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
1 DE LA DIRECCION REGIONAL MAR DEL
PLATA

Cont. Púb. Claudia Raquel CHRISTIANI
Legajo Nº 28.085/54

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
2 DE LA DIRECCION REGIONAL MAR DEL
PLATA

CONSIDERANDO:

Cont. Púb. Héctor Alejandro ABACA
Legajo Nº 33.295/43

DIVISION REVISION Y RECURSOS DE LA
DIRECCION REGIONAL MENDOZA

Que por el artículo 1º del citado acto administrativo se eliminó de la estructura organizativa las Divisiones denominadas Fiscalización 3, en el ámbito de cada una de las Direcciones Regionales Comodoro Rivadavia, Neuquén, Posadas, Salta y San Juan.

Cont. Púb. María Mónica del Carmen ROMAN
Legajo Nº 27.263/17

SECCION DETERMINACIONES DE OFICIO
DE LA DIRECCION REGIONAL MENDOZA

Que por el artículo 2º del mencionado acto administrativo se creó UNA 1 unidad orgánica con nivel de División denominada Devoluciones y Recuperos en el ámbito de cada una de las Direcciones Regionales Córdoba, Mar del Plata, Mendoza, Rosario I y Rosario II y por el artículo 4º UNA 1 unidad orgánica con nivel de Sección denominada Devoluciones y Recuperos 2, en el ámbito de cada una de las Divisiones Devoluciones y Recuperos creadas por el artículo 2º.

Cont. Púb. Roberto Mohamed MUSRI
Legajo Nº 28.903/46

DIVISION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
DE LA DIRECCION REGIONAL MENDOZA

Cont. Púb. Andrés Gregorio ALIAGA
Legajo Nº 28.220/58

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
1 DE LA DIRECCION REGIONAL MENDOZA

Que mediante el artículo 3º del citado acto dispositivo se determinó que la Sección Devoluciones, dependiente de cada una de las Divisiones Revisión y Recursos de las Direcciones Regionales Córdoba, Mar del Plata, Mendoza, Rosario I y Rosario II, pase a denominarse Devoluciones y Recuperos 1 y a depender de cada una de las Divisiones Devoluciones y Recuperos creadas por el artículo 2º.

Cont. Púb. María Susana BLANCO
Legajo Nº 33.003/93

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
2 DE LA DIRECCION REGIONAL MENDOZA

Cont. Púb. Laura Irene AVIT
Legajo Nº 32.448/22

DIVISION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
DE LA DIRECCION REGIONAL ROSARIO I

Que por lo expuesto, la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior gestiona dar por finalizadas funciones y designar a los agentes que asumirán la conducción de las Unidades de Estructura creadas por la Disposición Nº 607/06 AFIP.

Cont. Púb. Sandra Patricia BALMASEDA
Legajo Nº 37.024/76

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
1 DE LA DIRECCION REGIONAL ROSARIO I

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de la excepción de lo dispuesto en los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2003, otorgada mediante Decreto Nº 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

Cont. Púb. Carina Andrea MERETTA
Legajo Nº 35.279/85

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
2 DE LA DIRECCION REGIONAL ROSARIO I

Cont. Púb. Gabriel Enrique GIMENEZ
Legajo Nº 33.597/99

DIVISION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
DE LA DIRECCION REGIONAL ROSARIO II

Cont. Púb. Claudio Remigio PASCUAL
Legajo Nº 33.800/57

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
1 DE LA DIRECCION REGIONAL ROSARIO II

Cont. Púb. Ileana Raquel PRICCO
Legajo Nº 36.676/07

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
2 DE LA DIRECCION REGIONAL ROSARIO II

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición 368/2006
Finalización de funciones y designación de Jefaturas Interinas en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Bs. As., 20/10/2006
VISTO la Disposición Nº 607/06 AFIP del 3 de octubre del año en curso y la Actuación SIGEA Nº 13330540-2006, y
Que se cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición Nº 235/04 AFIP y lo establecido en la Disposición Nº 462/05 AFIP, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE PLANIFICACION A CARGO
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
Artículo 1º Dar por finalizadas las funciones que les fueran asignadas oportunamente a los agentes que más abajo se detallan, en el carácter de Jefes Interinos de la Unidad de Estructura que en cada caso se menciona, en jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior:
NOMBRES Y APELLIDO

UNIDAD DE ESTRUCTURA

Cont. Púb. Osvaldo José SALA
Legajo Nº 33.122/17

EX-SECCION DEVOLUCIONES DE LA DIRECCION REGIONAL CORDOBA

Luis Eduardo TYMKIW
Legajo Nº 35.953/70

EX-SECCION DEVOLUCIONES DE LA DIRECCION REGIONAL MAR DEL PLATA

Cont. Púb. Roberto Mohamed MUSRI
Legajo Nº 28.903/46

DIVISION REVISION Y RECURSOS DE LA
DIRECCION REGIONAL MENDOZA

Cont. Púb. María Susana BLANCO
Legajo Nº 33.003/93

SECCION DETERMINACIONES DE OFICIO
DE LA DIRECCION REGIONAL MENDOZA

Cont. Púb. Andrés Gregorio ALIAGA
Legajo Nº 28.220/58

EX-SECCION DEVOLUCIONES DE LA DIRECCION REGIONAL MENDOZA

Cont. Púb. Laura Irene AVIT
Legajo Nº 32.448/22

EX-SECCION DEVOLUCIONES DE LA DIRECCION REGIONAL ROSARIO I

Cont. Púb. Gabriel Enrique GIMENEZ
Legajo Nº 33.597/99

EX-SECCION DEVOLUCIONES DE LA DIRECCION REGIONAL ROSARIO II

Art. 4º Regístrese, comuníquese, dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto Nº 1322 de fecha 26 de octubre de 2005 y a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mario R. Roselló.
N 528.392

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE
CREDITOS PRENDARIOS
Disposición 676/2006
Establécese que en los trámites de transferencia en los que intervengan como certificantes de la firma de una o más partes, Escribanos Públicos matriculados en el Colegio de Escribanos de la Provincia de San Juan, será obligatoria la constatación de la legitimidad de los folios de Actuación Notarial en los que se instrumente esa certificación.

Bs. As., 26/10/2006
VISTO el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título I, Capítulo XI, Sección 3a, artículo 6º, y CONSIDERANDO:

Art. 2º Dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al Contador Público Héctor Alejandro ABACA Legajo Nº 33.295/43 en el carácter de Supervisor Interino en jurisdicción de la División Fiscalización Nº 2 de la Dirección Regional Mendoza.

Que por dicha norma se establece que, en todos los trámites de transferencia, en las que intervengan como certificantes de firma, de una o más partes, Escribanos Públicos matriculados en jurisdicciones en las que esta Dirección Nacional hubiera suscripto convenios con los respectivos Colegios de Escribanos, se deberá llevar a cabo la constatación obligatoria de la legitimidad de los folios de Actuación Notarial en los que se instrumente esa certificación.

Art. 3º Designar a los agentes que más abajo se detallan, en el carácter de Jefes Interinos de la Unidad de Estructura que en cada caso se indica, en jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior:

Que, en ese marco, y a ese fin, esta Dirección Nacional ha suscripto un Convenio de Colaboración con el Colegio de Escribanos de la Provincia de San Juan, con fecha 27 de junio de 2006.

NOMBRES Y APELLIDO

UNIDAD DE ESTRUCTURA

Cont. Púb. Osvaldo José SALA
Legajo Nº 33.122/17

DIVISION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
DE LA DIRECCION REGIONAL CORDOBA

Cont. Púb. Mara Matilde ELICES
Legajo Nº 36.385/71

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
1 DE LA DIRECCION REGIONAL CORDOBA

Que, habiéndose practicado a ese respecto diversas pruebas tendientes a corroborar la eficacia y rapidez del sistema, resulta oportuno disponer su entrada en vigencia.

Cont. Púb. Diego STROMBOLO
Legajo Nº 33.935/50

SECCION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
2 DE LA DIRECCION REGIONAL CORDOBA

Que, por ello, corresponde poner en conocimiento de los señores Encargados las características que revestirá el sistema de constatación respecto de las certificaciones efectuadas por Escribanos Públicos matriculados en el Colegio de Escribanos de la Provincia de San Juan, aprobando en consecuencia el instructivo necesario al efecto.

Que entre ambos organismos se ha desarrollado un sistema de constatación de folios de Actuaciones Notariales, diseñándose a ese efecto un sistema informático por el cual resulta posible verificar la concordancia de los datos contenidos en las fojas notariales con los registros de ese Colegio.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data27/10/2006

Conteggio pagine36

Numero di edizioni9413

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione31/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Octubre 2006>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031