Boletín Oficial de la República Argentina del 22/06/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 22 de junio de 2005

RESOLUCIONES

BOLETIN OFICIAL Nº 30.679

recursos necesarios, tendientes a posibilitar el ejercicio de las acciones pertinentes ante la autoridad judicial competente, al ciudadano Marcos Flavio GARCIA, D.N.I. N 22.868.209, a efectos de solucionar su situación identificatoria.

TRICOS, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ASISTENCIALES Y CREDITOS, VIVIENDA Y
CONSUMO DE TRENQUE LAUQUEN CUIT 3054570171-1 el Código de Identificación de Operador de Larga Distancia PQR = 113.

Art. 2 Instrúyase al REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS a cumplimentar las medidas probatorias que ordene el Juez que entienda en la causa como así mismo las administrativas, tendientes a regularizar la situación identificatoria Marcos Flavio GARCIA.

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mario G. Moreno.

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Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 141/2005

Ministerio del Interior
REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS
Resolución 976/2005
Instrúyese al mencionado Registro a facilitar los medios y recursos necesarios tendientes a posibilitar el ejercicio de las acciones pertinentes ante la autoridad judicial competente, al ciudadano Marcos Flavio García, a efectos de solucionar su situación identificatoria.

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández.

Bs. As., 15/6/2005

Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 140/2005

Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES

Asígnase Código de Identificación de Operador de Larga Distancia a Primer Operador Privado Independiente Argentina Sociedad Anónima.

Bs. As., 13/6/2005
Resolución 139/2005
VISTO la Ley N 17.671, sus modificatorias, el Expediente Administrativo N 20.476/92 - AL N
511/92 del registro de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, la Resolución RNP. N 603 del 11 de noviembre de 1996, y
Asígnase Código de Identificación de Operador de Larga Distancia a Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios Eléctricos, Obras y Servicios Públicos, Asistenciales y Créditos, Vivienda y Consumo de Trenque Lauquen.

CONSIDERANDO:
Que en el expediente administrativo mencionado en el VISTO, caratulado GARCIA, Marcos Flavio s/ Pedido de Renovación, se constató que en la identificación cuya actualización se solicitaba, N 22.868.209, aparece asentado el fallecimiento de su titular, ocurrido en la Ciudad de San Juan, en fecha 14 de junio de 1973, inscripto en el acta N 27.450, T 104, año 1973.
Que ante dicha situación, la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS dispuso mediante Resolución RNP.
N 603/92, denegar la solicitud y remitir las actuaciones al Señor Procurador Fiscal ante la Justicia Federal de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, a efectos de determinar la existencia de un hecho que pudiera dar lugar a la acción pública, en orden a los delitos tipificados en los arts. 34 inc. b de la Ley N 17.671 y 293
del Código Penal.
Que de la copia certificada del acta de defunción obrante en dichas actuaciones, se desprende que se encuentra plenamente vigente, habida cuenta que no surgen constancias de que se haya decretado su nulidad, por acción civil o criminal Art. 993 del Código Civil.
Que el instrumento público por el cual se inscribió la defunción del causante, hizo caducar en forma automática la identificación N
22.868.209, y hasta tanto no se anule por autoridad competente, no se podrá proceder a rehabilitar la identificación a nombre de Marcos Flavio García.
Que a tales fines, el causante debe peticionar judicialmente la anulación del acta que acredita su defunción, aportando al efecto la prueba pertinente acerca de su filiación y consecuentemente, que dicha inscripción adolece de vicios que la toman insanablemente nula.
Que por elementales cuestiones humanitarias, se estima oportuno y conveniente que este Ministerio, en el marco de su competencia, facilite los medios y recursos necesarios, inclusive las erogaciones resultantes de la realización de pericias y exámenes genéticos, tendientes a posibilitar al causante el ejercicio de las acciones necesarias para solucionar su situación identificatoria.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 17 de la Ley 22.520 T.O. por Decreto N 438/92 y normativas conexas y el Artículo 3 de la Ley N
19.549 de Procedimientos Administrativos y su reglamentación.
Por ello,
Bs. As., 15/6/2005
VISTO el Expediente N 2676/2005, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, y
Bs. As., 15/6/2005
VISTO el Expediente N 705/2004, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N 46 de fecha 13
de enero de 1997 de la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que por Resolución N 76 de fecha 6 de abril de 2005 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, se registró a nombre de COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISION DE SERVICIOS ELECTRICOS, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ASISTENCIALES Y CREDITOS, VIVIENDA Y
CONSUMO DE TRENQUE LAUQUEN CUIT
30-54570171-1 en el Registro previsto en el apartado 5.4 del artículo 5 del Anexo I del Decreto N 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, el Servicio de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.
Que el mencionado Prestador ha solicitado la asignación de un Código de Identificación de Operador de Larga Distancia.
Que el Plan Fundamental de Numeración Nacional en el punto III.5 establece la Estructura PQR para la identificación de Códigos de Operador de Larga Distancia.
Que la solicitud del operador se encuadra en lo establecido en el referido Plan, punto VI.5
donde se establecen las pautas para la asignación de los Códigos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el artículo 9 del Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Asígnase Código de Punto de Señalización Nacional a Gigared Sociedad Anónima.

VISTO el Expediente N 2656/2005 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N 47 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, se aprobó el Plan Fundamental de Señalización Nacional PFSN.
Que por Resolución N 6 de fecha 15 de marzo de 2001 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, se otorgó a GIGARED SOCIEDAD
ANONIMA registro para la prestación del Servicio de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N 46 de fecha 13
de enero de 1997 de la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que dicho Prestador solicitó la asignación de UN 1 Código de Punto de Señalización Nacional CPSN.
Que el mismo ha manifestado que dispone de equipamiento apto para operar con el Sistema de Señalización por Canal Común N 7
SSCC7.

Que mediante Resolución N 22 de fecha 10
de enero de 2003 de la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA se registró a nombre de PRIMER OPERADOR
PRIVADO INDEPENDIENTE ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4 del Artículo 5 del Anexo I del Decreto N 764 de fecha 3
de setiembre de 2000, el servicio de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

Que lo solicitado se encuadra dentro de las previsiones del inciso V.2 del PFSN.

Que el mencionado Prestador ha solicitado la asignación de un Código de Identificación de Operador de Larga Distancia.

Por ello,
Que el Plan Fundamental de Numeración Nacional en el punto III.5 establece la Estructura PQR para la identificación de Códigos de Operador de Larga Distancia.
Que la solicitud del operador se encuadra en lo establecido en el referido Plan, punto VI.5
donde se establecen las pautas para la asignación de los Códigos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9 del Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9 del Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE
Artículo 1 Asígnase a GIGARED SOCIEDAD ANONIMA el Código de Punto de Señalización Nacional CPSN 2240 en numeración decimal.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mario G. Moreno.

Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

EDUCACION SUPERIOR

Por ello,
Sustitúyese el Anexo IV de la Resolución Nº 565/2004, referido a Estandares para la Acreditación de la Carrera de Bioquímica.

Resolución 660/2005

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Por ello,
Artículo 1 Asígnase a PRIMER OPERADOR PRIVADO INDEPENDIENTE ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA el Código de Identificación de Operador de Larga Distancia PQR = 105.

VISTO, la Resolución Ministerial N 565 del 10 de junio de 2004, y
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mario G. Moreno.

Que por dicha Resolución se reconocen la identidad o equivalencia de los títulos de LICENCIADO EN BIOQUIMICA respecto del
EL MINISTRO
DEL INTERIOR
RESUELVE:

EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Artículo 1 Instrúyase al REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a facilitar los medios y
Artículo 1 Asígnase a COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISION DE SERVICIOS ELEC-

Bs. As., 9/6/2005

CONSIDERANDO:

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Boletín Oficial de la República Argentina del 22/06/2005 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data22/06/2005

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9394

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione12/07/2024

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