Boletín Oficial de la República Argentina del 15/03/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 15 de marzo de 2006

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 30.866

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

30

lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Américo César BURGOS, la Resolución CNC Nº 1827/05, dictada en el Expte.
Nº 8782/04, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca VERTEX, sin modelo ni número de serie, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Américo César BURGOS, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing.
CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 14/3 N 506.794 v. 16/3/2006

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing.
CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 14/3 N 506.798 v. 16/3/2006

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Mariano Gustavo DIAZ, la Resolución CNC Nº 3164/05, dictada en el Expte.
Nº 2089/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca ARBELAIZ, modelo BLU, sin número de serie, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Mariano Gustavo DIAZ, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Néstor CAPELLINI, la Resolución CNC Nº 1334/03, dictada en el Expte. Nº 16887/99, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca DRAFT, modelo AC-552, sin número de serie, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Néstor CAPELLINI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing.
CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 14/3 N 506.795 v. 16/3/2006

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Joge STAGNARO, la Resolución CNC Nº 2233/05, dictada en el Expte. Nº 8038/04, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca WOBRON, modelo BLU W 100, sin número de serie, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Jorge STAGNARO, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a, del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing.
CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 14/3 N 506.796 v. 16/3/2006

Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing.
CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 14/3 N 506.800 v. 16/3/2006

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Manuel Horacio TEJERINA, la Resolución CNC Nº 3189/05, dictada en el Expte. Nº 2956/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca YAESU, modelo FT-2001, sin número de serie, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Manuel Horacio TEJERINA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing.
CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 14/3 N 506.801 v. 16/3/2006

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Augusto CABRERA, la Resolución CNC Nº 3229/05, dictada en el Expte. Nº 3125/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Alberto Salvador CAREMA, la Resolución CNC Nº 1419/04, dictada en el Expte. Nº 7773/01, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca YAESU, modelo FT-2400H, número de serie 3C310335, con micrófono de palma y una fuente de alimentación marca CAHUANE, modelo FA1215, serie Nº 1882, propiedad del Sr. Alberto Salvador CAREMA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing.
CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 14/3 N 506.797 v. 16/3/2006

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Claudio Antonio COLQUE, la Resolución CNC Nº 3227/05, dictada en el Expte. Nº 1544/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca KENWOOD, sin modelo ni número de serie, con falso pack artesanal y antena deteriorada, propiedad del Sr. Claudio Antonio COLQUE, de acuerdo con
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca VERTEX, modelo VX-2000V, Nº de serie 8C040681, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Augusto CABRERA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing.
CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 14/3 N 506.802 v. 16/3/2006

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Santos Jorge Víctor SALDIVAR, la Resolución CNC Nº 297005, dictada en el Expte. Nº 9227/04, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca KENWOOD, sin modelo ni número de serie, sin pack ni antena, equipo deteriorado, propiedad del Sr. Santos Jorge Víctor SALDIVAR, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 15/03/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data15/03/2006

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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