Boletín Oficial de la República Argentina del 17/01/2003 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 30.070 1 Sección
Viernes 17 de enero de 2003
UNIDAD DE ESTRUCTURA
MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución 1008/2002
REEMPLAZANTE
En el orden que se indica
DIRECCION REGIONAL JUNIN
AGENCIA SEDE JUNIN
DIVISION FISCALIZACION N 1
DIRECCION REGIONAL LA PLATA
DIVISION REVISION Y RECURSOS
AGENCIA SEDE LA PLATA N 1
DIRECCION REGIONAL MAR DEL PLATA
AGENCIA SEDE N 1
DIVISION JURIDICA
Que el artículo 3 inciso c de la Decisión Administrativa N 477/98 prevé el Suplemento Extraordinario de Gabinete.
DIRECCION REGIONAL MENDOZA
DIVISION JURIDICA
DIVISION FISCALIZACION N 2
Que el Decreto N 1421/02 aprueba la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, estableciendo en el artículo 10 - inciso e que el otorgamiento de los suplementos extraordinarios o incentivos deben estar fundados.
DIRECCION REGIONAL MERCEDES
DIVISION REVISION Y RECURSOS
DIVISION JURIDICA
AGENCIA SEDE MERCEDES
Que resulta pertinente recompensar a los agentes que prestan servicios en este Ministerio que con su aporte han posibilitado el cumplimiento de los fines previstos para esta Jurisdicción en los plazos establecidos.
DIRECCION REGIONAL NEUQUEN
DIVISION FISCALIZACION N 1
DIVISION TECNICO JURIDICA
Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.
DIRECCION REGIONAL PARANA
DIVISION FISCALIZACION N 1
AGENCIA SEDE PARANA
Que el artículo 3 de la Decisión Administrativa N 477/98, faculta a los señores Ministros, Secretarios y Subsecretarios a administrar el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas.
DIRECCION REGIONAL POSADAS
DIVISION FISCALIZACION N 1
DIVISION TECNICO JURIDICA
DIRECCION REGIONAL RESISTENCIA
AGENCIA SEDE RESISTENCIA
DIVISION TECNICO JURIDICA
DIRECCION REGIONAL RIO CUARTO
DIVISION TECNICO JURIDICA
AGENCIA SEDE RIO CUARTO
DIRECCION REGIONAL ROSARIO I
DIVISION JURIDICA
DIVISION INVESTIGACION
Bs. As., 11/12/2002
VISTO la Decisión Administrativa N 477 del 16 de septiembre de 1998, el Decreto N 1421 del 8
de agosto de 2002, y CONSIDERANDO:
Por ello, EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTICULO 1 Asígnase desde el 1 de diciembre de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002 el Suplemento Extraordinario de Gabinete a los agentes que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución, la cantidad de TREINTA Y CUATRO 34 Unidades Retributivas.
DIRECCION REGIONAL ROSARIO II
ARTICULO 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado a la Partida correspondiente al Presupuesto vigente para este Ministerio: 2.1. - 4520 - 001 -1.7.0 Gabinete de Autoridades Superiores.
DIVISION JURIDICA
DIVISION REVISION Y RECURSOS
DIRECCION REGIONAL SALTA
DIVISION TECNICO JURIDICA
DIVISION CAPACITACION
ARTICULO 3 Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JOSE HORACIO JAUNARENA, Ministro de Defensa.
DIRECCION REGIONAL SAN JUAN
AGENCIA SEDE SAN JUAN
DIVISION TECNICO JURIDICA
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.
e. 17/1 N 403.368 v. 17/1/2003
DIRECCION REGIONAL SANTA FE
DIVISION REVISION Y RECURSOS
DIVISION JURIDICA
AGENCIA SEDE SANTA FE
DIRECCION REGIONAL TUCUMAN
DIVISION JURIDICA
AGENCIA SEDE TUCUMAN
DIVISION REVISION Y RECURSOS
MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
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ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Cont. Púb. JAIME LEONARDO MECIKOVSKY, Subdirector General, Subdirección General Operaciones Impositivas II, Dirección General Impositiva.
e. 17/1 N 404.906 v. 17/1/2003
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS II
Disposición N 1/2003
Régimen de Reemplazos en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Impositivas II.
Bs. As., 14/1/2003
MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
VISTO la Disposición N 587/02 AFIP de fecha 27 de diciembre del año 2002, y
Disposición N 4/2003
CONSIDERANDO:
Solicitud de certificados de responsables autónomos.
Que por la citada Disposición las Regiones existentes en el ámbito de la Dirección General Impositiva - Subdirección General de Operaciones Impositivas II, pasaron a ser consideradas Direcciones con la denominación Dirección Regional.
Que por lo expuesto, resulta necesario establecer el Régimen de Reemplazos, para casos de ausencia o impedimento de los Directores Regionales de esta Subdirección General de Operaciones Impositivas II.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N 146/00 AFIP, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS II
DISPONE:
ARTICULO 1 Establecer a partir del 1 de enero del año 2003, el Régimen de Reemplazos para casos de ausencia o impedimento de la Subdirección General de Operaciones Impositivas II, de la forma que seguidamente se indica:
UNIDAD DE ESTRUCTURA
REEMPLAZANTE
En el orden que se indica
DIRECCION REGIONAL BAHIA BLANCA
DIVISION FISCALIZACION N 2
AGENCIA SEDE BAHIA BLANCA
DIRECCION REGIONAL COMODORO
RIVADAVIA
DIVISION FISCALIZACION N 1
DIVISION TECNICO JURIDICA
DIRECCION REGIONAL CORDOBA
DIVISION REVISION Y RECURSOS
AGENCIA SEDE CORDOBA N 1
Bs. As., 13/1/2003
VISTO la Disposición N 82 DGI del 7 de julio de 1998 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por los actos citados en el VISTO se designó a los funcionarios con facultad para firmar los certificados que los responsables autónomos soliciten para ser presentados ante las autoridades de los Organismos que los requieran.
Que la modificación propuesta cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I y III.
Que en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes la Subdirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención que le compete.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4 y 6º del Decreto N 618/97 y por la Disposición N 355 AFIP del 31 de julio de 2002, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA
SUBDIRECCION GENERAL DE
OPERACIONES IMPOSITIVAS III
A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTICULO 1 Autorizar para firmar los certificados a que se refiere el artículo 1 de la Disposición N 82/98 DGI, a los funcionarios cuyo apellido y nombre, cargo que desempeñan y firma facsimilar, se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente.