Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2019 - Año Internacional de las lenguas de los Pueblos Originarios, Trigésima Edición de la Fiesta Nacional de la Cereza y 50 Aniversario de la Fundación de la Base Antártica Vicecomodoro Marambio.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIV Nº 5407

publicacion bisemanal Martes y Jueves
decretos DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1029
RIO GALLEGOS, 31 de Octubre de 2019.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 200.017/19, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia autorizar al Ministerio de Desarrollo Social a suscribir los Contratos de Locación de Servicios con varias personas que desempeñarán funciones en el ámbito de dicho Ministerio, de acuerdo al ANEXO I que forma parte integrante del presente, dentro del Escalafón para el Personal de la Administración Pública Provincial aprobado por Ley Nº 813 y modificada por Ley Nº 1084;
Que dicho trámite se realiza en los términos del Decreto Nº 2996/03 Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial;
Que por lo tanto no existen impedimentos para concretar la presente gestión, por cuanto no supera el número de cargos asignados para el Personal Contratado y Transitorio, conforme a la Ley de Presupuesto Nº 3633
Ejercicio 2019;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAL-Nº 1273/19, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 59 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 686/19, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 66;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE al Ministerio de Desarrollo Social a suscribir los Contratos de Locación de Servicios, con varias personas que desempeñarán funciones en distintas áreas del Ministerio de Desarrollo Social, de acuerdo al ANEXO I que forma parte integrante del presente, dentro del Escalafón para el Personal de la Administración Pública Provincial aprobado por Ley Nº 813 y modificada por Ley Nº 1084.Artículo 2º.- FACÚLTASE a la Titular del Ministerio de Desarrollo Social para aprobar y adecuar la Contratación, a través de Resolución Ministerial, conforme a la prestación efectiva de los servicios, asimismo incluir la imputación que demandará la atención de la misma, tomando la debida intervención las áreas competentes.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Lic. Marcela Paola Vessvessian ________
DECRETO Nº 1033
RIO GALLEGOS, 01 de Noviembre de 2019.VISTO :
El Expediente JGM-Nº 903.565/19, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 4º del Decreto Nº 2050 de fecha 11 de octubre del año 2016, se creó el Gabinete
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5407 DE 12 PAGINAS

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado de Asesores de la Gobernación, Ministros, Secretarios, Subsecretarios, Presidencia del Consejo Provincial de Educación y Fiscalía de Estado, conforme a los preceptos establecidos en el Anexo IX del Decreto referido;
Que mediante Resolución JGM-Nº 001/17 emitida por la Jefatura de Gabinete de Ministros, se Aprobó la Reglamentación del mencionado Artículo respecto a la asignación y distribución de Unidades Retributivas que componen al Gabinete de Asesores, la cual fue ratificada por Decreto Nº 0105/17;
Que a tal efecto se propicia la designación como Auxiliar de Gabinete en el ANEXO: Jefatura de Gabinete de Ministros ÍTEM: Subsecretaría de Asuntos Institucionales, del señor Carlos Daniel TORRES ANDRADE, quien realizará tareas de asesoramiento y apoyo administrativo por el período comprendido entre el día 1º de mayo y hasta el día 31 de julio del año 2019;
Que obra agregado formulario de declaración jurada, constancias de antecedentes penales, y demás documentación personal requerida por la reglamentación vigente;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 455/19, emitido por Asesoría Letrada, obrante a fojas 84 y vuelta;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE como Auxiliar de Gabinete en el ANEXO: Jefatura de Gabinete de Ministros - ÍTEM: Subsecretaría de Asuntos Institucionales, al señor Carlos Daniel TORRES ANDRADE Clase 1984
- D.N.I Nº 18.829.831, asignándole la cantidad de 900
Unidades Retributivas mensuales, a partir del día 1º de noviembre y hasta el día 30 de noviembre del año 2019, en el marco del Artículo 4 del Decreto Nº 2050/16, Resolución Reglamentaria JGM-Nº 001/17 y su Decreto ratificatorio Nº 0105/17, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación Dirección General de Personal y Dirección Provincial de Administración a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez
Río Gallegos, 26 de Noviembre de 2019.DECRETO Nº 1034
RIO GALLEGOS, 01 de Noviembre de 2019.VISTO:
Las Leyes Nros. 3523 de Seguridad Pública y 746 de Personal Policial, los Decretos Nros. 2319/01 y 990/18
y sus modificatorios y complementarios, la Resolución Ministerial MG-N 260/19 y el Expediente MG-N
508.356/19; y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3523 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del sistema de seguridad pública de la Provincia de Santa Cruz en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad;
Que la Ley N 746 regula todo lo concerniente a los derechos del personal policial, en tanto se ajuste a las obligaciones que impone la misma, los Códigos, Leyes, Decretos, Reglamentos y otras disposiciones legales, que se refieran a la organización y servicio de la Institución y funciones de sus integrantes;
Que el Decreto N 990/18, reglamenta el Título IV
de la Ley N 3523 en cuanto a las misiones, funciones, dependencia, estructura, organización del personal, entre otras respecto del Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Cruz;
Que el Ministerio de Gobierno es competente en la Dirección Superior de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, en cuanto a la gestión administrativa general mediante la planificación estratégica, la ejecución presupuestaria, la gestión económica, contable y financiera;
Que así también, le compete la elaboración, implementación y evaluación de las políticas y las estrategias en materia penitenciaria, de reinserción social y de las directivas generales y específicas necesarias para su gestión y control;
Que el Artículo 146 de la Ley N 746 y el Artículo 306 del Anexo I del Decreto N 990/18, establecen el personal superior y subalterno a quienes el Estado no pudiere asignar vivienda en la localidad donde deba prestar servicios, gozará de una asignación mensual conforme se reglamente y cuyo monto se acondicionará a la jerarquía del causante;
Que en este sentido, por conducto de la Resolución Ministerial MG-N 260/19 se aprobó el REGLAMENTO INTERNO PARA EL OTORGAMIENTO
DEL SUPLEMENTO POR VARIABILIDAD DE
VIVIENDA AL PERSONAL DE LAS FUERZAS
POLICIALES Y DE SEGURIDAD, con el objetivo de contar con una única norma que promueva la estandarización de los procesos referidos al otorgamiento de dicho suplemento;
Que mediante el dictado de los Decretos Nros. 2319/01, 135/06, 544/08 y 125/15, se han fijado y actualizado los montos en cuanto al suplemento en cuestión, no habiéndose producido modificaciones al respecto hasta el día de la fecha;
Que en atención a las actuales condiciones económicas como consecuencia de la constante fluctuación de los precios del mercado producto de las medidas implementadas por el Gobierno Nacional, resulta necesario proceder a la actualización de los montos del suplemento Por Variabilidad de Vivienda, a partir de una nueva clasificación y régimen de movilidad conforme las diversas zonas geográficas de la Provincia, teniendo en cuenta que su última adecuación fuera realizada el día 14 de septiembre del año 2015;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 119 Inciso 19 de la

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/11/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data26/11/2019

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1769

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione18/07/2024

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