Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/6/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

RIO GALLEGOS, 21 de Junio de 2016.-

RESOLUCION REGISTRADA BAJO EL N
059/2016.JOSE RAMON BODLOVIC
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________
RESOLUCION Nº 060
PROYECTO Nº 044/16
SANCIONADO 09/06/16
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.- DECLARAR de Interés Provincial al libro Geopolítica y Zonas Francas en la Austral Santa Cruz, del autor santacruceño Magister Pablo Daniel CANOBRA.
Artículo 2º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Consejo Provincial de Educación, que dicho libro sea tomado como material bibliográfico en las Instituciones Educativas de Nivel Secundario y Educación Superior de carácter Público y Privado;
como así también en la Universidad de la Patagonia Austral UNPA y la Facultad Regional Santa Cruz
Universidad Nacional Tecnológica UTN, la difusión de ésta obra como material de lectura para enseñar la importancia de las Zonas Francas en nuestra Provincia;
implementando políticas de formación de estudiantes, perfeccionamiento y actualización del personal docente y no docente destinados a promover una permanente concientización sobre la temática.
Artículo 3º.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 09 de Junio de 2016.RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N
060/2016.JOSE RAMON BODLOVIC
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________
RESOLUCION Nº 061
PROYECTO Nº 462/14
SANCIONADO 09/06/16
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.- ENVIAR al archivo el Proyecto de Declaración Nº 462/2014.
Artículo 2º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS; 09 de Junio de 2016.RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N
061/2016.JOSE RAMON BODLOVIC
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5046 DE 12 PAGINAS

RESOLUCION Nº 062
PROYECTO Nº 022/14
SANCIONADO 09/06/16
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.-ENVIAR al archivo el Proyecto de Declaración N 022/2015, por haberse cumplimentado el mismo mediante Resolución Nº 018/2016.
Artículo 2º.-REMITIR el ejemplar del libro Recuerdos del Presente del autor Mario dos Santos Lopes a la Biblioteca de la Honorable Cámara de Diputados 28 de Noviembre.
Artículo 3º.-COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 09 de Junio de 2016.RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N
062/2016.JOSE RAMON BODLOVIC
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________

RESOLUCION
H.D.A.P.N.
RESOLUCION N 85
BUENOS AIRES, 26 de Mayo de 2016.VISTO el Proyecto de Reglamento de Acceso, Circulación y Estacionamiento de Automotores y Personas en el Parque Nacional Perito Moreno, cuyas actuaciones han recaído en el Expediente N 1572/2013, y CONSIDERANDO:
Que en función de las características geográficas y climáticas particulares del Parque Nacional Perito Moreno, resulta necesario establecer períodos y horarios de ingreso al área protegida de mención.
Que asimismo, resulta necesario ordenar los flujos turísticos para la seguridad de las personas y para evitar impactos negativos, tanto sobre la flora como sobre la fauna del Parque Nacional, como así también a efectos de minimizar la ocurrencia de accidentes.
Que para lograr los objetivos indicados en los Considerandos anteriores, es procedente la determinación de velocidades máximas de circulación, así como la habilitación de sitios o lugares de estacionamiento, caminos y senderos para el tránsito vehicular y peatonal.
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 18, Inciso 1, de la Ley N 22.351, la ADMINISTRACION
DE PARQUES NACIONALES posee atribuciones para el establecimiento de regímenes sobre acceso, permanencia, tránsito y actividades recreativas en las áreas bajo su jurisdicción.
Que en consecuencia, se ha elaborado el proyecto de Reglamento que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.
Que han tomado debida intervención la Dirección Nacional de Interior y la Dirección de Asuntos Jurídicos, esta última mediante Dictamen N 58.991 a fs. 43/44
Vta..
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades establecidas en el Artículo 23, Inciso f, de la Ley N
22.351.
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO
DE LA ADMINISTRACION DE PARQUES
NACIONALES
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Apruébase el REGLAMENTO DE
ACCESO, CIRCULACION Y ESTACIONAMIENTO

BOLETIN OFICIAL
DE AUTOMOTORES Y PERSONAS EN EL PARQUE NACIONAL PERITO MORENO, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º.- Facúltase a la Intendencia del Parque Nacional Perito Moreno para establecer, mediante el acto dispositivo correspondiente, horarios y épocas de ingreso, circulación y egreso de vehículos y peatones al citado Parque Nacional; lugares de estacionamiento y detención de vehículos; sentidos y horarios de circulación vehicular; realizar el cierre temporario de los caminos vehiculares secundarios y de los senderos peatonales;
por razones de seguridad de los visitantes, por razones climáticas o para regular flujos turísticos dentro, del Área Protegida.
ARTICULO 3.- Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, la Dirección Nacional de Interior, la Dirección de Aprovechamiento de Recursos, la Dirección de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se tramitará la publicación de la presente por UN 1 día en el BOLETIN OFICIAL
DE LA NACION. Cumplido, gírense las actuaciones a la Intendencia del Parque Nacional Perito Moreno, a efectos de tramitar la publicación de la presente por TRES 3
días en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, y para la prosecución del trámite correspondiente.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese y archívese.
ANEXO I
REGLAMENTO DE ACCESO, CIRCULACION Y
ESTACIONAMIENTO DE
AUTOMOTORES Y PERSONAS EN EL PARQUE
NACIONAL PERITO MORENO
TITULO I - ACCESO
CAPITULO I - EPOCAS Y HORARIOS DE
ACCESO
ARTICULO 1.- El acceso de vehículos y personas al Parque Nacional Perito Moreno PNPM se realizará solamente en los horarios y épocas, y por los accesos que a tal fin establezca la Intendencia del Parque Nacional mediante el acto dispositivo correspondiente.
ARTICULO 2.- Fuera de los horarios y épocas establecidos, solamente se permitirá el acceso al PNPM a:
a Personal de aquellas instituciones oficiales que por razones de servicio o debidamente justificadas, deban ingresar al lugar;
b Aquellas personas que se encuentren acampando dentro del PNPM, siempre y cuando se encuentren registrados;
c Investigadores que posean permisos de investigación debidamente autorizados por la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, y en cumplimiento de las tareas autorizadas;
d Visitantes que se alojen en la Estancia La Oriental, que posean reserva previa;
e Las personas que vivan en forma permanente o temporaria dentro del PNPM, o que por cuestiones relacionadas a los trabajos de manejo ganadero de los permisos autorizados, deban ingresar en otros horarios.
TITULO II - CIRCULACION
CAPITULO II - LUGARES AUTORIZADOS.
VELOCIDADES MAXIMAS
ARTICULO 3.- La circulación de vehículos dentro de la jurisdicción del PNPM se realizará únicamente por las rutas y caminos habilitados.
ARTICULO 4.- La circulación de personas dentro de la jurisdicción del PNPM se realizará únicamente por los senderos habilitados y señalizados.
ARTICULO 5.- La circulación de vehículos dentro de la jurisdicción del PNPM se ajustará a los límites de velocidad que se detallan a continuación:
a 40 km/h para el tramo de la Ruta 37 comprendido entre la Portada de acceso al PNPM y el Centro Operativo Onelli;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/6/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data21/06/2016

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

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