Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 15/4/2005
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa
BOLETIN OFICIAL N 2627
Santa Rosa, 15 de Abril de 2005
automáticamente por períodos iguales y consecutivos en tanto alguna de las partes no manifieste intención de rescindirlo con notificación fehaciente a la otra con una antelación mínima de sesenta 60 días al vencimiento del período que estuviera vigente.No siendo para más, previa lectura y ratificación de su contenido, se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados.EXPEDIENTE N 3244/05
SANTA ROSA, 4 de Abril de 2005
Pág. n 595
DECRETO N 573/05
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa - Dr. Juan Carlos TIERNO, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:
4 de Abril de 2005.Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE 2.157.-
Por Tanto:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése el Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-
LEY N 2158: APROBACION CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD Y
AMBIENTE
DE LA NACION Y EL MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA
PROVINCIA
DE
LA
PAMPA
-PROGRAMA
MEDICOS
COMUNITARIOSLA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Apruébase el convenio celebrado entre el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación y el Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de La Pampa el día 01 de octubre de 2004, en el marco del Programa Médicos Comunitarios, ratificado por Decreto N 2444/04-, los cuales forman parte integrante de la presente Ley.Artículo 2.- El Poder Ejecutivo deberá informar a esta Cámara semestralmente la evolución de la ejecución del Proyecto.Artículo 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil cinco.Sra. Elsa Ester LABEGORRA, Vice-Presidenta 1
Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dr.
Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD Y
AMBIENTE DE LA NACION Y EL MINISTERIO
DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
LA PAMPA PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL
PROGRAMA MEDICOS COMUNITARIOS
por una parte y por la otra el Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de La Pampa, representado en este acto por el Dr. Rodolfo Gazia, con domicilio en Centro Cívico, planta baja de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en adelante PROVINCIA, se conviene en celebrar el presente Convenio para la puesta en marcha del PROGRAMA MEDICOS
COMUNITARIOS, a tenor de las siguientes cláusulas:
OBJETO GENERAL
CLAUSULA PRIMERA. El presente convenio tiene por objeto fortalecer la estrategia de atención primaria de la salud APS a través del otorgamiento de becas de perfeccionamiento en salud social y comunitaria, en el marco del Programa Médicos Comunitarios que se extenderá hasta el año 2007, el que fue creado por Resolución Ministerial N 915/2004 y según las fases y modalidades de implementación allí previstas.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
CLAUSULA SEGUNDA. Serán objetivos del presente Convenio:
a Formar recurso humano capacitado en Salud social y comunitaria.
b Brindar experiencia práctica y teórica que habilite a los becados a trabajar en medicina social y comunitaria.
c Priorizar la formación postbásica, la capacitación teórica presencial y en servicio semipresencial.
MARCO NORMATIVO APLICABLE
Entre el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, representado en este acto por el Sr. Ministro de Salud y Ambiente, Dr. Dn. Ginés GONZALEZ GARCIA, con domicilio en la Av. 9 de Julio N 1925, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante NACION,
CLAUSULA TERCERA. A los efectos de este convenio las partes acuerdan que se regirán por los lineamientos del Programa, aprobados por Resolución Ministerial Nro. 915/2004, que la PROVINCIA declara