Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/5/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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decretos sintetizados DECRETO Nº 0204
RIO GALLEGOS, 16 de Marzo de 2017.Expediente MS-Nº 965.319/16 III Cuerpos.RECTIFICASE, el Artículo 2º del Decreto Nº 2313
de fecha 12 de diciembre de del año 2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º: APRUÉBASE el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública, tendiente a la CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ELABORACIÓN Y PROVISIÓN DE COMIDAS, con destino a los pacientes internados en el Hospital Regional Río Gallegos, Centro de Salud Mental y Hogar de Ancianos Falucho, autorizada mediante Decreto Nº 2313/16.________
DECRETO Nº 0206
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.Expediente MSA-Nº 968.291/17.AUTORIZASE al Ministerio de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Subsecretaría de Servicios de Salud, se suscriba Contrato de Locación de Servicios con el señor Javier Oscar LERENA Clase 1975 D.N.I. Nº 24.861.243, para cumplir funciones como Médico Cirujano en el Hospital Regional Río Gallegos, a partir del día 14 de marzo y hasta el día 31
de diciembre del año 2017, bajo los términos de la Ley Nº 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA
y sus modificatorias, en base a una 1 Categoría 23
Agrupamiento: A Grado: V Régimen Horario: 35
Horas Semanales y de conformidad con las normas del Decreto Nº 2996/03, Reglamentario del Régimen Personal para la Administración Pública Provincial.FACULTASE, al Ministerio de Salud y Ambiente para aprobar y adecuar la contratación, a través de Resolución Ministerial, conforme a la efectiva fecha de prestación de servicios, como asimismo incluir la imputación que demandará la atención del mismo, tomando la debida intervención las áreas competentes.________
DECRETO Nº 0207
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.Expediente CAP-Nº 485.110/07.SUSCRIBASE título de propiedad a favor de la señora Fernanda Flabia MACHIÑENA D.N.I. Nº 18.482.655, sobre la superficie de CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO CON SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS 468,75 m2, ubicada en la Parcela Nº 19, Manzana Nº 3, Circunscripción IV
de la localidad de El Chaltén de nuestra Provincia con destino a vivienda familiar.________
DECRETO Nº 0208
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.Expediente CAP-Nº 484.696/07.SUSCRIBASE título de propiedad a favor del señor Ernesto Diego RIOS Clase 1977 - D.N.I. Nº 25.745.800, sobre la superficie de CUATROCIENTOS DOS CON CINCUENTA Y NUEVE METROS
CUADRADOS 402,59 m2 situada en la Parcela Nº 6
- Manzana Nº 3, Circunscripción IV de la localidad de El Chaltén de la Provincia de Santa Cruz.________
DECRETO Nº 0209
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.Expediente CAP-Nº 491.669/96.SUSCRIBASE título de propiedad a favor del señor José Darío GODOY Clase 1975 - D.N.I. Nº 24.125.139, sobre la superficie de novecientos cincuenta y cuatro con veinte metros cuadrados 954,20m2,
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5138 DE 12 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 04 de Mayo de 2017.ubicada en el solar j, de la Manzana Nº 13, del Pueblo Tres Lagos, de la Provincia de Santa Cruz.


DECRETO Nº 0210
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.Expediente CAP-Nº 483.666/06.SUSCRIBASE título de propiedad a favor del señor Carlos Omar NERIS Clase 1957 - D.N.I. Nº 13.390.215, sobre la superficie de SETECIENTOS
CUARENTA Y OCHO CON TREINTA Y OCHO
METROS CUADRADOS 748,38 m2 situada en la Parcela Nº 6 - Manzana Nº 26, Circunscripción III de la localidad de El Chaltén de la Provincia de Santa Cruz con destino a vivienda familiar.________
DECRETO Nº 0211
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.Expediente MEFI-Nº 406.370/17.DESIGNASE a partir del día 1º de febrero del año 2017, en el cargo de Auditor Nivel Dirección dependiente de la Coordinación de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Jurídica del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, al señor Francisco José FALIERO Clase 1959
D.N.I. Nº 13.430.624, en el marco del Artículo 5 de la Ley Nº 1831.

resolucion A.S.I.P.
RESOLUCION Nº 041
RIO GALLEGOS, 27 de Abril de 2017.VISTO:
El Expte. Nº 911.180/17, la Ley N 3509, Resolución General ASIP N 003/2017; y CONSIDERANDO:
Que, mediante el Libro II de la Ley Nacional N
27.260 el Congreso Nacional procedió a instaurar un sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior. Dicho régimen establece que los sujetos que efectúen la declaración de manera voluntaria y excepcional de capitales, conforme sus disposiciones gozaran, entre otros beneficios, de la liberación de pago de impuestos nacionales, como Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado, Bienes Personales, Impuestos Internos, entre otros.
Que, a través del Artículo 49 de dicho cuerpo normativo se invita a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir al régimen de declaración voluntaria y excepcional, adoptando medidas tendientes a liberar los impuestos y tasas locales que los declarantes hayan omitido ingresar en sus respectivas jurisdicciones dicha medida libera a los sujetos que adhieran al régimen y por el monto regularizado de toda acción civil, comercial, administrativa y penal tributaria que pudiera corresponder.
Que, en línea con lo anterior, la Provincia de Santa Cruz adhirió al régimen mencionado, con la sanción de la Ley N 3509 por la cual se exime del pago al Impuesto sobre los Ingresos Brutos exclusivamente, liberándose la aplicación de multas y demás sanciones, firmes o no, impuestas o que correspondan de acuerdo al Código Fiscal, en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz, motivadas en irregularidades que se subsanen en el marco del Libro II de la referida Ley, en tanto no hayan sido pagadas a la fecha de entrada en vigencia de la misma.
Asimismo, se exceptúa de los regímenes de retención y/o percepción en el ámbito de la provincia de Santa Cruz a los depósitos en entidades bancarias de tenencias de moneda nacional o extranjera, conforme lo establecido por el Artículo 44 de la Ley N 27.260.
Que, sin perjuicio de la adhesión al Régimen de Sinceramiento Fiscal, la Ley N 3509 crea un Impuesto Especial Fijo, que será destinado en su totalidad a la
BOLETIN OFICIAL
Caja de Previsión Social de la Provincia a efectos de fortalecer el Fondo Especial para Financiamiento de la Efectiva Intransferibilidad de la misma.
Que, en virtud del Artículo 9 de la Ley N 3509 se faculta al Poder Ejecutivo Provincial para que, por intermedio de la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, reglamente en lo que corresponda a sus competencias, lo allí dispuesto.
Que, mediante Resolución General ASIP N 003/2017, se reglamentó las formalidades para el acogimiento a lo dispuesto por la Ley N 3509, fijándose como plazo máximo para adherir a los beneficios otorgados el 30 de abril de 2017.
Que, se considera conveniente prorrogar el plazo por única vez, establecido en el Artículo 9 de la Resolución citada, hasta el 22 de mayo de 2017.
Que, la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Código Fiscal, Ley N 3470 y el Decreto N 2240/16.
POR ELLO:
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA SANTACRUCEÑA
DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1.- PRORROGAR el plazo máximo para adherir a los beneficios otorgados por la Ley N
3509 al 22 de mayo de 2017.
ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese a quien corresponda, dése al Boletín Oficial y cumplido, archívese.
LEANDRO E. ZULIANI
Director Ejecutivo Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos _________

resoluciones sintetizadas i.d.u.v.
RESOLUCION Nº 0193
RIO GALLEGOS, 07 de Abril de 2017.Expediente IDUV N 052.232/01/2017.ADJUDICAR EN VENTA cuarenta y tres 43
unidades habitacionales de dos 2 dormitorios, correspondientes a la Obra: PLAN 100 VIVIENDAS
PARA TRABAJADORES PETROLEROS EN LAS
HERAS, a favor de las personas cuyos datos personales se consignan en la planilla adjunta, y que forma parte integrante de la presente como Anexo I de tres 3
folios, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta actualizado de las unidades habitacionales mencionadas en el Artículo 1º de la presente, se fijó en la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS VEINTE CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS
$ 680.320,36.-, a los que se le adicionarán los Seguros por Riesgo de Fallecimiento, e Incendio, una amortización de ciento ochenta 180 cuotas o Convenio particular que se suscriba con los citados adjudicatarios, efectuando los descuentos de haberes y/o débito automático en caso de resultar ser empleados de Entes con los cuales este I.D.U.V. tenga Convenio a tal fín.SUSCRIBIR los respectivos Boletos de Compraventa entre los adjudicatarios mencionados en el Anexo 1º de la presente, de acuerdo a las normativa vigente.AUTORIZAR a suscribir las correspondientes Escrituras Traslativas de Dominio con hipotecas en primer grado a favor de este Instituto.DEJAR ESTABLECIDO que quedan pendiente de resolución de adjudicación en venta cincuenta y siete 57 unidades habitacionales, hasta tanto se recepcione la documentación correspondiente.NOTIFICAR a través de la Dirección General de Promoción Social de la Vivienda, de los términos de la presente, a los interesados.REMITIR copia, a la Municipalidad de Las Heras, para conocimiento de sus Autoridades y público en general, a la Dirección General Delegación IDUV de Zona Norte Caleta Olivia, al Sindicato Petrolero y Gas Privado Santa Cruz con asiento en la localidad.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/5/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data04/05/2017

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

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