Boletín Oficial de la República Argentina del 20/07/1993 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OF ICIAL 1 S e c c i ó n Art. 2- El mencionado Oficial Jefe se des empeñará como Asesor en la Escuela Superior de Guerra Aérea de dicho país.
Art. 3 g Otórgase carácter de permanente a la presente designación, la que tendrá una duración de VEINTICINCO 25 meses.
Art. 4 9 Los gastos que demande el Cumpli miento del presente Decreto, se imputarán a las siguientes Partidas:
45--23-16-1 -1-1-11 - 3 2
-2
45--23-16-1 -1-4-11 - 345--23-16-1 -4-0-11 - 3 2
45--23-16-1 -5-0-11 -3-- 2
45 -23-16-3 -7-1-11 -0 - 2
4 5 2 3 1 6 3 7 2 1 1 3 2 1, del Ejercicio Presupuestario 1993, y similares a las que se especifiquen para el año 1994 y equivalentes para ejercicios venideros.
Art. 5 9 La DIRECCIÓN GENERAL DE
CONTABILIDAD Y F INANZAS del ESTADO
MAYOR GENERAL DE LA F UERZA AEREA, procederá a adelantar en el país el pago de los conceptos compensación por cambio de destino y el primer trimestre del sueldo y emolumentos del mencionado Oficial, con aplicación del por centaje establecido en el artículo 2417 de la Reglamentación del Título II Personal en activi dad Capítulo IV Haberes, de la Ley N9 19.101
para el Personal Militar aprobada por Decreto N9
3294/78, modificado por su similar 1003/83, con los ajustes establecidos en la Resolución Na 1979/90 del MINISTERIO DE DEFENSA y pos teriormente efectuarle los giros pertinentes durante su permanencia en el país de destino.
Asimismo, extendió los pedidos de prestación de servicios para la financiación de los gastos de transporte.

Art. 2- Los pedidos de prestación de servi cios para la financiación de los gastos de trans porte vía aérea, serán extendidos por el ESTA
DO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO.

Art. 8 9 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial.
MENEM. Osear H. Camilión. Guido Di Telia.

Art. 3 El ESTADO MAYOR GENERAL DEL
EJERCITO Contaduría General del Ejército, procederá a liquidar en el país el pago de los conceptos compensación por cambio de destino y el equivalente al primer trimestre de los suel dos y emolumentos del mencionado Oficial Jefe, con aplicación del porcentaje establecido en el Artículo 2417 de la Reglamentación del Título II
Personal Militar en Actividad Capítulo IV
Haberes de la Ley para el Personal Militar
Ley 19.101, aprobada por Decreto N9 3294/78
modificado por su similar 1003/83 y posterior mente a efectuarle los giros pertinentes durante su permanencia en el país de destino.
Art. 4 a Los gastos que demande el cumpli miento del presente Decreto, deberán ser impu tados a las partidas del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio 1993 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años suce sivos, equivalentes a:
4521 -16- 11 -1 -1 -1 -043- 4311
4521 -16- 11 -1 -1 -1 -043- 4320
4521 -16- 11 -1 -1 -1 -043- 4344
4521 -16- 11 -1 -1 -1 -043- 4410
4521 -16- 11 -1 -1 -1 -000- 0001
4521 -16- 11 -3- 7 -1 - 1220-227
Art. 5 9 Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE
CEREMONIAL se otorgará el pasaporte corres pondiente.
Art. 6 9 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí vese. MENEM. Osear H. Camilión. Guido Di Telia.

INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA
PARA P AGO DE RETIROS Y
PENSIONES MILITARES
Decreto 1 4 9 4 / 9 3
Desígnase Director.
Bs. As., 14/7/93
VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General de la F uerza Aérea, lo pro puesto por el señor Ministro de Defensa, y
PERSONAL MILITAR
Decreto 1 4 7 8 / 9 3
Designación en comisión "permanente".
Bs. As., 12/7/93
VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO:
Que es necesario proceder al relevo del Oficial Jefe del Ejército, que realiza el Curso de Comando y Estado Mayor en la REPÚ
BLICA FEDERAL DE ALEMANIA.
Que dicha comisión se encuentra prevista en el Programa Anual de Actividades y Comisiones en el Exterior PAACE Año 1993.
Que la medida propuesta se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 86, inciso 15 de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo l 9 Desígnase en comisión "perma nente", a partir del 17 de julio de 1993 y por el término de SETECIENTOS CINCUENTA Y
NUEVE 759 días, al Mayor D Carlos María MARTURET M. I. Na 12.025.857 para realizar el Curso de Comando y Estado Mayor en la REPÚBLICA F EDERAL DE ALEMANIA.

Decreto 1 4 9 6 / 9 3

9

Art. 6 9 El causante efectuó su presentación en el país en el cual ha sido nombrado con una antelación de QUINCE 15 días prevista para la iniciación de sus funciones, quedando incluido el citado período en la duración de la comisión.
Art. 7- Convalídase el otorgamiento efec tuado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CERE
MONIAL, de los pasaportes correspondientes.

MINISTERIO DE CULTURA Y
EDUCACIÓN

CONSIDERANDO:
Que el Comodoro R D. Jorge Alberto MONES RUIZ, fue nombrado por Decreto N9
37 de fecha 17 de enero de 1989, por el período de Ley que finalizó el 31 de diciem bre de 1992, como Director del INSTITUTO
DE AYUDA F INANCIERA PARA PAGO DE
RETIROS Y PENSIONES MILITARES.
Que de conformidad con lo establecido en la Reglamentación del Artículo 8 a de la Ley Na 22.919 de fecha 16 de noviembre de 1983, el Director del mencionado Instituto, será nombrado por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.

Incluyese a una funcionaría en las previsio nes del Decreto N9 1840/86.
Bs. As., 14/7/93
VISTO el Decreto N9 1343 del 30 de abril de 1974
y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que tales normas prevén, entre otras medi das, un régimen especial de compensación por los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados para cumplir funciones polícas por el PODER EJECUTI
VO NACIONAL, que tengan residencia per manente en el interior del país, a una dis tancia superior a los CIEN KILÓMETROS
100 Km. del lugar en el que se desem peñan.

Articulo l 9 Dase por nombrado como Director del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIE
RA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES
MILITARES, por el período de Ley que se inició el 01 de enero de 1993, y vence el 31 de diciem bre de 1997, al Comodoro R D. Antonio Francisco RIZZO CORALLO 1356 M. I.
N9 6.492.741.
Art. 2- Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí vese. MENEM. Osear H. Camilión.

funciones políticas por el PODER EJECUTI
VO NACIONAL, que tengan residencia per manente en el interior del país, a una dis tancia superior a los CIEN KILÓMETROS
100 Km. del lugar en el que se desem peñan.
Que el MINISTERIO DE CULTURA Y EDU
CACIÓN, solicita se incluya en dicho régi men de compensación al señor Director Nacional de Relaciones Interjurisdicciona les, don Pablo Ramón SILVA, quien acreditó su domicilio en la Ciudad de SANTA ROSA, Provincia de LA PAMPA.
Que si bien la situación de revista de dicho agente no es la prevista por las normas citadas, es indudable que sus servicios han sido requeridos por razones de índole polí tica.
Que la autoridad máxima del PODER EJE
CUTIVO NACIONAL, en su carácter de Jefe de la Administración, está facultado para resolver casos particulares como el presen te, ya que lo contrario implicaría una traba irrazonable al ejercicio de sus funciones.

Que el MINISTERIO DE CULTURA Y EDU
CACIÓN, solicita se incluya en dicho régi men de compensación a la Directora Nacio nal de Evaluación dependiente de la SUB
SECRETARÍA DE EVALUACIÓN DE LA
CALIDAD EDUCATIVA, doña Lucrecia TULIC, quien acreditó su domicilio en la Ciudad de PARANÁ, Provincia de ENTRE
RÍOS.

Que, en consecuencia, procede hacer lugar a lo solicitado, con carácter de excepción, y en tanto el funcionario citado mantenga su residencia fuera del radio establecido en las normas mencionadas precedentemente.

Que si bien la situación de revista de dicha agente no es la prevista por las normas citadas, es indudable que sus servicios han sido requeridos por razones de índole polí tica.

Por ello,
Que la autoridad máxima del PODER EJE
CUTIVO NACIONAL, en su carácter de Jefe de la Administración, está facultado para resolver casos particulares como el presen te, ya que lo contrario implicaría una traba irrazonable al ejercicio de sus funciones.
Que, en consecuencia, procede hacer lugar a lo solicitado, con carácter de excepción, y en tanto la funcionaría citada mantenga su residencia fuera del radio establecido en las normas mencionadas precedentemente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 86, inciso Ia de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo l 9 Considérase incluida en las previsiones del Decreto Na 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y normas concordantes, con carácter de excepción y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia supe rior a los CIEN KILÓMETROS 100 KM de la Capital F ederal, a la señora Directora Nacional de Evaluación, doña Lucrecia TULIC D. N. I. N9
13.668.553, Nivel A Grado 0, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN DE LA
CALIDAD EDUCATIVA del MINISTERIO DE
CULTURA Y EDUCACIÓN.
Art. 2- El gasto que demande el cumpli miento del presente será imputado a las parti das presupuestarias específicas de la Jurisdic ción del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCA
CIÓN.
Art. 3 9 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí vese. MENEM. Jorge A. Rodríguez.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Martes 20 de julio de 1993 4

MINISTERIO DE CULTURA Y
EDUCACIÓN
Decreto 1 4 9 7 / 9 3
Incluyese a una funcionaría en las previsio nes del Decreto N9 1840/86.
Bs. As., 1 4 / 7 / 9 3
VISTO el Decreto N9 1343 del 30 de abril de 1974
y s u s modificatorios, y
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 86, inciso Ia de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo l 9 Considérase incluido en las previsiones del Decreto N9 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y normas concordantes, con carácter de excepción y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia supe rior a los CIEN KILÓMETROS 100 KM de la Capital F ederal, al funcionario del MINISTERIO
DE CULTURA Y EDUCACIÓN, Nivel A Grado 0
Planta no Permanente de Personal Transitorio, señor Pablo Ramón SILVA D. N. I. N 8.496.175
quien acreditó su domicilio en la Ciudad de SANTA ROSA, Provincia de LA PAMPA.
Art. 2- El gasto que demande el cumpli miento del presente será imputado a las parti das presupuestarias específicas de la Jurisdic ción del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCA
CIÓN.
Art. 3 9 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí vese. MENEM. Jorge A. Rodríguez.

MINISTERIO DE CULTURA Y
EDUCACIÓN
Decreto 1 4 9 8 / 9 3
Incluyese a una funcionaría en las previsio nes del Decreto N 1840/86.
Bs. As., 14/7/93
VISTO el Decreto N9 1343 del 30 de abril de 1974
y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que tales normas prevén, entre otras medi das, un régimen especial de compensación por los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados para cumplir funciones polícas por el PODER EJECUTI
VO NACIONAL, que tengan residencia per manente en el interior del país, a una dis tancia superior a los CIEN KILÓMETROS
100 Km. del lugar en el que se desem peñan.
Que el MINISTERIO DE CULTURA Y EDU
CACIÓN, solicita se incluya en dicho régi men de compensación al señor Director General de Administración, don Osear Feli pe KRAEMER, quien acreditó su domicilio en la Ciudad de SANTA ROSA, Provincia de LA PAMPA.

CONSIDERANDO:
Que tales normas prevén, entre otras medi das, un régimen especial de compensación por los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados para cumplir
Que si bien la situación de revista de dicho agente no es la prevista por las normas citadas, es indudable que sus servicios han sido requeridos por razones de índole polí tica.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/07/1993 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/07/1993

Conteggio pagine20

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/07/2024

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