Boletín Oficial de la República Argentina del 05/10/1999 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 29.244 1 Sección
Martes 5 de octubre de 1999
3
Que el procedimiento licitatorio previó la división en TRES 3 franjas de acuerdo a la cilindrada de los vehículos susceptibles de importación, estableciendo la obligación de consignar en las ofertas un sobrearancel adicional al arancel vigente.
Administración Federal de Ingresos Públicos
ADUANAS
Resolución General 692/99
Intervención de la Federación Argentina de la Industria Maderera y Afines FAIMA en la verificación de mercaderías.
Que realizadas las TRES 3 aperturas de ofertas para sendas franjas contempladas por la legislación vigente para asignación de cupos de vehículos categoría A, resulta pertinente emitir el listado definitivo de las personas físicas y jurídicas adjudicatarias del llamado licitatorio.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Bs. As., 30/9/99
VISTO la presentación iniciada por la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA MADERERA Y
AFINES FAIMA en la actuación ADGA Nº 429880/99, y CONSIDERANDO:
Que en la misma, la Federación citada en el VISTO plantea diversas cuestiones relativas a las importaciones de mercaderías de la industria que representa.
Que a tal fin, solicita su participación conjunta con el Servicio Aduanero, en la verificación de las importaciones para consumo de las mercaderías correspondientes al sector de la Industria de la Madera y del Mueble.
Que la intervención de la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA MADERERA Y
AFINES FAIMA será en carácter de observadora y como complemento de la información que sobre la totalidad de las importaciones permite su consulta externa la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
Que la presente resolución se dicta conforme las facultades conferidas por los artículos 21 y 26 del Decreto Nº 2677 del 20 de diciembre de 1991 y modificatorio y el artículo 6º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 53/97.
Por ello, EL SECRETARIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º Asígnase el cupo correspondiente a usuarios finales personas físicas y jurídicas detallados en el Anexo I que en TRES 3 planillas forma parte integrante de la presente resolución, resultando adjudicatarias de los actos licitatorios realizados en el ámbito de esta Secretaría, en los términos de las Resoluciones S.I.C. y M. Nros. 53/97 y 219/99.
Art. 2º La oferta que ha sido observada en el acto licitatorio, detallada en el Anexo II que en UNA 1 planilla forma parte integrante de la presente, será remitida en consulta a la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y luego de su dictamen la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA emitirá el acto administrativo por el cual se aceptará o desestimará la solicitud según corresponda.
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Art. 3º Desestímanse las ofertas detalladas en el Anexo III que en UNA 1 planilla forma parte de la presente Resolución, en los términos del artículo 5º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 53/97.
Artículo 1º La FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA MADERERA Y AFINES FAIMA, en carácter de observadora, acompañará a los Funcionarios Aduaneros en la verificación que se practique en las Destinaciones de Importación a Consumo que se les haya asignado canal rojo de selectividad y amparen mercaderías de las Posiciones Arancelarias de la NOMENCLATURA COMUN DEL
MERCOSUR NCM contenidas en el ANEXO I de la presente.
Art. 4º Facúltase a la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA dependiente de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA a emitir el pertinente acto administrativo para la oferta que hubiere sido observada en el acto licitatorio, en los términos que se expida la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 2º A los fines dispuestos en el artículo precedente, la Federación citada indicará la nómina detallada del personal técnico autorizado para la tarea.
Art. 5º Comuníquese la presente Resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS y a la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD
DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, de acuerdo a lo establecido por el artículo 6º de la resolución S.I.C. y M. Nº 53/97.
Art. 3º La ausencia de los representantes en la verificación no demorará su ejecución.
Art. 4º La Federación solicitante arbitrará los medios necesarios para tomar conocimiento de las verificaciones a realizarse.
Art. 5º Las Aduanas de BUENOS AIRES, EZEIZA y del INTERIOR pondrán a disposición de la solicitante, la información necesaria a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo precedente.
Art. 6º Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Remítanse copia a las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior y de Contralor y notifíquese a la FEDERACION ARGENTINA
DE LA INDUSTRIA MADERERA Y AFINES FAIMA. Cumplido, archívese. Carlos Silvani.
Art. 6º La presente Resolución deberá ser exhibida por el término de SESENTA 60 días en el hall central del edificio de esta Secretaría sito en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja de la Capital Federal.
Art. 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alieto A. Guadagni.
Anexo I a la Resolución S.I.C. y M. Nº 731
Nº Expediente
Franja formulario
Razón Social
Nº C.U.I.T.
Sobre Arancel
ANEXO I
600-000076/99
A1
026006
ESCASANY EDUARDO JOSE
20084068994
8,4
600-000072/99
A1
026002
JANS ALBERTO MARIO
20045685803
8,0
600-000073/99
A1
026005
AMIANO ALEJANDRO
20215713602
8,0
600-000074/99
A1
026003
CVECZILBERG MARCELO DANIEL
20119578508
8,0
600-000075/99
A1
026004
ASPIS MARCELO DANIEL
2014168068
8,0
600-000077/99
A1
026008
PUENTE SILVA BEATRIZ
27131701530
8,0
600-000082/99
A1
026010
BECCHIO MIGUEL ANGEL
20115279514
8,0
600-000083/99
A1
026011
STURLA MAXIMILIANO
20240305276
8,0
600-000084/99
A1
026009
LEIVA ENRIQUE ALFREDO
20187027137
8,0
600-000069/99
A2
026127
LEMOS MARIO NESTOR
20165587821
40,0
600-000087/99
A2
026132
DELLA PAOLERA RAUL FRANCISCO
20046394225
12,5
600-000089/99
A2
026135
MERLINO OSCAR MARIO
20128144502
12,1
600-000078/99
A2
026129
ZELASCHI MARCELO HECTOR
20130894055
12,0
600-000080/99
A2
026130
TRANSPORTES DON TORIBIO S.A.
33691863099
12,0
600-000081/99
A2
026128
LA NONA S.A.
30645509672
12,0
600-000085/99
A2
026131
CARLOS AGUSTIN RAMOS DUBOIS
20044362261
12,0
600-000088/99
A2
026134
ETELVINA PATRICIA KELLY
27129054706
12,0
Listado definitivo de las personas físicas y jurídicas adjudicatarias del llamado licitatorio para vehículos de la categoría A.
600-000090/99
A2
026133
ORLANDO RAUL FLORES
20076620580
12,0
600-000091/99
A2
026139
LAZOR CASIMIIO JOSE
20082493663
12,0
Bs. As., 30/9/99
600-000092/99
A2
026137
SANTOS ADRIAN
20148249874
12,0
600-000093/99
A2
026138
WAIS CESAR ENRIQUE
20045359906
12,0
600-000095/99
A2
026136
SADIA EMPRESA CONSTRUCTORA S.A 30587743953
12,0
600-000102/99
A2
026148
CONSULTORA EN INGENIERIA Y
TECNICA INDUSTRIAL S.A.
30594343065
12,0
600-000103/99
A2
026149
ISALI CLAUDIO DANIEL
23132366659
12,0
Que mediante la Resolución S.I.C. y M. Nº 219 del 6 de abril de 1999 se estableció la cuota anual de cupos a adjudicar para la categoría A, mediante un llamado para la presentación de ofertas a efectuarse durante el año 1999.
600-000104/99
A2
026140
BACA CLAUDIA MABEL
27203024490
12,0
600-000105/99
A2
026141
CAMPOS VICTOR HUGO
20079350525
12,0
600-000112/99
A3
026269
ALBINO PEDERIVA
20081977349
17,0
Que en la mencionada resolución se establece las condiciones fijadas en la Resolución S.I.C.
y M. Nº 53 del 24 de enero de 1997.
600-000070/99
A3
026245
SANTORIS JOSE OSCAR
20051303696
16,0
600-000071/99
A3
026223
PARDAL HERNAN RAMIRO
20177300757
16,0
Que mediante la Resolución S.I.C. y M. Nº 504 del 22 de julio de 1999 se procedió a realizar un segundo llamado a licitación, conforme lo previsto en el artículo 1º inciso h de la Resolución S.I.C. y M. Nº 53/97.
600-000086/99
A3
026254
ALEJANDRO JOSE OLIVERA
20126001747
16,0
600-000094/99
A3
026259
RIVERA ROBERTO
20077501216
16,0
600-000106/99
A3
026252
CARRADO EDUARDO DANIEL
20107136380
16,0
LISTADO DE POSICIONES ARANCELARIAS - N.C.M.
9401.30
9401.40
9401.61
9401.69
9401.71
9401.79
9401.80
9401.90
9403.10
9403.20
9403.30
9403.40
9403.50
9403.70
9403.80
9403.90
4407.10
4412.13
4412.14
4412.19
4412.22
4412.23
4412.29
4412.99
Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución 731/99
VISTO el expediente Nº 060-007080/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO: