Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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vía terrestre y en su efecto realizará en las vías de acceso un test de antígeno quedando el costo de dicha prueba a su cargo;
Que asimismo corresponde instruir al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, Ministerio de Seguridad y Ministerio de Gobierno a dictar las normas complementarias, operativas y protocolos de actuación para hacer efectiva su implementación los cuales deberán estar aprobados previamente por la autoridad sanitaria provincial;
Por ello, y habiendo tomado intervención de competencia la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación mediante Dictamen SLyT-GOB-N 241/21, obrante a fojas 6
y lo establecido en el artículo 119 inciso 18 de la Constitución de la Provincia de Santa Cruz;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- DISPÓNESE en el ámbito del territorio de la Provincia la implementación del Sistema de Prevención y Asistencia destinado a mitigar y contener la circulación del virus SARS CoV-2 como asimismo las nuevas variantes que fueron detectadas .Artículo 2.- ESTABLÉCESE que toda persona que ingrese a la Provincia de Santa Cruz deberá contar con un certificado de test de hisopado negativo a su ingreso; y en caso que el ingresante no lo posea se realizará el test rápido antígeno en los accesos donde se encuentre el viajero quedando el costo de dicha prueba a su cargo.Artículo 3.- ESTABLÉCESE que en los aeropuertos de la ciudad de El Calafate y Río Gallegos se implementara un dispositivo con capacidad para realizar el hisopado con test rápido antígeno a las personas que ingresen a la provincia y no hayan realizado el mismo en la localidad de donde provienen en un plazo de 48 hs previo a su ingreso.
El pasajero deberá esperar el resultado previo a poder continuar hacia la localidad de destino, quedando el costo de la prueba a su exclusivo cargo.Artículo 4.- ESTABLÉCESE que en los lugares de acceso a la Provincia se implementará un dispositivo con capacidad para realizar el hisopado con test rápido antígeno a aquellas personas que ingresen al territorio y no hayan realizado el mismo en un plazo de 72 hs previo a su ingreso. La persona testeada deberá esperar el resultado, previo a poder continuar hacia la localidad de destino, quedando el costo de servicio a su exclusivo cargo.Artículo 5.- DÉJASE ESTABLECIDO que las personas no residentes que ingrese al territorio provincial deberán acreditar cobertura vigente de seguro de asistencia al viajero con cobertura de COVID-19.Artículo 6.- DISPONESE que los trabajadores que efectúen tareas y servicios esenciales y que por la dinámica de su actividad se movilice con frecuencia hacia la jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz deberán acreditar el estricto cumplimiento de los protocolos bio-sanitarios pertinentes aprobados por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia de Santa Cruz, quedando exceptuados de lo dispuesto en el artículo anterior.Artículo 7.- INSTRÚYASE a la autoridad sanitaria provincial a coordinar las acciones para determinar los parámetros a aplicar conforme los resultados de los test realizados en los supuestos de los artículos 3 y 4.Artículo 8.- INSTRÚYASE al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, Ministerio de Seguridad y Ministerio de Gobierno a dictar las normas complementarias, operativas y protocolos de actuación para hacer efectiva la implementación del presente, los cuales deberán estar aprobados previamente por la autoridad sanitaria provincial.Artículo 9.- ESTABLÉCESE que en lo referente a las personas provenientes del exterior y que tengan como destino final alguna localidad de Provincia de Santa Cruz deberán cumplimentar las exigencias y condiciones establecidas en la decisión Administrativa N 268/2021 APNJGM dictada por Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación en fecha 25 de marzo del corriente año, debiendo adoptarse los recaudos sanitarios pertinentes de aislamiento conforme las recomendaciones sanitarias nacional.Artículo 10.- ENCOMENDAR al Ministerio de Salud y Ambiente, Ministerio de Producción Comercio e Industria, Ministerio de Seguridad y Ministerio de Gobierno a articular en forma coordinada con los Centros Operativos de Emergencia Municipales y/o Locales de la Provincia la aplicación del presente, implementado los operativos de control pertinentes de las medidas aquí adoptadas.Artículo N 11.- ESTABLÉCESE que el presente De-

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B.O. Nº 5580 DE 8 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 29 de Julio de 2021.creto entrara en vigencia a partir del día 1 de Abril de 2021.Artículo 12.- DEROGASE toda otra norma o disposición que se oponga el presente decreto.Artículo 13.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción , Comercio e Industria y por los señores Ministros Secretarios en los departamentos de Salud y Ambiente, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Seguridad y de Gobierno .Artículo 14.- PASE a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien remita copia del presente ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento, Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Leonardo Darío Álvarez Dr. Claudio José García - Sr. Leandro Eduardo Zuliani Dr. Lisandro Gabriel De La Torre Sra. Silvina Del Valle Córdoba ________

DECRETOS
SINTETIZADOS
DECRETO N 0319
RÍO GALLEGOS, 26 de Marzo de 2021.Expediente MSA-Nº 979.889/21.AUTORÍZASE al Ministro de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente, se suscriba Contrato de Locación de Servicios con el señor Diego Pablo GONZALEZ
Clase 1976 D.N.I N 25.627.585, para cumplir funciones como Médico Especialista en Cirugía General en el Hospital Distrital de Perito Moreno dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en la Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente - SAF:
152 Hospital de Perito Moreno, a partir de la firma del Instrumento Legal y hasta el día 31 de diciembre del año 2021, en base a una 1 Categoría: 22 Agrupamiento:
A Grado: IV - Régimen Horario: 44 Horas Semanales, bajo los términos de la Ley Nº 1795 CARRERA
PROFESIONAL SANITARIA y sus modificatorias, de conformidad con las normas del Decreto Nº 2996/03 Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial.FACÚLTASE al Ministro de Salud y Ambiente, para aprobar y adecuar la contratación, a través de Resolución Ministerial, conforme a la efectiva fecha de prestación de servicios, como asimismo incluir la imputación que demandará la atención del mismo, tomando la debida intervención las áreas competentes.________
DECRETO N 0320
RÍO GALLEGOS, 26 de Marzo de 2021
Expediente MTEySS-N 524.952/20.DESÍGNASE a partir del día 1º de diciembre del año 2020, en el cargo de Director General de Asuntos Jurídicos dependiente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social SAF: 16, señor Daniel Esteban GORDILLO Clase 1976 D.N.I. Nº 17.995.892, conforme a los términos establecidos en el Artículo Nº 5 de la Ley Nº 1831.DÉJASE ESTABLECIDO que la designación efectuada en el Artículo anterior, gozará de estabilidad en el empleo, limitándose al tiempo de efectiva prestación de servicios en el cargo conferido, no dando lugar a derecho alguno al nombrado una vez que cesen las funciones que se le asignan.________
DECRETO N 0323
RÍO GALLEGOS, 29 de Marzo de 2021.Expediente MG-Nº 509.732/21.ELIMÍNASE, a partir del día 1º de abril del año 2021, en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Gobierno SAF:
410, una 1 Categoría 10 Agrupamiento: Administrativo
BOLETIN OFICIAL
y CRÉASE en la Delegación Caleta Olivia dependiente de la JURISDICCIÓN: Consejo Agrario Provincial SAF:
520, una 1 Categoría: 10, de igual Agrupamiento Presupuestario, de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.TRANSFIÉRASE, a partir del día 1º de abril del año 2021, al señor Jhon Erik SOTO Clase 1996 D.N.I
Nº 39.441.897, Planta Permanente Categoría: 10
Agrupamiento: Administrativo, proveniente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Gobierno SAF: 410, a la Delegación Caleta Olivia dependiente de la JURISDICCIÓN:
Consejo Agrario Provincial - SAF: 520.________
DECRETO N 0324
RÍO GALLEGOS, 29 de Marzo de 2021.Expediente MSD-N 203.285/21.DESÍGNESE a partir del día 1 de marzo del año 2021, en el cargo de Director de Desarrollo y Proyección Deportiva dependiente de la Dirección Provincial de Deporte Federado y Alto Rendimiento de la Secretaría de Estado de Deportes y Recreación de la JURIDICION:
Ministerio de Desarrollo Social SAF: 15 al Licenciado Eduardo José HUAIQUIL OYARZO Clase 1993- DNI
N 37.664.662, en los términos del Artículo 5 de la Ley N1831.DÉJASE ESTABLECIDO que el agente mencionado en el Artículo anterior no gozara de estabilidad en el empleo, limitándose al tiempo de efectiva prestación de servicios en el cargo conferido, no dando lugar a derecho alguno al nombrado una vez que cesen las funciones que se asignan .________
DECRETO N 0325
RÍO GALLEGOS, 29 de Marzo de 2021.Expediente JGM-Nº 903.918/20.AUTORÍZASE la adscripción a partir del día 1º de enero y hasta el día 31 de diciembre del año 2021, a la Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa dependiente de la JURISDICCIÓN: Jefatura de Gabinete de Ministros SAF: 13, del señor Sergio Damián CUSENZA Clase 1978 DNI Nº 26.122.799, quien revista como agente de Planta Permanente en la Municipalidad de Puerto Santa Cruz.DÉJASE ESTABLECIDO que el agente mencionado precedentemente, percibirá viáticos que deberán liquidarse a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros al momento de realizar una comisión de servicios encomendada por la Superioridad.________

RESOLUCIONES
SINTETIZADAS
I.D.U.V.
RESOLUCIÓN Nº 0838
RÍO GALLEGOS, 20 de Mayo de 2021.Expediente IDUV Nº 020.577/228/2019.TOMAR CONOCIMIENTO de la Escritura N 485
de fecha 27 de diciembre de 2018, pasada ante Escribana María Alejandra PARRA, Titular del Registro Notarial N 47 de la localidad de Las Heras, mediante la cual, la señora Ofelia INCHAUSTI DNI N F4.436.115 cede, renuncia y transfiere, a título gratuito y sin a cargo a favor de su hija la señora Yanina Vanesa PLAZA DNI N
33.938.412, todos los derechos hereditarios que tiene y le pertenecen sobre el inmueble identificado como Casa N 324 de la Obra: PLAN 255 VIVIENDAS FO.NA.
VI. EN LAS HERAS, la que forma parte de la presente Resolución como ANEXO I de un 1 folio.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/7/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data29/07/2021

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1774

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione06/08/2024

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