Boletín Oficial de la República Argentina del 08/02/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 8 de febrero de 2006
CIAL y al Boletín Oficial de esta Dirección para su publicación. Sigan las actuaciones a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas para la prosecución del trámite. Ricardo Echegaray.
Nº 504.599

Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS
Disposición 33/2006
Proyectos año 2004. Prorrógase el plazo establecido por la Disposición Nº 423/2004 para la presentación de las rendiciones de cuentas.

Bs. As., 27/1/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0021972/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, lo dispuesto por las Leyes Nros. 22.317, 25.300 y, los Decretos Nros. 819
de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29
de abril de 1999, y 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio, la Decisión Administrativa Nº 94 de fecha 31 de marzo de 2004, las Disposiciones Nros. 389 de fecha 29 de septiembre de 2004, 423 de fecha 15 de octubre de 2004, 601 de fecha 29 de diciembre de 2004, 69 de fecha 25 de febrero de 2005 y 128 de fecha 1 de abril de 2005 todas de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que la Disposición Nº 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2004.
Que conforme a lo establecido por los Artículos 18 y 29 del Anexo I de la Disposición Nº 423/04 de la SUBSECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL las empresas debían ejecutar el proyecto de capacitación dentro de un plazo máximo de DOCE 12 meses contados desde la publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA
de la disposición de aprobación de proyectos con asignación de cupo de Crédito Fiscal y presentar las rendiciones de cuentas hasta un plazo de VEINTE 20 días hábiles administrativos a contar a partir del día siguiente a la fecha en que hubiere vencido el plazo de ejecución.

Que la aprobación de proyectos con asignación de cupo de Crédito Fiscal se efectuó por medio de la Disposición Nº 601 de fecha 29
de diciembre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION que fuera publicada en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA el día 30
de diciembre de 2004.
Que en consecuencia, ha concluido el plazo fijado para la ejecución de proyectos y se encuentra próximo a vencer el plazo final establecido para la presentación de las rendiciones de cuentas.
Que la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION ha recibido una considerable cantidad de notas, correos electrónicos y llamados telefónicos de empresas solicitando que se disponga la prórroga del plazo para la presentación de las rendiciones de cuentas.
Que la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal se ha expedido en sentido favorable.

Que razones de índole funcional y operativa indican la necesidad de actualizar la firma de los funcionarios autorizados en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas.
Que la actualización propuesta cuenta con la conformidad de dicha Subdirección General.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello, EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
Artículo 1º Autorizar para firmar los certificados de exención parcial o total de diferimientos o compensación del Impuesto al Valor Agregado para las importaciones a consumo, a los funcionarios cuyos apellidos, nombres, cargo que desempeñan y firma facsimilar se consignan en la planilla anexa a la presente.
Art. 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Horacio Castagnola.
CATALOGO DE FIRMAS DE FUNCIONARIOS AUTORIZADOS A SUSCRIBIR CERTIFICADOS
FORMULARIOS Nº 7366 REGLAMENTADOS POR LA DISPOSICION Nº 1/06 DGI ANEXO A LA
DISPOSICION CITADA
APELLIDO Y NOMBRE
MARRESE, Diego Daniel
CARGO

FACSIMIL DE FIRMA

Jefe Int. de la Oficina Cobranza Administrativa de la Agencia Nº 6

WAISSMAN, Juan Ignacio Jefe Int. de la Sección Cobranza Judicial de la Agencia Nº 6
Nº 504.601

Que se estima conveniente prorrogar el plazo establecido en el Artículo 29 del Anexo I
de la Disposición Nº 423/04 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003, y su modificatorio.
Por ello, EL SUBSECRETARIO
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DESARROLLO REGIONAL
DISPONE:
Artículo 1º Prorrógase hasta el día 31 de marzo de 2006, inclusive, el plazo establecido por el Artículo 29 del Anexo I de la Disposición Nº 423
de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION para la presentación de las rendiciones de cuentas.

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.841

BOLETIN OFICIAL
Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial
Colección en CD de los ejemplares del Boletín Oficial
Incluye sistema de búsqueda
Desde 1998

al 2004

Art. 2º La presente disposición entrará en vigencia a partir de la fecha de su firma.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Federico I. Poli.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición 1/2006

Precios por CD:
1998 al 2003
2004

Solicitud de Formularios Nº 7366. Nómina de funcionarios autorizados ante la Dirección General de Aduanas.

$ 30
$ 50

c/u
Primera sección Legislación y Avisos Oficiales
Bs. As., 2/2/2006
VISTO la Resolución Nº 1231 DGI del 24 de agosto de 1994 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por los actos citados en el VISTO se designó a los funcionarios de esta Repartición con facultad para firmar los certificados de exención parcial o total, de diferimientos o compensación del Impuesto al Valor Agregado, resultando conveniente disponer que su tramitación corresponda a aquellas dependencias que intervienen en el control impositivo de ese gravamen.

Ventas:
Sede Central: Suipacha 767 11:30 a 16:00 hs., Tel.: 011 4322-4055
Delegación Tribunales: Libertad 469 8:30 a 14:30 hs., Tel.: 011 4379-1979
Delegación Colegio Público de Abogados:
Av. Corrientes 1441 10:00 a 15:45 hs., Tel.: 011 4379-8700 int. 236

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/02/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data08/02/2006

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9415

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione02/08/2024

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