Boletín Oficial de la República Argentina del 15/06/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 15 de junio de 2004
Prefijo
Guía
Manifiesto
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2004-73-MDES-37845-L
2004-73-MDES-37845-L
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2004-73-MDES-37862-K
2004-73-MDES-37862-K

Bultos 1
1 1
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1 1
1 1
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1 68
1 8
2 1
1 1
1 10
1 1
4 3
1 1
1 2
1 246
3.233

Kilos 9,600
1,100
14,800
16,000
23,500
0,100
1,500
0,400
0,800
0,200
35,300
48,000
886,000
1.034,000
78,000
103,000
108,000
168,000
10,400
0,200
1.160,000
35,000
11,800
748,000
52,000
5,400
2,800
8,000
59,000
7,200
7.241,400
214.092,940

Ingreso 30-APR-04
30-APR-04
30-APR-04
30-APR-04
30-APR-04
30-APR-04
30-APR-04
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30-APR-04
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30-APR-04
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30-APR-04
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30-APR-04
30-APR-04
30-APR-04
30-APR-04
30-APR-04
Total 30-APR-04
Total general
Detalle CARGA GRAL
CARGA GRAL
CARGA GRAL
CARGA GRAL
CARGA GRAL
carga gral SHAMPOO
CARGA GRAL
CARGA GRAL
CARGA GRAL
DOCS Y NON DOGS
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BOLETIN OFICIAL Nº 30.422

20

SOCIEDAD ANONIMA la Disposición Nº 13 de fecha 19 de abril de 2004 de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, recaida en el Expediente Nº 252.796/91 y agregado sin acumular Expediente Nº 252.797/
91 la que a continuación se transcribe: ARTICULO 1º Impónese a la firma OBRAS RACIONALIZADAS
SOCIEDAD ANONIMA, el decaimiento de pleno derecho de los beneficios promocionales la devolución de los tributos no abonados con motivo de la promoción acordada con más su actualización e intereses, el pago inmediato de los impuestos diferidos por la empresa y/o sus inversionistas y el reintegro actualizado al balance impositivo de las sumas desgravadas en el Impuesto a las Ganancias por sus inversionistas conforme lo establecido en el Artículo 10 incisos a, b y c del Decreto Nº 2054 del 10 de noviembre de 1992. ARTICULO
2º Impónese a la firma OBRAS RACIONALIZADAS SOCIEDAD ANONIMA, el pago de una multa de PESOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS
$ 17.747,66, según lo dispuesto en el Artículo 17, inciso b de la Ley Nº 22.021. ARTICULO 3º El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente disposición, debiéndose hacer efectivo ante la Dirección General de Administración dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL DE LA
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. El solo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco conforme el Artículo 25 del Anexo I del Decreto Nº 805 del 30 de junio de 1988. ARTICULO 4º Sirva el presente acto de suficiente título ejecutivo para el cobro de la suma establecida en el Artículo 2º mediante el correspondiente procedimiento de ejecución fiscal establecido en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, conforme el Artículo 25 del Decreto Nº 805/88. ARTICULO 5º Hágase saber a la Dirección General Impositiva y a la Dirección General de Aduanas, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ente autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al Gobierno de la Provincia de SAN LUIS, a los efectos del Registro de Beneficiarios de la Ley Nº 22.021 y su modificatoria Nº 22.702. ARTICULO 6º Notifíquese la firma OBRAS RACIONALIZADAS SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 7º De Forma. Firmado: REINALDO
BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 11.
e. 14/6 Nº 449.991 v. 16/6/2004

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
e. 15/6 N 450.004 v. 15/6/2004
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

AVISOS OFICIALES
Anteriores PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
EDICTO DE NOTIFICACION art. 42 del DECRETO Nº 1759/72
Notifíquese a la firma MAXIVISION SOCIEDAD ANONIMA, que en el Expediente Nº 2174/COMFER/93
se ha dictado la RESOLUCION Nº 0472/COMFER/04 de fecha 15/04/04, que en su parte resolutiva dice:
ARTICULO 1º Declárase la caducidad del procedimiento tramitado en el expediente del VISTO, correspondiente a la solicitud efectuada por la empresa MAXIVISION SOCIEDAD ANONIMA, tendiente a la obtención de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un Circuito Cerrado Comunitario de Televisión y Antena Comunitaria de Televisión, en la localidad de SAN FERNANDO, provincia de BUENOS AIRES, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2º Determínase la pérdida para la empresa MAXIVISION SOCIEDAD ANONIMA, del depósito de garantía inicial de la solicitud de licencia tramitada en el expediente citado en el VISTO.
ARTICULO 3º Dése intervención a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES para la pertinente cancelación de la reserva de canales efectuada.
Fdo.: Lic. JULIO D. BARBARO, Interventor del Comité Federal de Radiodifusión.
e. 14/6 Nº 450.109 v. 16/6/2004

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA notifica a la firma ACRILTEX SOCIEDAD ANONIMA la Disposición Nº 14 de fecha 26 de abril de 2004 de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
recaida en el Expediente Nº 11.226/90 y agregado sin acumular Expediente Nº 11226/90 copia la que a continuación se transcribe: ARTICULO 1º Determínase el monto de la multa impuesta por el Artículo 3º de la Resolución Nº 83 del 14 de noviembre de 2001, de la ex SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA a la firma ACRILTEX SOCIEDAD ANONIMA, en PESOS CIENTO
VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS DOS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS $ 126.202,47, según lo dispuesto en el Artículo 17, inciso b punto 2 de la Ley Nº 21.608. ARTICULO 2º El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación efectuada por el organismo pertinente del ámbito de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL
ATLANTICO SUR, debiéndose hacer efectivo ante la Dirección General de Administración dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL DE LA SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. El solo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco, conforme el Artículo 25 del Anexo I del Decreto Nº 805 del 30 de junio de 1988. ARTICULO 3º Hágase saber a la Dirección General Impositiva y a la Dirección General de Aduanas, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ente autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al Gobierno de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA
E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, a los efectos de correr traslado de la multa impuesta a la firma ACRILTEX
SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 4º Notifíquese a la firma ACRILTEX SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 5º De Forma - Firmado: REINALDO BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 11.
e. 14/6 Nº 449.990 v. 16/6/2004

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA notifica a la firma I.P.R.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA la Disposición Nº 17 de fecha 17 de mayo de 2004 de la SUBSECRETARIA DE
INGRESOS PUBLICOS, recaida en el Expediente Nº 045-003059/95 la que a continuación se transcribe:
ARTICULO 1º Impónese a la firma I.P.R.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA la devolución de los tributos no abonados con motivo de la promoción acordada con más su actualización e intereses, el pago inmediato de los impuestos diferidos por la empresa y/o sus inversionistas y el reintegro actualizado al balance impositivo de las sumas desgravadas en el impuesto a las ganancias por sus inversionistas, conforme lo dispuesto por el Artículo 10, incisos a, b y c del Decreto Nº 2054 del 10 de noviembre de 1992.
ARTICULO 2º. Impónese a la firma I.P.R.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, el pago de una multa de PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE CON SIETE CENTAVOS $ 8.229,07, según lo dispuesto en el Artículo 17, inciso b de la Ley Nº 22.021. ARTICULO 3º El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente disposición, debiéndose hacer efectivo ante la Dirección General de Administración dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. El solo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco conforme el Artículo 25 del Decreto Nº 805 del 30 de junio de 1988. ARTICULO 4º Sirva el presente acto de suficiente título ejecutivo para el cobro de la suma establecida en el Artículo 2º mediante el correspondiente procedimiento de ejecución fiscal establecido en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, conforme el Artículo 25 del Decreto Nº 805/88. ARTICULO 5º Hágase saber a la Dirección General Impositiva y a la Dirección General de Aduanas, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al Gobierno de la Provincia de LA RIOJA, a los efectos del Registro de Beneficiarios de la Ley Nº 22.021. ARTICULO 6º Notifíquese a la firma I.P.R.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
ARTICULO 7º De Forma, Firmado: REINALDO BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA, Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 11.
e. 14/6 Nº 449.992 v. 16/6/2004

PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
EDICTO DE NOTIFICACION art. 42 del DECRETO Nº 1759/72
Notifíquese al señor Juan Ricardo PAULONI, que en el Expediente Nº 0169/COMFER/87 se ha dictado la RESOLUCION Nº 0275/COMFER/04 de fecha 16/03/04, que en su parte resolutiva dice:
ARTICULO 1º Declárase la caducidad de la licencia concedida por Resolución Nº 225/COMFER/93, al señor Juan Ricardo PAULONI, para la instalación, funcionamiento y explotación de un Circuito Cerrado Comunitario de Televisión y una Antena Comunitaria de Televisión, en la localidad de LAS TOSCAS, provincia de SANTA FE, como así también de la extensión del servicio autorizado por Resolución Nº 803/COMFER/94
hacia la localidad de SAN ANTONIO DE OBLIGADO, de la nombrada provincia, por los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2º Dése intervención a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, para la pertinente baja de canales asignados oportunamente.
ARTICULO 3º Determínase la pérdida para el señor Juan Ricardo PAULONI, de los depósitos de garantía que se hubieran efectuado y que se encuentren vigentes a la fecha, correspondientes a la licencia cuya caducidad se declara mediante este acto.
Fdo.: Lic. JULIO D. BARBARO, Interventor del Comité Federal de Radiodifusión.
e. 14/6 Nº 450.107 v. 16/6/2004
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del ex-agente fallecido César Oscar BONOMO L.E. 7.779.363, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 21 de la Convención Colectiva de Trabajo Laudo 15/91, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen Nº 370, 5º Piso, Oficina Nº 5648, Capital Federal.
03 de Junio de 2004.
Firmado: ALICIA INES LORENZONI DE SANGUINETI, Jefe Int. Sección J, División Beneficios.

La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, notifica a la firma OBRAS RACIONALIZADAS

e. 14/6 Nº 450.148 v. 16/6/2004

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/06/2004 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data15/06/2004

Conteggio pagine20

Numero di edizioni9397

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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