Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/3/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2019 - Año Internacional de las lenguas de los Pueblos Originarios, Trigésima Edición de la Fiesta Nacional de la Cereza y 50 Aniversario de la Fundación de la Base Antártica Vicecomodoro Marambio.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIV Nº 5335

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 21 de Marzo de 2019.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro Secretario Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
Que en conjunto con la apertura de esta cuenta, se ha procedido a bancalizar a todo el personal en relación de dependencia con la Fundación Santa Cruz Sustentable, el cual percibe sus haberes mediante las cuentas sueldos creadas en el Banco Santa Cruz;
Que en consecuencia, corresponde dictar el presente instrumento legal a fin de efectivizar el otorgamiento de un aporte no reintegrable por la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL NOVENTA
CON CUATRO CENTAVOS $ 5.200.090,04, a la Fundación para que instrumente el pago de haberes, descuentos judiciales, alimentarios comerciales, aportes y contribuciones sociales del personal comprendido en los Anexos que forman parte integrante del presente y con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión;
Que el presente acto se enmarca en las excepciones establecidas en el Artículo 4º del Decreto 1260/18;
Por ello y atento a los Dictámenes DPCTAyL-Nº 34/19, emitido por la Dirección Provincial de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 112/113 y SLyT-GOB Nº 094/19, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 124/125;

decretos del poder ejecutivo DECRETO Nº 0095
RIO GALLEGOS, 11 de Febrero de 2019.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 114.573/19; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1262/18, se homologaron los acuerdos arribados en audiencia celebrada con fecha 14 de diciembre de 2018, entre los representantes del Poder Ejecutivo Provincial, la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial A.P.A.P., Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E. y Unión Personal Civil de la Nación U.P.C.N.;
Que los mismos consistieron entre otros en incorporar al Sueldo Básico, la Suma Fija Remunerativa de Pesos Mil Quinientos $ 1500 homologado por Decreto 0032/17
en dos 2 cuotas de Pesos Setecientos Cincuenta $ 750 cada una, con los haberes de Enero y Marzo del año 2019 respectivamente Código 273 y/o su equivalente conforme el código que corresponda;
Que además, se previó el aumento a partir de los haberes de Marzo de 2019, la Asignación Mensual por Escolaridad elevándose la misma a pesos quinientos $ 500 y se equipararán los montos para los distintos niveles. Este incremento beneficia también a la Asignación Mensual por Escolaridad para Hijos con Discapacidad pasando la misma a pesos un mil $ 1000.
Aumentar la Ayuda Escolar Anual, llevándola a pesos un mil quinientos $ 1500 por cada hijo en los distintos niveles. En el caso de hijos con discapacidad que perciben la misma, pasará a pesos tres mil $ 3000, abonándose en dos 2 cuotas con los haberes de los meses febrero y marzo respectivamente;
Que en ese sentido, tales incrementos salariales deben considerarse como referenciales a fin de recomponer los haberes del personal del ex Régimen Bancario del Decreto Nº 1529/98;
Que igual criterio corresponde aplicar respecto al Personal perteneciente al Régimen Aeronáutico de la Ley Nº 3250, en lo que resulte compatible;
Que en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 119 de la Constitución Provincial, nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 137/19, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 2;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL
PODER EJECUTIVO
D E C R E TA:
Artículo 1º.- FÍJASE una recomposición salarial asimilable a la dispuesta en el Decreto Nº 1262/18, para los agentes del ex - Régimen Bancario del Decreto Nº 1529/98 y para el Personal perteneciente al Régimen Aeronáutico de la Ley Nº 3250 en lo que resulte compatible, y sujeto a las modalidades dispuestas en dicho dispositivo.Artículo 2º.- AUTORÍZASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para Instrumentar lo dispuesto en los Artículo precedentes, efectuando las adecuaciones presupuestarias que correspondan dentro de los alcances del presente.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5335 DE 18 PAGINAS

Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros y por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 4.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien realizará las comunicaciones de práctica ante quien corresponda y al Ministerio de Economía Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dr. GONZALEZ Sra. Claudia Alejandra Martínez ________
DECRETO Nº 0097
RIO GALLEGOS, 12 de Febrero de 2019.VISTO:
El Expediente MG-N 507.543/19, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de los hechos de público conocimiento que sucedieron en la localidad de Caleta Olivia y zonas aledañas, a partir de las irregularidades en la percepción de los salarios de los trabajadores que integran la Fundación Santa Cruz Sustentable, con fecha 18 de diciembre del año 2015, el titular de la ex Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia, ahora Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social señor Teodoro CAMINO, suscribió un Acta Acuerdo con los señores Daniel HERNÁNDEZ, Guadalupe FERNÁNDEZ y Jesica CONSTANCIO en representación de la Fundación referida, donde se acordó el pago de la nómina salarial al personal comprendido en el Anexo que integra el Acta Acuerdo y la reorganización inmediata del funcionamiento de la Fundación;
Que tal instrumento fue aprobado mediante Resolución Ministerial MG-Nº 004 de fecha 18 de diciembre del año 2015 y luego ratificada por Decreto Nº 127 de fecha 18
de diciembre del año 2015;
Que el Interventor de la Fundación Santa Cruz Sustentable informó que durante el mes de diciembre del año 2016 el Banco de la Provincia de Santa Cruz habilitó la cuenta Nº 10319698001 a nombre de la Fundación Santa Cruz Sustentable;

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- OTÓRGASE un Aporte no Reintegrable del Tesoro Provincial, por la suma de PESOS CINCO
MILLONES DOSCIENTOS MIL NOVENTA
CON CUATRO CENTAVOS $ 5.200.090,04, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, a la Fundación Santa Cruz Sustentable para que instrumente el pago de haberes, descuentos judiciales, alimentarios, comerciales, aportes y contribuciones sociales, del personal comprendido en los ANEXOS que forman parte integrante del presente.Artículo 2º.- AFÉCTASE el presente gasto al ANEXO: Ministerio de Gobierno - ÍTEM: Ministerio - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD:
Servicios Sociales - FUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social - SUBFUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social Sin Discriminar - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Transferencias Corrientes - PARTIDA
PRINCIPAL: Transferencias - PARTIDA PARCIAL:
Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes - PARTIDA SUBPARCIAL: Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de Lucro - Fundación Santa Cruz Sustentable, del Ejercicio Presupuestario 2019.Artículo 3º.- ABÓNASE por la Dirección General de Tesorería y Contaduría dependiente de la Dirección Provincial de Administración, Despacho y Control de Gestión del Ministerio de Gobierno, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia a la Fundación Santa Cruz Sustentable, la suma total citada en el Artículo 1º del presente, a la Cuenta Nº 1031969898001, CBU
0860010301800031969894.Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 5.- PASE al Ministerio de Gobierno quien remitirá copia ante quien corresponda, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Fernando Miguel Basanta

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/3/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data21/03/2019

Conteggio pagine18

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

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