Boletín Oficial de la República Argentina del 04/08/2000 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.455 1 Sección en los programas de empleo transitorio; b la adecuada distribución de proyectos según Tipologías del Subprograma Desarrollo Comunitario, evitando la multiplicación de acciones similares que pudieren perjudicar el desarrollo de los proyectos; c la participación de la mayor cantidad de Organismos Responsables posible, procurando ampliar el control social de los proyectos a ejecutarse y por aplicación de lo dispuesto por el artículo 41
de la Resolución S.E. Nº 11/00; d las situaciones de conflictividad sociolaboral y/o de emergencia de orden sanitario o climático, según ha informado cada GERENCIA DE
EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL.
Que en virtud de la Resolución S.E. Nº 66/
00, que amplía el rango de valores de las ayudas económicas para los proyectos de la Línea A con el objetivo de dar mayor cobertura de beneficiarios, las UDA propusieron una ayuda económica de PESOS CIENTO VEINTE $ 120.
Que la Resolución S.E. Nº 109/00 establece que las/os beneficiarias/os de los proyectos del Sub Programa DESARROLLO COMUNITARIO - LINEA A, deberán cumplir con una dedicación horaria de CUATRO 4 horas, equivalente a OCHENTA Y OCHO 88 horas mensuales.
Que por recomendación de las GERENClAS
DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL
de CORDOBA, CHUBUT, RIO NEGRO y SANTIAGO DEL ESTERO, Ias ayudas económicas correspondientes a los beneficiarios de los proyectos de la Línea B, han sido fijadas en PESOS CIENTO VEINTE $ 120 para dichas jurisdicciones, en pos de lograr una mayor cobertura de beneficiarios, pero manteniendo la carga horaria de SEIS 6 horas diarias.
Que mediante Resolución S.E. Nº 133/00 se ha modificado el inciso 7 del artículo 15 de la Resolución S.E. Nº 11/00, permitiendo la aprobación de proyectos cuya ejecución se extienda hasta incluso el día 31 de diciembre del año 2001.
Que las Resoluciones S.S.E. Nros. 192/00 y 193/00, han levantado las inhabilitaciones para participar en los Programas de Empleo y Capacitación Laboral de esta cartera de estado, que pesaban sobre la Municipalidad de LA PAZ y la Municipalidad de MENDOZA.
Que según el Acta Complementaria de la UDA
Noroeste, se propone la aprobación de proyectos del Departamento SAN MARTIN de la provincia de SALTA, atendiendo la problemática social que atraviesa dicho Departamento, según ha informado la respectiva GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL.
Que atendiendo a la importancia social que importan los proyectos presentados por la ASOCIACION CIVIL ARGENTINA EN ACCION y por el CENTRO DE LA MUJER DE
SAN FERNANDO C.E.D.E.M. de la Jurisdicción CONURBANO, a pedido de dicha GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION
LABORAL se ha suscripto un Acta Complementaria proponiendo su aprobación.
Que en el Acta Complementaria citada en el párrafo precedente, se ha propuesto la aprobación de TRES proyectos del Organismo AMAS DE CASA DEL PAIS, a fin de evitar posibles conflictos sociales.
Que las UDA han efectuado algunas observaciones con respecto a la formulación de los proyectos, habiendo además advertido que en diversos casos los Organismos Responsables de los mismos no presentaron la constancia de inscripción en el REGISTRO DE
INSTITUCIONES DE CAPACITACION Y
EMPLEO REGICE.
Que en relación a la situación planteada en el párrafo precedente, las GERENCIAS DE
EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL se han comprometido a exigir a los Organismos Responsables el cumplimiento de las observaciones formuladas como requisito previo a la presentación de las altas de beneficiarios.
Que la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION
D.N.P.E. y C. ha intervenido dando conformidad a los proyectos aprobados en las UDA

de las regiones Buenos Aires, Litoral, Noroeste, Cuyo, Centro y Sur.
Que mediante la Resolución Conjunta S.E. y C.L. Nº 458/98 y D.E.A. Nº 452/98 se aprobaron los instrumentos necesarios para permitir la ejecución administrativa y operativa de los diversos Programas de Empleo y Capacitación.
Que los fondos mencionados en los ANEXOS
I y Il correspondientes al año 2000, se imputarán con cargo al ejercicio financiero de 2000
asignado a la Jurisdicción 75, Programa 16
Actividad 02 Acciones de Empleo y Capacitación Inciso 514 Ayudas Sociales a Personas, Fuente de Financiamiento 14 Transferencias Internas.
Que asimismo, deberá preverse que los fondos mencionados en los ANEXOS I y II correspondientes al año 2001, sean imputados con cargo al presupuesto que rija en el ejercicio financiero del año 2001.
Que es necesario elevar mensualmente al SISTEMA ADMINISTRATIVO FlNANCIERO
S.A.F. 350, la nómina de los proyectos aprobados por las UDA, a fin de que el mismo comprometa el monto correspondiente a cada proyecto.
Que las actividades propuestas en los proyectos aprobados por la SECRETARIA DE
EMPLEO deberán ejecutarse en su totalidad respetando los beneficiarios, recursos asignados y plazos previstos.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido por el artículo 3º de la Resolución M.T.E. y F.R.H. Nº 242/00.
Que por la Ley Nº 25.233 se modifica el nombre del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL bajo la denominación de MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS.

Art. 4º Los fondos asignados para los proyectos del PROGRAMA DE EMERGENCIA LABORAL Sub Programa Desarrollo Comunitario LINEA B correspondientes al pago de las ayudas económicas a los beneficiarios para el año 2000, por un monto total de PESOS SETECIENTOS
DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA
$ 718.280, serán imputados a la Jurisdicción 75, Programa 16 Actividad 02 Acciones de Empleo y Capacitación Inciso 514 Ayudas Sociales a Personas, Fuente de Financiamiento 14 Transferencias Internas. Los fondos correspondientes al año 2001 por un monto total de PESOS VEINTIOCHO
MIL OCHENTA $ 28.080, serán deducidos de los fondos a asignar para el presupuesto que rija en el año 2001.
Art. 5º Los fondos asignados para los proyectos del PROGRAMA DE EMERGENCIA LABORAL Sub Programa Desarrollo Comunitario LINEA B para el pago de honorarios a instructores a cargo de las acciones de capacitación, por un monto total de PESOS TREINTA Y CINCO MIL
QUINIENTOS CUATRO $ 35.504, serán imputados a la Jurisdicción 75, Programa 16 Actividad 02 Acciones de Empleo y Capacitación Inciso 514 Ayudas Sociales a Personas, Fuente de Financiamiento 14 Transferencias Internas.
Art. 6º Los proyectos indicados en los ANEXOS I y Il, darán inicio a sus actividades en las fechas consignadas en la columna Fecha de Inicio de los mismos.
Art. 7º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese. Horacio G.
Viqueira.
NOTA: Esta Resolución se publica sin los Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL

Dispónese la reducción establecida por el Decreto N 430/2000 a las retribuciones del personal, en los términos, porcentajes y condiciones allí establecidos.
Bs. As., 2/8/2000

Por ello, EL SECRETARIO
DE EMPLEO
RESUELVE:
Artículo 1º Asignar a los proyectos del PROGRAMA DE EMERGENCIA LABORAL Sub Programa Desarrollo Comunitario - LINEA A, aprobados por las UDA de las regiones Buenos Aires, Litoral, Noroeste, Cuyo, Centro y Sur en el mes de JULIO de 2000, los recursos que se indican en las planillas que integran el ANEXO I de la presente Resolución.
Art. 2º Asignar a los proyectos del PROGRAMA DE EMERGENCIA LABORAL Sub Programa Desarrollo Comunitario - LINEA B, aprobados por las UDA de las regiones Buenos Aires, Noroeste, Cuyo y Sur en el mes de julio de 2000, los recursos que se indican en las planillas que integran el ANEXO II de la presente Resolución.
Art. 3º Los fondos asignados para los proyectos del PROGRAMA DE EMERGENCIA LABORAL Sub Programa Desarrollo Comunitario LINEA A para el año 2000, por un monto total de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS $
5.678.400, serán imputados con cargo al ejercicio financiero 2000 asignado a la Jurisdicción 75, Programa 16 Actividad 02 Acciones de Empleo y Capacitación Inciso 514 Ayudas Sociales a Personas, Fuente de Financiamiento 14 Transferencias Internas. Los fondos correspondientes al año 2001 por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS
OCHENTA $ 349.680, serán deducidos de los fondos a asignar para el presupuesto que rija en el año 2001.

Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º Aplicar la reducción establecida por el Decreto N 430 del 29 de mayo de 2000, a partir del 1 de junio del corriente año, a las retribuciones brutas, totales, mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes, y al sueldo anual complementario del personal de esta Administración Nacional, en los términos, porcentajes y condiciones allí establecidos.
Art. 2 Los empleados de esta Administración Nacional que así lo consideren, podrán acogerse al derecho surgido de los artículos 242 y 246 de la Ley N 20.744 t. o., dentro de los diez 10 días de la publicación de la presente.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.
Melchor A. Posse.

Secretaría de Turismo
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 275/2000
Declárase de interés turístico al Primer Shalom Buenos Aires la consecuente emisión de la guía turística Recorrido Judío de la Ciudad.
Bs. As., 5/7/2000

CONSIDERANDO:

Resolución 705/2000
Que la presente encuadra en los artículos 143
y 150 de la Ley Nº 24.013, y en la Resolución M.T.E. y F.R.H. Nº 23/99, y se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por las Resoluciones S.E. Nros. 11/00, 17/00 y 30/00.

10

VISTO, el Expediente N 873, del Registro de la SECRETARIA DE TURISMO DE LA NACION, y
Que por el Decreto P.E.N. Nº 20/99 se crea la SECRETARIA DE EMPLEO.
Que por el Decreto P.E.N. Nº 42/99 se designa como titular de la SECRETARIA DE
EMPLEO al Dr. HORACIO GUSTAVO
VIQUEIRA.

Viernes 4 de agosto de 2000

VISTO el Decreto N 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991, ratificado por el artículo 167 de la Ley N 24.241, el Decreto N 1187 de fecha 18 de octubre de 1996 y el Decreto 430
de fecha 29 de mayo de 2000, y CONSIDERANDO:

Que la Cámara de Diputados de la Nación, informa sobre Primer Shalom de Buenos Aires y guía turística Recorrido judío de la ciudad de Buenos Aires.
Que Shalom Buenos Aires se presenta como un recorrido por la historia judía de la ciudad, una invitación a conocer sus sinagogas, sus escuelas, sus medios de comunicación, sus instituciones y barrios.
Que es el reflejo de la historia viva de un pueblo con hondas raíces en la Ciudad de Buenos Aires, en donde aparecen marcadamente sus lugares de pertenencia e identidad.
Que el evento Shalom Buenos Aires y la emisión de la guía Recorrido, judío de la ciudad, se constituyen no sólo en un trabajo con fines turísticos sino también educativos-culturales y está dirigido a aquellos interesados en visitar los hechos, obras y lugares de identidad judía.

Que esta Administración Nacional de la Seguridad Social se encuentra comprendida en los términos del Decreto N 430/2000, razón por la cual corresponde reducir las retribuciones brutas, totales, mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes y el sueldo anual complementario de su personal, en los términos allí indicados.

Que es un valioso testimonio de la diversidad cultural y religiosa que ofrece Buenos Aires.

Que ante la urgencia que plantean las circunstancias, se torna imprescindible hacer efectivas las reducciones que la citada norma estableció.

Que esta resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por decreto N 1407 de fecha 3 de diciembre de 1996.

Que al personal de esta Administración Nacional le es aplicable el régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 t. o.
y sus modificatorias, por lo que podrá acogerse a todos los derechos que surgen del citado cuerpo legal, entre ellos, los artículos 242 y 246.

Por ello, EL SECRETARIO
DE TURISMO
RESUELVE:

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Artículo 1º Declarar de Interés Turístico, Primer Shalom Buenos Aires y la consecuente emisión de la guía turística Recorrido judío de la ciudad.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3
del Decreto N 2741/91, el artículo 36 de la Ley N 24.241 y el Decreto N 72/00.

Que es propósito de este Organismo, brindar su apoyo y reconocimiento a aquellos eventos que se destacan por constituir positivos acontecimientos, que por su significación hacen a la difusión del turismo de nuestro país.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Hernán Lombardi.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/08/2000 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data04/08/2000

Conteggio pagine24

Numero di edizioni9406

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione24/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2000>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031