Boletín Oficial de la República Argentina del 22/10/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.256 1 Sección Art. 3º Modifícase la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL - Recursos Humanos para el ejercicio 1999 de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo.
Art. 4º Determínase que hasta tanto se concluya con la organización de la SECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, le será de aplicación lo dispuesto por los artículos 4º y 7º del Decreto Nº 919 del 6 de agosto de 1998.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.
Jorge A. Rodríguez. Roque B. Fernández.

Viernes 22 de octubre de 1999

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SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL
DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION Y CONTROL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Efectuar la evaluación y control de las inversiones en obras públicas no hidráulicas. Elaborar el presupuesto de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y efectuar su seguimiento y control.
Conducir lo vinculado con el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.
ACCIONES
1.- Elaborar y proponer el proyecto de presupuesto de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.

ANEXO I
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS

SECRETARIA
DE
OBRAS PUBLICAS

2.- Efectuar el seguimiento y control de la ejecución presupuestaria de las distintas áreas de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.
3.- Asistir al Secretario de Obras Públicas en la programación, evaluación y control de las inversiones en obras públicas no hidráulicas del ámbito de su competencia.
4.- Asistir al Subsecretario de Evaluación, Infraestructura y Control en el análisis de los estudios de factibilidad técnica - económica y social de los proyectos de obra pública no hidráulica de inversiones de riesgo, presentados a través de la modalidad de iniciativa privada.
5.- Coordinar lo relacionado con el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.

SECRETARIA
DE EVALUACION
INFRAESTRUCTURA
Y CONTROL

SUBSECRETARIA
DE
OBRAS PUBLICAS

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE ARQUITECTURA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA

DIRECCION
NACIONAL
DE BIENES
DEL ESTADO

DIRECCION
NACIONAL
DE PLANIFICACION
Y CONTROL

DIRECCION
NACIONAL
DE ARQUITECTURA

DIRECCION
NACIONAL
DE EJECUCION
DE PROYECTOS

Entender en la planificación, dirección y control de las actividades destinadas a la restauración, conservación, preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje de los monumentos y lugares históricos e inmuebles fiscales y en la administración de las obras solicitadas por otros organismos o reparticiones del Estado.
ACCIONES

ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE
ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED
VIAL NACIONAL

TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION

1.- Entender en la restauración, mantenimiento, conservación y preservación de Monumentos y Lugares Históricos nacionales, coordinando las tareas con la COMISION NACIONAL DE MUSEOS, MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS.
2.- Entender en las acciones vinculadas con la construcción, mantenimiento y reciclaje de inmuebles y edificios fiscales.

ORGANO DE CONTROL DE LA CONEXION FISICA ROSARIO SANTA FE VICTORIA ENTRE RIOS

3.- Entender en las tareas de estudio, anteproyecto, proyecto, dirección, ejecución, construcción, inspección y supervisión de obras.
ANEXO II

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL
DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar la ejecución de las políticas, normas y procedimientos relacionadas con la administración de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL, y mantener el control permanente de la actividad inmobiliaria estatal.
ACCIONES
1.- Proponer las políticas y procedimientos respecto de la utilización y disposición de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL y administrar un sistema de información y evaluación del cumplimiento de los mismos.
2.- Proponer e implementar la realización del Inventario General de Bienes del Estado Nacional y los distintos registros que determine la legislación vigente.
3.- Pronunciarse, con carácter previo a su emisión, en toda decisión administrativa que disponga la celebración de los siguientes actos con relación a inmuebles estatales:
a adquisición o enajenación, y b constitución, transferencia, modificación o extinción de otros derechos reales o personales; y tramitar la venta de los inmuebles estatales innecesarios.
4.- Realizar los análisis de factibilidad económica y financiera de las locaciones y concesiones existentes y determinar las condiciones a exigir para la celebración de nuevos contratos o renovación de los ya existentes, en los casos en que el ESTADO NACIONAL sea locador.
5.- Efectuar el saneamiento y perfeccionamiento dominial, catastral y registral de los títulos inmobiliarios estatales y requerir al organismo técnico competente las acciones judiciales necesarias para la preservación del patrimonio inmobiliario estatal.
6.- Proponer, de acuerdo con la política de inmuebles fiscales: la asignación en uso; la transferencia patrimonial a entidades autárquicas, empresas y sociedades del ESTADO NACIONAL; la disponibilidad automática de bienes raíces cuyas características no se correspondan funcionalmente con el destino que le atribuye el organismo o entidad de revista, la enajenación; y la administración transitoria de los inmuebles fiscales que entretanto quedarán disponibles.
7.- Dirigir e impulsar las operaciones relacionadas con la aplicación de la LEY Nº 24.146 y su modificatoria LEY Nº 24.383, así como también proponer la transferencia de inmuebles fiscales de acuerdo con lo establecido en ambas normas.

4.- Disponer la realización de estudios de factibilidad técnica, económica y financiera inherentes al área de su competencia.
5.- Proponer y participar en las licitaciones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
6.- Participar en los procedimientos de contratación de las obras de responsabilidad del área de su competencia.
7.- Entender en las relaciones con los entes públicos nacionales, provinciales y municipales, universidades, fundaciones, asociaciones civiles y cualquier otro organismo vinculado a funciones de su competencia.
8.- Asesorar a las distintas jurisdicciones de la Administración Pública Nacional sobre el mantenimiento y conservación de los edificios fiscales, así como el cumplimiento de las políticas y normas establecidas en la materia.
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE EJECUCION DE PROYECTOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Ejecutar y controlar las obras públicas no hidráulicas, formulando propuestas del marco regulatorio más conveniente.
Asistir al Subsecretario de Obras Públicas en todo lo vinculado con las contrataciones del área de su competencia.
ACCIONES
1.- Asistir al Subsecretario de Obras Públicas en las negociaciones de los contratos de concesiones de obras públicas no hidráulicas presentes o futuros, entre el Estado Nacional y los distintos concesionarios, resguardando los derechos de los usuarios y los intereses de la Nación, como así también realizar los estudios de interpretación y la adecuación de los contratos de concesión de los corredores viales.
2.- Asistir al Subsecretario de Obras Públicas en la ejecución y control de las obras públicas no hidráulicas.
3.- Asistir al Subsecretario de Obras Públicas, a su requerimiento, en el proceso de otorgamiento de concesiones y declaratorias para la ejecución de obras.
4.- Diseñar, proponer y ejecutar el sistema de control de los proyectos de su competencia.
5.- Proponer y participar en las licitaciones, concesiones de obras públicas o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 22/10/1999 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data22/10/1999

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9424

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione11/08/2024

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