Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 9/5/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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aPara los RETIROS VOLUNTARIOS, siempre y cuando cumplan las determinaciones exigidas en la Ley especial y en su correspondiente reglamentación, se canalizarán mediante Expediente elevado por la JEFATURA de la POLICÍA DE
LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ a la SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD
por intermedio de la DIRECCIÓN GENERAL
DE COORDINACIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y DESPACHO quien realizará un contralor de forma. Cumplimentado ese aspecto se proseguirá con el procedimiento administrativo.
bEn el caso de los RETIROS OBLIGATORIOS, siempre y cuando cumplan las determinaciones exigidas en la Ley especial y en su correspondiente reglamentación, se iniciarán por Resolución del MINISTRO DE GOBIERNO de acuerdo a los siguientes casos:
I. A solicitud de la JEFATURA de la POLICÍA
DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ exhibiendo razones circunstanciadas que ameriten la solicitud del inicio de Retiro Obligatorio.
II.Por determinación del MINISTERIO DE
GOBIERNO amparándose en el marco del diseño institucional de las políticas de recursos humanos para la Institución Policial.
Artículo 24 - PASES, TRASLADOS y PERMUTAS -: Los pases, traslados y permutas del personal policial se regirán bajo lo dispuesto por el REGIMEN DE
CAMBIOS DE DESTINO RCD. El mismo determinará los procedimientos internos para su concreción.
Artículo 25º - LICENCIAS -: El RÉGIMEN DE
LICENCIAS PARA EL PERSONAL POLICIAL
RELIPP determinará los procedimientos administrativos particulares para el otorgamiento de Licencias al personal policial.
CAPÍTULO V - De la intervención de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGALES de la Jefatura de Policía Artículo 26: Conforme lo determina el artículo 70 de la Ley Nº 3523, corresponderá a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGALES el asesoramiento jurídico de la JEFATURA DE POLICÍA
y de la PLANA MAYOR POLICÍAL, entre otras.
Sobre este aspecto, sin perjuicio de la reglamentación propia a sus misiones y funciones, la mentada Dirección deberá tomar intervención - emitiendo dictamen jurídico - frente a todo acto administrativo que disponga el JEFE de la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Así también, en caso de ser requerido expresamente, los SUPERINTENDENTES - en asuntos de su competencia - podrán requerir a la mentada Dirección la emisión de un dictamen jurídico en forma de colaboración.
CAPÍTULO VI - De los actos administrativos de la Jefatura de Policía Artículo 27: Los actos administrativos deberán reunir los recaudos establecidos en el Artículo 7 de la Ley Nº 1260.
CAPÍTULO VII DE LAS DIRECTIVAS IMPARTIDAS POR LAS SUPERINTENDENCIAS
Artículo 28º: Las directivas resueltas por cada una de las SUPERINTENDENCIAS se realizarán conforme las siguientes formalidades:
aORDENES TELEFÓNICAS O.T: son las indicaciones telefónicas de urgencia emanadas por el Superintendente hacia las unidades subordinadas donde se le comunica una directiva de cumplimiento obligatorio.
La DIVISIÓN DESPACHO de cada Superintendencia será la encargada de realizar las trasmisiones de forma. Posteriormente se volcará en formato papel a los efectos de ser enviado formalmente y se recibirán el acuse de recibo correspondiente. La mentada división organizará el registro de las comunicaciones realizadas bajo el ordenamiento de un número o código de denominación interna.
bORDENES DE SERVICIO O.S: estará estrictamente relacionada con los servicios a prestar por las diferentes Superintendencias en orden a sus competencias. Mediante esta modalidad se dispondrán la organización de las acciones directas para el cumplimiento de un servicio parti-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5139 DE 14 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 09 de Mayo de 2017.cular considerando la utilización de los recursos humanos y materiales asignados a dicha unidad de conducción superior o que tenga incidencia sobre otra, siempre y cuando no excedan las facultades propias. Estas órdenes podrán ser permanentes o temporales.
La DISIÓN DESPACHO de cada Superintendencia será la encargada de llevar el registro de las órdenes emitidas bajo el ordenamiento de un número o código de denominación interna.
cMEMORANDOS: será un escrito breve, donde se comunicarán acciones administrativas entre unidades subordinadas o pares de cada una de las Superintendencias indicando, instruyendo, recomendando, etc., alguna acción particular en virtud al desarrollo del funcionamiento propio de cada área. Los mismos deberán ser registradas y ordenada bajo un número de denominación interna.
dNOTAS: será un escrito elevado a una autoridad superior o de igual rango, donde se expongan pormenorizadamente los motivos de su formulación, llevando adelante una propuesta, requerimiento, opinión, recomendación, adjuntado documentación, dando respuesta a una solicitud efectuada, etc., en el orden de un procedimiento administrativo.
eEn orden a sus competencias, las directivas enumeradas se harán extensibles a las Direcciones Generales, Jefaturas de Departamento y Jefatura de División.
CAPÍTULO VIII DE LA METODOLOGÍA
DE COMUNICACIÓN ADMINISTRATIVA
Artículo 29º: Las áreas que dependan de la Dirección General de Despacho y Relaciones Públicas deberán efectuar las comunicaciones institucionales, internas y externas bajo la emisión de SUPLEMENTOS denominados ORDEN DEL DÍA INTERNA
ODI y ORDEN DEL DÍA PÚBLICA ODP.
Artículo 30º: Mediante el SUPLEMENTO ORDEN DEL DÍA INTERNA ODI se darán a conocer todas las determinaciones adoptadas por el NIVEL SUPERIOR POLICIAL como así también, las directivas tomadas por los organismos de CONDUCCIÓN SUPERIOR, hacia todas las unidades policiales dependientes. La información contenida en ese suplemento sólo será de conocimiento de Oficiales Superiores, Oficiales en Jefe y funcionarios habilitados del MINISTERIO DE GOBIERNO.
Artículo 31º: Mediante el SUPLEMENTO ORDEN DEL DÍA PÚBLICA ODP se darán a conocer públicamente aquellas acciones y/o determinaciones adoptadas por el NIVEL SUPERIOR POLICIAL, como así también, las directivas tomadas por los organismos de CONDUCCIÓN SUPERIOR, que a criterio de la Institución Policial revistan de importancia para ser comunicadas a la comunidad en general.
Artículo 32º: Cada uno de los suplementos indicados anteriormente deberán ser registrados bajo un número de denominación interna, por separado, los cuales deberán guardan continuidad con el correr de los años.


decretos sintetizados DECRETO Nº 0212
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.Expediente CAP-Nº 484.346/86.SUSCRIBASE título de propiedad a favor del señor Rolando del Valle GUZMÁN Clase 1962 - D.N.I. Nº 16.118.121, sobre la superficie de cuatrocientos cuarenta y dos metros cuadrados 442,00m2, ubicada en el lote e, de la Manzana Nº 16, del Pueblo Lago Posadas, de la Provincia de Santa Cruz.________
DECRETO Nº 0213
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.Expediente CAP-Nº 493.032/97.SUSCRÍBASE título de propiedad a favor del señor Lucas Gabriel FAVA Clase 1974 - D.N.I. Nº
BOLETIN OFICIAL
23.834.638, sobre la superficie de TRESCIENTOS
VEINTIDOS CON CUARENTA METROS CUADRADOS 322,40 m2, situada en la Parcela Nº 8, Manzana Nº 9, Circunscripción III, de la localidad de El Chaltén, de la Provincia de Santa Cruz._________
DECRETO Nº 0216
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.Expediente MSA-Nº 968.292/17.ENCARGASE a partir del día 14 de marzo del año 2017, la atención del Despacho de la Dirección Médica Asociada del Hospital Regional Río Gallegos dependiente de la Subsecretaría de Servicios de Salud del Ministerio de Salud y Ambiente, al agente de Planta Contratada Categoría 23 Agrupamiento A
Grado: V Régimen Horario: 35 Horas Semanales, señor Javier Oscar LERENA Clase 1975 D.N.I. Nº 24.861.243, conforme a los términos establecidos por el Artículo 62 de la Ley Nº 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA y sus modificatorias._________
DECRETO Nº 0217
RIO GALLEGOS, 20 de Marzo de 2017.Expediente MEFI-Nº 406.295/17.DESIGNASE a partir del día 1º de enero del año 2017, en el cargo de Sumariante Nivel Dirección General dependiente de la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a la señora Estela Mary GIMENEZ
D.N.I. Nº 14.979.658, agente de Planta Permanente - Categoría 23, en el marco del Artículo 5 de la Ley Nº 1831.DÉJASE ESTABLECIDO que la agente antes mencionada retendrá su situación de revista escalafonaria como agente de Planta Permanente - Categoría 23 Agrupamiento: Profesional, ANEXO: Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura._________
DECRETO Nº 0218
RIO GALLEGOS, 20 de Marzo de 2017.Expediente CAP-Nº 482.511/90 III Cuerpos.SUSCRIBASE título de propiedad a favor del señor Pablo Rafael COTTESCU Clase 1957 - D.N.I.
Nº 13.144.389, sobre la superficie de QUINCE
MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON
NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS
15.739,95m2, ubicada en la Parcela Nº 6, Manzana Nº 7, Circunscripción I de la localidad de El Chaltén, de la Provincia de Santa Cruz._________
DECRETO Nº 0219
RIO GALLEGOS, 20 de Marzo de 2017.Expediente CAP-Nº 484.774/07.SUSCRIBASE título de propiedad a favor del señor Rodrigo CAMPILLO FERNANDEZ Clase 1976 - D.N.I. Nº 25.350.495, sobre la superficie de QUINIENTOS VEINTISÉIS CON CUARENTA
Y TRES METROS CUADRADOS 526,43m2, ubicada en la Parcela Nº 21, Manzana Nº 7a, Circunscripción II de la localidad de El Chaltén, de la Provincia de Santa Cruz.________
DECRETO Nº 0220
RIO GALLEGOS, 20 de Marzo de 2017.Expediente CAP-Nº 494.753/99.SUSCRÍBASE título de propiedad a favor de la señora Mariana RINGIUS NOLTING D.N.I. Nº 22.156.075, sobre la superficie de TRESCIENTOS
TREINTA Y SIETE CON DIECISÉIS METROS
CUADRADOS 337,16 m2, situada en la Parcela Nº 3, Manzana Nº 21, Circunscripción III, de la localidad de El Chaltén de la Provincia de Santa Cruz.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 9/5/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data09/05/2017

Conteggio pagine14

Numero di edizioni1766

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione08/07/2024

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