Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 9/5/2023

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

a Las siguientes infracciones leves serán sancionadas con multa de 85, 150
o 300 euros cuando la cuantía de la subvención concedida sea menor de 10.000, hasta 30.000 o mayor de 30.000 euros respectivamente:
1. La presentación fuera de plazo de las cuentas justificativas de la aplicación dada a los fondos percibidos.
2. La presentación de cuentas justificativas inexactas o incompletas.
3. El incumplimiento de las obligaciones formales que, no estando previstas de forma expresa en el artículo 56 de la LGS, sean asumidas como consecuencia de la concesión de la subvención, en los términos establecidos reglamentariamente.
4. El incumplimiento de las obligaciones de conservación de justificantes o documentos equivalentes.

1. La inexactitud u omisión de una o varias operaciones en la contabilidad y registros legalmente exigidos.
2. El incumplimiento de la obligación de llevar o conservar la contabilidad, los registros legalmente establecidos, los archivos informáticos que les sirvan de soporte y los sistemas de codificación utilizados.
3. El incumplimiento por parte de las entidades colaboradoras de las obligaciones establecidas en el artículo 15 de la LGS, que no se prevean de forma expresa en el resto del contenido de este artículo
CVE: BOP-SE-2023-104001

c Las siguientes infracciones leves serás sancionadas con multa de 1.000
euros:

Nº 104 - martes 09 de mayo de 2023

b Las siguientes infracciones leves serás sancionadas con multa de 150, 500
o 1.500 euros cuando la cuantía de la subvención concedida sea menor de 10.000, hasta 30.000 o mayor de 30.000 euros respectivamente:

1. La llevanza de contabilidades diversas que, referidas a una misma actividad y ejercicio económico, no permitan conocer la verdadera situación de la entidad.
2. La utilización de cuentas con significado distinto del que le corresponde, según su naturaleza, que dificulte la comprobación de la realidad de la actividades subvencionadas.
3. No aportar o no facilitar el examen de documentos, informes, antecedentes, libros, registros, ficheros, justificantes, asientos de contabilidad, programas y archivos informáticos, sistemas operativos y de control y cualquier otro dato objeto de comprobación.
4. No atender algún requerimiento o la incomparecencia en el lugar y plazo señalado en un procedimiento de control financiero, salvo causa justificada.
5. Negar o impedir indebidamente la entrada o permanencia en locales de negocio y demás establecimientos o lugares en que existan indicios probatorios para la correcta justificación de los fondos recibidos por la persona beneficiaria o entidad colaboradora o de la realidad y regularidad de la actividad
Código Seguro De Verificación Firmado Por Observaciones Url De Verificación
Página 25 de 27

2. La graduación de las sanciones por infracciones leves se rigen por lo dispuesto en los artículos 60 y 61 de la LGS, salvo lo dispuesto en las letras siguientes:

Página 34 de un total de 623

dispuesto en los artículos 60, 62 y 63 de la LGS.

hs3YmYLzfQQlLTOgQHSvrg==
Fernando Fernandez Figueroa Guerrero
Estado
Fecha y hora
Firmado
05/05/2023 15:14:10

Página
25/27

https portal.dipusevilla.es/vfirma/code/hs3YmYLzfQQlLTOgQHSvrg==

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 9/5/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaeseSpagna

Data09/05/2023

Conteggio pagine623

Numero di edizioni7391

Prima edizione02/11/1999

Ultima edizione05/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni