Boletín Oficial de la República Argentina del 02/09/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, LUNES 2 DE SETIEMBRE DE 2002

$ 0,70

AÑO CX

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.974

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

RAMIENTO DE LA CALIDAD Y EQUIDAD DE
LA EDUCACION SECUNDARIA, y
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

www.boletinoficial.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 173.974

CONSIDERANDO:
Que mediante la referida Carta Convenio el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO se compromete a actuar como Agencia de ImpIementación del GOBIERNO DE JAPON, el cual asistirá financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de posibilitar la preparación del PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD Y
EQUIDAD DE LA EDUCACION SECUNDARIA, a través de la DIRECCION GENERAL
UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Que el objetivo general de la donación es ayudar a la preparación del Cuarto Proyecto de Educación Secundaria, destinada a asistir el proceso de implementación de la reforma del sector secundario en SIETE 7 provincias.
Que las condiciones generales contenidas en la Carta Convenio propuesta para ser suscripta son las usuales que se pactan en este tipo de operaciones y resultan adecuadas a los propósitos y objetivos a los que está destinada la donación.
Que las DIRECCIONES GENERALES DE
ASUNTOS JURIDICOS de los MINISTERIOS
DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
y DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 t.o. 1999, la Ley Nº 25.148 y el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, el PODER
EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para aprobar operaciones de esta naturaleza y someter eventuales controversias a la decisión de Tribunales Arbitrales.
Por ello,
DECRETOS

DONACIONES
Decreto 1610/2002
Apruébase la Carta Convenio a suscribirse con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, que actuará como Agencia de Implementación del Gobierno de Japón, por la asistencia financiera para la preparación del Proyecto de Mejoramiento de la Calidad y Equidad de la Educación Secundaria.
Bs. As., 30/8/2002
VISTO el expediente Nº 3460/02 del registro del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y
TECNOLOGIA; la Carta Convenio de donación del GOBIERNO DE JAPON propuesta para ser suscripta entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE
RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF, este último en su carácter de Administrador de la donación, por un monto de DOLARES
ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS SIETE
MIL SEISCIENTOS U$S 607.600, con destino a la financiación de las actividades de preparación del PROYECTO DE MEJO-

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la Carta Convenio para la preparación del PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD Y EQUIDAD DE LA
EDUCACION SECUNDARIA, en idioma inglés y su traducción al idioma español legalizada, que consta de UN 1 Anexo y DOS 2 Apéndices a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y
FOMENTO BIRF, por un monto equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS U$S 607.600, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto como ANEXO I, y las Condiciones Generales Aplicables a los Convenios de Préstamo y Garantía para Préstamos en Moneda Unica de fecha 30 de mayo de 1995 con sus modificaciones hasta el 6 de octubre de 1999 del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF, en idioma inglés y su traducción al idioma español legalizada, que como ANEXO II se incorporan al presente decreto.
Art. 2º Facúltase al Director Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito del MINISTERIO DE ECONOMIA, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA
ARGENTINA, la Carta Convenio de Donación y toda la documentación referente a la misma, conforme al modelo aprobado por el artículo precedente.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Art. 3º Facúltase al Secretario de Finanzas o al Subsecretario de Financiamiento del MINISTERIO DE ECONOMIA, o al funcionario o funcionarios que aquél designe, a convenir y suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones a la Carta Convenio que se aprueba por el artículo 1º del presente decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios substanciales al objetivo y destino del Convenio o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.
Art. 4º Autorízase a la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA a celebrar por sí o a través de la DIRECCION
GENERAL UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL acuerdos de cooperación con organismos públicos nacionales y provinciales, contratos de locación de obras y/o servicios con terceros, sin relación de dependencia, con expertos y/o entidades de investigación, nacionales o extranjeros que fueran menester para su ejecución, conforme a las normas, condiciones y procedimientos previstos en la Carta Convenio.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof.
Roberto Lavagna. Graciela M. Giannettasio.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

PROYECTOS NO INDUSTRIALES
Decreto 1612/2002
Modifícase el Anexo II del Decreto N 1542/98, con la finalidad de incluir el cambio de domicilio de la empresa Alto Valle del Río Colorado S.A., titular del proyecto localizado en Colonia 25 de Mayo, Departamento Puelén, Provincia de La Pampa, cuyo objeto es la habilitación de la tierra para la producción forrajera, con obras de riego, drenaje y siembra.
Bs. As., 30/8/2002
VISTO el Expediente N 193-000576/98 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y su agregado sin acumular N 080-008436/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA; la Ley N 22.021 y sus modificatorias; el artículo 51 último párrafo de la Ley N 24.938;
los Decretos N 3319 del 21 de diciembre de 1979; N 1032 del 4 de septiembre de 1998;
N 1074 del 14 de septiembre de 1998 y N 1542 del 29 de diciembre de 1998, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1 del Decreto N 1542/98, se declaró a la empresa ALTO VALLE DEL
RIO COLORADO SOCIEDAD ANONIMA, comprendida en el régimen establecido en el
SUMARIO
Pág.
ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución 713/2002-ANSES
Inclúyese la actividad Industria del Calzado Deportivo en el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares, para los empleadores incorporados al Sistema Unico de Seguridad Social que desarrollen sus actividades en la provincia de Buenos Aires.
BANDA SINFONICA DE CIEGOS
Decreto 1614/2002
Exceptúase a la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley N 25.565, al sólo efecto de proceder a la cobertura de un cargo en la Banda Sinfónica de Ciegos.
COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE
MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
Decreto 1615/2002
Designación de Presidente y Vocales, con carácter honorario.
DONACIONES
Decreto 1610/2002
Apruébase la Carta Convenio a suscribirse con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, que actuará como Agencia de Implementación del Gobierno de Japón, por la asistencia financiera para la preparación del Proyecto de Mejoramiento de la Calidad y Equidad de la Educación Secundaria.
INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADISTICA Y CENSOS
Decreto 1620/2002
Dase por aprobado un contrato de locación de obra, en el marco de la Cooperación en Materia de Estadísticas, relacionada con el acuerdo suscripto entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros y el Mercado Común del Sur y sus Estados partes.

4

2

2

1

Pág.
PROYECTOS NO INDUSTRIALES
Decreto 1612/2002
Modifícase el Anexo II del Decreto N 1542/98, con la finalidad de incluir el cambio de domicilio de la empresa Alto Valle del Río Colorado S.A., titular del proyecto localizado en Colonia 25 de Mayo, Departamento Puelén, Provincia de La Pampa, cuyo objeto es la habilitación de la tierra para la producción forrajera, con obras de riego, drenaje y siembra.

1

RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 283/2002-SRT
Auditorías médicas. Listado de lesiones a denunciar por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y los empleadores autoasegurados. Plazos y formularios para las comunicaciones correspondientes. Confirmación de denuncia.

6

RESIDUOS PELIGROSOS
Resolución 897/2002-SADS
Agrégase al Anexo I de la Ley N 24.051 de Residuos Peligrosos, y su Decreto Reglamentario N 831/93, la categoría sometida a Control Y 48. Obligaciones de los generadores, transportistas y/u operadores.

4

SEGUROS
Resolución 28.905/2002-SSN
Pautas para los Planes de Reestructuración de Compañías de Seguro de Vida y de Retiro, en el marco del Decreto N 558/2002.

4

DECRETOS SINTETIZADOS

3

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
SINTETIZADAS

3

2
AVISOS OFICIALES

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 1613/2002
Modifícase el Anexo I.a del Decreto N 1058/2002, con la finalidad de adecuar la estructura organizativa de la Secretaría de Cultura.

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/09/2002 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data02/09/2002

Conteggio pagine12

Numero di edizioni9379

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione27/06/2024

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