Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 31/10/2017

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 4

RIO GALLEGOS, 31 de Octubre de 2017.-

RESOLUCION
SINTETIZADA
I.D.U.V.
RESOLUCION Nº 0845
RIO GALLEGOS, 02 de Octubre de 2017.Expediente IDUV Nº 048.097/65/2017.TOMAR CONOCIMIENTO de la ESCRITURA
Nº 275 de fecha 26 de junio de 2016 de Pico Truncado CESION DE ACCIONES Y DERECHOS: MARCELO FABIAN ALANIZ A FAVOR DE MARIA
CLAUDIA HUANQUITRIPAY, tramitado por ante el Registro Notarial Nº 34 de esa Localidad, comparecen ambas partes, donde el Primero CEDE y TRANSFIERE, a favor de la Segunda, y quien así lo acepta, todos los derechos y acciones que tiene y le corresponden, respecto del inmueble identificado como Casa Nº 12
de la Obra PLAN 36 VIVIENDAS FEDERAL I EN
PICO TRUNCADO, quedando en única obligada al pago de las cuotas generadas por el IDUV; la que forma parte integrante de la presente Resolución como ANEXO I de dos 2 folios.TITULARIZAR la unidad habitacional de dos 2
dormitorios, identificada como Casa Nº 12, correspondiente a la Obra: PLAN 36 VIVIENDAS FEDERAL
I EN PICO TRUNCADO, a favor de la señora María Claudia HUANQUITRIPAY DNI Nº 23.600.239, de nacionalidad argentina, nacida el 02 de abril de 1974, de ocupación empleada, y de estado civil soltera; por los motivos expuestos en los considerandos que anteceden.DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta de la unidad habitacional indicada en el Artículo 1º de la presente Resolución, se fijó en la suma de PESOS
CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS
$ 152.812,51.-.AUTORIZAR la suscripción oportuna de la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio con hipoteca en primer grado a favor de este Instituto.NOTIFICAR, a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución a la beneficiaria, en el domicilio sito en Casa Nº 12 del Plan 36 Viviendas Federal I de Pico Truncado.________

disposiciones S.E.M.
DISPOSICION Nº 204
RIO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2017.VISTO:
El Expediente Nº 427.214/CGL/11, cuyo titular es la empresa: YACIMIENTOS PATAGONICOS S.A., en el cual se solicita un Permiso de Cateo de minerales de Primera y Segunda categoría, denominado: PERITA y CONSIDERANDO:
Que el presente Cateo fuera otorgado por Disposición Nº 268, dictada el día 06 de Agosto del año 2015, cuyo vencimiento operó el día 24 de Septiembre del año en curso.Que con fecha 26 de Septiembre de 2017, se presenta Jorge O. Abbate, en nombre y representación de la empresa de referencia, solicitando el desistimiento del presente cateo, obrante a fs.101.POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE MINERIA
AUTORIDAD MINERA EN
PRIMERA INSTANCIA
D I S PO N E :
Artículo 1º.-: TÉNGASE por DESISTIDO el Permiso de Cateo que la empresa YACIMIENTOS PATA-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5189 DE 18 PAGINAS

GONICOS S.A., tramita por expediente Nº 427.214/
CGL/11, denominado: PERITA.Artículo 2º.-: LIBÉRESE el área involucrada en el Catastro Minero.Artículo 3º.-: NOTIFÍQUESE al interesado y a Fiscalía de Estado y cumplido se procederá a lo establecido en el artículo siguiente.Artículo 4º.-: PUBLÍQUESE por única vez en el Boletín Oficial y en pizarra por el término de cinco 5 días.Artículo 5º.-: TÓMESE como fecha definitiva de ARCHIVO de la presente, a los fines de la aplicación del Artículo Nº 118 de la Ley Nº 990 y del Artículo Nº 30
del Código de Minería, el de la última publicación, remitiéndose a la Dirección de Catastro Minero a fin de dejar constancia en el Catastro Minero de la indisponibilidad del área.Artículo 6º.-: DÉJESE constancia en pizarra para conocimiento de terceros la fecha de archivo definitivo del presente.Artículo 7º.-: REGISTRESE, protocolícese, tómese nota por Dirección Provincial de Escribanía de Minas Registro Protocolar, gírese a la Dirección General de Contralor Ambiental a sus efectos, anótese por marginal en la Disposición Nº 268/15, cumplido, ARCHIVESE.GUILLERMO BILARDO
Secretario de Estado de Minería Autoridad Minera en 1º Instancia Provincia de Santa Cruz Registrado hoy veintisiete de Septiembre del año dos mil diecisiete bajo el número doscientos cuatro y protocolizado a la fecha a los folios números trescientos dieciocho y trescientos diecinueve del presente Protocolo de Disposiciones.- CONSTE.Esc. JAQUELINA EDITH SZACHRAJ
Directora Pcial. de Escribanía de Minas Secretaría de Estado de Minería Provincia de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 205
RIO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2017.VISTO:
El Expediente Nº427.215/CGL/11,cuyo titular es la empresa: YACIMIENTOS PATAGONICOS S.A., en el cual se solicita un Permiso de Cateo de minerales de Primera y Segunda categoría, denominado: DONNA y CONSIDERANDO:
Que el presente Cateo fuera otorgado por Disposición Nº 258, dictada el día 04 de Agosto del año 2.015, cuyo vencimiento opera el día 12 de Noviembre del año 2.017.Que con fecha 26 de Septiembre de 2017, se presenta Jorge O. Abbate, en nombre y representación de la empresa de referencia, solicitando el desistimiento del presente cateo, obrante a fs.75.POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE MINERIA
AUTORIDAD MINERA EN
PRIMERA INSTANCIA
D I S PO N E :
Artículo 1º.-: TÉNGASE por DESISTIDO el Permiso de Cateo que la empresa YACIMIENTOS PATAGONICOS S.A., tramita por expediente Nº 427.215/
CGL/11, denominado: DONNA.Artículo 2º.-: LIBÉRESE el área involucrada en el Catastro Minero.Artículo 3º.-: NOTIFÍQUESE al interesado y a Fiscalía de Estado y cumplido se procederá a lo establecido en el artículo siguiente.Artículo 4º.-: PUBLÍQUESE por única vez en el Boletín Oficial y en pizarra por el término de cinco 5 días.Artículo 5º.-: TÓMESE como fecha definitiva de ARCHIVO de la presente, a los fines de la aplicación del Artículo Nº 118 de la Ley Nº 990 y del Artículo Nº 30 del Código de Minería, el de la última publicación, remitiéndose a la Dirección de Catastro Minero a fin de dejar constancia en el Catastro Minero de la indisponibilidad del área.Artículo 6º.-: DÉJESE constancia en pizarra para
BOLETIN OFICIAL
conocimiento de terceros la fecha de archivo definitivo del presente.Artículo 7º.-: REGISTRESE, protocolícese, tómese nota por Dirección Provincial de Escribanía de Minas Registro Protocolar, gírese a la Dirección General de Contralor Ambiental a sus efectos, anótese por marginal en la Disposición Nº 258/15, cumplido, ARCHIVESE.GUILLERMO BILARDO
Secretario de Estado de Minería Autoridad Minera en 1º Instancia Provincia de Santa Cruz Registrado hoy veintisiete de Septiembre del año dos mil diecisiete bajo el número doscientos cinco y protocolizado a la fecha a los folios números trescientos veinte y trescientos veintiuno del presente Protocolo de Disposiciones.- CONSTE.Esc. JAQUELINA EDITH SZACHRAJ
Directora Pcial. de Escribanía de Minas Secretaría de Estado de Minería Provincia de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 207
RIO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2.017.VISTO:
El Expediente Nº 428.421/GP/2011, caratulado: TIERRA EXPLORATION S.A., en el cual se tramita una Mina de Oro y Plata, denominada: MARTINA I, Lotes: 38-39-51, Fracción: C, Departamento Magallanes Zona de San Julián, Departamento Deseado, Provincia de Santa Cruz y;
CONSIDERANDO:
Que a fs.82 se ha dictado la Escritura Nº058 de fecha 02 de Agosto del 2015 se realizó el Registro de Manifestación de Oro y Plata denominado MARTINA I a favor de la Empresa Tierra Exploration S.A.Que a fs.88 con fecha 06 de Octubre de 2015 se notificó para que en un plazo de cien 100 días corridos presente la ubicación de la Labor Legal.
Que a fs.91 con fecha 15 de Septiembre de 2016 se notificó que esta Autoridad Minera lo intima en un plazo de treinta 30 días corridos para presentar Labor Legal, Pedido de Pertenencias, Petición formal de Mensura y designar al Perito Agrimensor, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en el Art.71del Código de Minería.Que según lo informado por la Dirección Provincial de Escribanía de Minas, al día de la fecha 09 de Febrero.2017 se han vencido ampliamente los plazos otorgados por la Autoridad Minera para que la Empresa - presente la Labor Legal, Pedido de Pertenencia y Petición Formal de Mensura y Designar Perito Agrimensor, tal como lo exige el Código de Minería en sus Artículos 68,69 y 70.Que ante este incumplimiento el Código prevé que la Autoridad declare caducos los derechos del descubridor y las Minas perdidas por el serán registradas en calidad de Vacante según lo establecido en el Artículo 71º del Código de Minería.POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE MINERIA
AUTORIDAD MINERA EN
PRIMERA INSTANCIA
D I S PO N E :
Artículo 1º.- TENGASE por CADUCO la tramitación de la Mina MARTINA I, que la empresa TIERRA EXPLORATION S.A., gestiona bajo expediente Nº 428.421/GP/2011.Artículo 2º.- INSCRIBASE en el Padrón Minero de esta Provincia como VACANTE la Mina de referencia.Artículo 3º.- ANOTESE por marginal la vacancia de la Mina: Nº428.421/GP/2011., MARTINA I, en el Registro correspondiente.Artículo 4º.- PUBLIQUESE por el término de un 1
día en el Boletín Oficial y por cinco 5 días corridos en pizarra la presente Disposición.Artículo 5º.- REGISTRESE, Protocolícese, tómese nota por Dirección Provincial de Escribanía de Minas, gírese a la Direccion Pcial. de Minería y Gestión Ambiental, Dirección de Catastro Minero a sus efectos, notifíquese

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 31/10/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data31/10/2017

Conteggio pagine18

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Octubre 2017>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031