Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 27/9/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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DEC RETOS DEL
PODER EJ EC UT IVO
DECRETO Nº 2241
RIO GALLEGOS, 29 de Agosto de 2005.VI ST O :
El Expediente MEOP-Nº 403.825/05,elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar el Convenio suscripto con fecha 2 de Mayo del año 2005, entre la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Obras Públicas, representadapor su titular don Aníbal Ernesto PERNAS y la Municipalidad de Las Heras, representada por su Intendente Doctor José Luis MARTINELLI, el que tiene por objeto la ejecución de la obra denominada: "HO GAR DE DIA 2da. ETAPA" el que como ANEXO I, forma parte integrante del presente;
Quedicha obra será ejecutadapor el citado Municipio y el seguimiento y control del cumplimiento de lo convenido estará a cargo de la Subsecretaría de Obras Públicas;
Que atal fin la mencionada Subsecretaría concurrirá con los fondos presupuestados por la suma de PESO S
DO SCIENTO S TREINTA Y SIETE MIL NO VECIENTO S SESENTA $ 237.960,00.- conforme se aprueben los correspondientes certificados a los distintos trabajos realizados;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 650/05, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 18;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE T A :
Artículo 1º.- RATIFICAR en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha2 de Mayo delaño 2005, entre la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Obras Públicas, representada por su titular don Aníbal Ernesto PERNAS y la Municipalidad de Las Heras, representada por su Intendente Doctor José Luis MARTINELLI, el que tiene por objeto la ejecución de la obra denominada: "HO GAR DE DIA 2da. ETAPA" por la suma de PESOS DOSCIENT OS T REINT A Y SIET E
MIL NOVECIENT OS SESENT A $ 237.960,00.-, el que como ANEXO I forma parte integrante del presente y en un todo de acuerdo con los considerandos.Artículo 2º.- AFECTAR el gasto que demande el cumplimiento del mismo con cargo al ANEXO:
Ministerio de Economía y Obras Públicas - PROGRAM A: 1 - SUBP ROGRAM A: 1 - P ROYECT O: 8 ACT IVIDAD/OBRA: 15 - OBJET O DEL GAST O:
5.01.01.00, del Presupuesto 2005.Artículo 3º.- ABO NAR a la Municipalidad de Las He ras la suma de PE SOS VEINT IT RE S M IL
SET ECIENT OS NOVENT A Y SEIS$ 23.796,00.-
correspondiente al diez por ciento 10% del monto total de la obra, en concepto de anticipo financiero conforme a lo estipulado en la cláusula quinta.Artículo 4º.- DEJARCO NSTANCIA, que a través de la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente de ese Organismo,se establecerá el controlpertinente del debido cumplimiento de ejecución de la obra.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas Subsecretaría de Obras Públicas, quien enviará copia del presente a la Municipalidad de Las Heras a susefectos, tomen conocimiento, Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO -Ingº. Luis Villanueva
RIO GALLEGO S S.C., 27 de Se tie mbre de 2005.DECRETO Nº 2242

RIO GALLEGOS, 29 de Agosto de 2005.VI ST O :
El Expediente MEOP-Nº 403.967/05,elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita la ratificación del Acta Acuerdo suscripto con fecha 21
de Julio del año 2005, entre la Provincia de Santa Cruz , representada por elseñor Ministro de Economía y Obras Públicas, Ingeniero Luis Alberto VILLANUEVA, por una parte y, por la otra el Banco Santa Cruz S.A., representado por los señores, don Raúl CATAPANO y Claudio Adolfo CANEPA, el cual forma parte integrante del presente como ANEXO I;
Que mediante el mismo se acuerda mantener, desde el día 1º de Enero de 2005, los importes que regían en el Convenio de Vinculación al 31 de Diciembre de 2001;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 677/05, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 8;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE T A :
Artículo 1º.- RATIFICASE en todos sus términos el Acta Acuerdo suscripto con fecha 21 de Julio del año 2005,entre la Provincia de Santa Cruz , representada por el señor Ministro de Economía y Obras Públicas, Ingeniero Luis Alberto VILLANUEVA
por unaparte y,por la otra el Banco Santa Cruz S.A., representado por los señores, don Raúl CATAPANO
y Claudio Adolfo CANEPA, el cual forma parte integrante del presente como ANEXO I.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas quien enviará copia del presente al Banco Santa Cruz S.A. a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO -Ingº. Luis Villanueva ________
DECRETO Nº 2247
RIO GALLEGOS, 30 de Agosto de 2005.VI ST O :
Los Expedientes JP -Nros. 1449 "C"/98, 1459 "C"/98, 1497 "C"/98, 4395 "R"/96 y 1497 "C"/98, elevados por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Recurso de Alzada interpuesto por el Oficial Ayudante Cristian Andrés NUÑEZ, contra la Resolución Ministerial Nº 025/05 y la Disposición Nº 204-D.1 "C"/04, emanada por el señor Jefe de Policía de la Provincia de Santa Cruz;
Que efectuado el pertinente análisis por la Asesoría Ejecutiva de la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, la misma observa que oportunamente el nombrado atacó el Instrumento Legal citado en último término a través de la presentación del Recurso Jerárquico, el cual fue resuelto por el señor Ministro de Gobierno, mediante Resolución Nº 025/05, rechazando las peticiones formuladas;
Que el solicitante realiza una nueva presentación ante el señor Gobernador, pretendiendo que se revoque la Resolución Ministerial antes mencionada y se analicen nuevamentelos argumentos que fundamentan su petitorio;
Que así las cosas, es necesario determinar en primer término la viabilidad en el marco de las normas de procedimiento administrativo vigentes de la nueva instancia intentada por el Oficial Ayudante NUÑEZ,
BO LETIN O FICIAL

t eniendo en cuent a que se t rat a de un Recurso Jerárquico aún cuando es llamado de Alzada por el presentante contra una Resolución Ministerial que resuelve un Recurso Jerárquico anterior;
Que en tal sentido es dable señalar que la doctrina entiende que una de las formas en que se manifiesta la jerarquíaadministrativa esmediante el poder jerárquico que ejercen los órganos superiores sobre el comportamiento de los inferiores o sobre sus actos, ya sea en forma preventiva instrucciones, circulares, etc. o bien en forma de revisión sobre los actos emanados a través de la vía impugnativa. Es por ello que dicho remedio se interpone ante el Superior Jerárquico;
Que resulta claro entonces, que la jerarquía presupone una relación de supremacía de los funcionarios superiores respecto a los inferiores y de subordinación de éstos a aquellos, y es precisamente éste uno de sus caracteres necesarios para la existencia de una voluntad superior que prevalezca sobre la del inferior;
Que en la misma línea de ideas se observa que la doctrina es conteste al señalar que en la legislación vigente sobre la materia, no está previsto el Recurso Jerárquico del Jerárquico - tal como se ha planteado en el present e t rám it e - expresando: "cuando los Ministros han resuelto un recurso jerárquico dentro de su competencia natural - es decir; cuando deciden las impugnacionesformuladas porun funcionario o empleado sobre un acto que se refiere al régimen interno el departamento-, la resolución que se dicta pone fin, respecto del recurrente, a la vía jerárquica, quedando cerrada la instancia administrativa." T ratado General de Procedimiento Administrativo Scola, Héctor Jorge, pág. 346;
Que asimismo el maestro Hutrchinson agrega que:
"El recurso jerárquico ante el presidente en el caso de autos, el Gobernador no procede si la decisión del Ministro o Secretario de la Presidencia que se intenta recurrir fue emitida resolviendo un recurso jerárquico "Ley Nacional de Procedimiento Administrativo Reglamentario de la Ley Nº 19549 - Comentado, anotado y concordado con las normas provinciales", T omás Hutchinson T .2 pág. 444;
Que es dable concluir entonces que la Resolución Ministerial Nº 025/05 ha completado el procedimiento recursivo interpuesto por el OficialAyudante NUÑEZ, observándose que conforme a las previsiones del Artículo 88º del Decreto Nº 181/79 Reglamentario de la Ley de Procedimiento Administrativo el Recurso de Reconsideración lleva implícito el Recurso Jerárquico o de Alzada, según el caso pero no así este último, el cual no conlleva otro remedio procesal subsidiario;
Que a mérito de los argumentos expuestos, la Asesoría Ejecutiva dependiente de la Secretaría Legal y T écnica, estima que corresponde rechazar por improcedente la presentación que nos ocupa;
Que consecuentemente y, en mérito de las constanciasprobatorias colectadas en el Sumario Administrativo instruido oportunamente por la Jefatura de Policía que diera lugar al dictado de la Disposición Nº 204-D.1 "C"/04, corresponde continuar con la tramitación propiciada oportunamente;
Que por el mencionado Instrumento se encuadra como falta de carácter Grave la conducta del Oficial Ayudante NUÑEZ, en las prescripciones del Artículo 9º, en concordancia con el Artículo 41º - Incisos 2, 3
y 6 del R.R.D.P., lo que da lugar a la medida expulsiva adoptada, conforme lo establecido en los Artículos Nros. 34º y 35º del Decreto Nº 2091/72, concordante con los Artículos Nros. 47º - Inciso d y 62º - Inciso a de la Ley Nº 746 para el Personal Policial, y en virtud de los efectos de la condena Judicial, que se le aplicara por ante la Excelentísima Cámara en lo Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 374/05, emitido por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 216 y a Nota SLyT -GOB-Nº 2733/05, emitida por Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 222;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE T A :
Artículo 1º.- RECHAZAR en todos sus términos

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 27/9/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data27/09/2005

Conteggio pagine20

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

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