Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 29/8/2002

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. n 810

Santa Rosa, 29 de Agosto de 2002

en todos los casos a financiar total o parcialmente inversiones en obras públicas y/o equipamiento general y/o proyectos particulares de interés comunal, tal como lo establece el artículo 8 de la Ley Provincial N
1.065, de acuerdo al siguiente detalle:
101-6 Alpachiri: $ 4.500,00 - Adquisición camioneta.211-3 Arata: $ 3.700,00 - Adquisición materiales.171-9 Colonia Barón: $ 5.000,00 - Materiales de bacheo.102-4 Gral. M. J. Campos: $ 5.000,00 - Obra cordón cuneta.172-7 Miguel Cané: $ 7.500,00 - Reparación y alteo caminos vecinales.084-4 Monte Nievas: $ 10.000,00 - Adquisición pala cargadora.184-2 Parera: $ 5.500,00 - Reparación tractor.173-5 Quemú Quemú: $ 3.800,00 - Obra planta reciclaje.
105-7 Santa Teresa: $ 5.000,00 - Construcción sala extractora de miel.016-6 Tomás Anchorena: $ 5.700,00 - Obra parque productivo Municipal.193-3 Maisonnave: $ 3.500,00 - Reparación parque automotor.Disp. N 135 -15-VIII-02- Art. 1.Acuérdanse aportes no reintegrables por la suma total de $ 15.380,00, a favor de las Comunas que se citan, por los montos que se indican, para atender el financiamiento de déficit, gastos de emergencia y otros conceptos Artículo 11 Ley 1.065, de acuerdo al siguiente detalle:
081-9 CONHELLO: $ 2.100,00
072-9 LA HUMADA: $ 5.300,00
043-0 LONQUIMAY: $ 1.180,00
213-9 TRENEL: $ 2.550,00
176-8 VILLA MIRASOL: $ 1.250,00
071-1 ALGARROBO DEL AGUILA: $ 3.000,00.

BOLETIN OFICIAL N 2490

Alvear -065-3-, destinado a cubrir gastos por la emergencia económica.Disp. N 139 -20-VIII-02- Art. 1.Acuérdase un aporte no reintegrable por la suma total de $ 10.000,00, a favor de la Municipalidad de Macachín -012-5-, destinado a refacción de la Plaza Independencia.MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL
Res. N 714 -7-VIII-02- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Bienestar Social girará a la comuna de Quehué, la suma de $ 6.000,00, destinada a solventar parcialmente el gasto que le demande la ampliación del Programa para Mejoramiento Habitacional RUCALHUE, cuya nómina de beneficiarios se adjunta en planilla que forma parte de la presente resolución.- s/Expte. N 2044/02.
Res. N 715 -7-VIII-02- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Bienestar Social girará a la comuna de Alta Italia, la suma de $ 6.000,00, destinada a solventar parcialmente el gasto que le demande la ampliación del Programa para Mejoramiento Habitacional RUCALHUE, cuya nómina de beneficiarios se adjunta en planilla que forma parte de la presente resolución.- s/Expte. N
4931/02.
Res. N 717 -7-VIII-02- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Bienestar Social girará a la comuna de Santa Teresa, la suma de $ 6.000,00, destinada a solventar parcialmente el gasto que le demande la ampliación del Programa para Mejoramiento Habitacional RUCALHUE, cuya nómina de beneficiarios se adjunta en planilla que forma parte de la presente resolución.- s/Expte. N
2045/02.
Res. N 718 -9-VIII-02- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor de la Comisión de Apoyo al Programa de Contención de Adolescentes Proyecto Vida, con sede en esta ciudad, por la suma de $ 5.000, que será destinado a solventar parcialmente gastos de infraestrutura.Res. N 720 -9-VIII-02- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Bienestar Social, transferirá a la Municipalidad de Eduardo Castex, la suma de $ 3.000, destinada a solventar parcialmente los gastos de infraestructura. Expte. N 6443/02.-

Disp. N 136 -15-VIII-02- Art. 1.- Acuérdase un aporte no reintegrable por un valor nominal de Lp 2.500,00, a favor de la Municipalidad de Carro Quemado -121-4-, el monto que se indica, para atender el financiamiento de déficit y gastos de emergencia y otros conceptos Artículo 11 Ley 1.065.Disp. N 137 -15-VIII-02- Art. 1.- Acuérdanse aportes no reintegrables por un valor nominal de Lp 6.200,00, a favor de las Comunas que se mencionan, destinados en todos los casos para atender el financiamiento de déficit y gastos de emergencia, funcionamiento y otras actividades, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 3 de la Ley 1.979, de acuerdo al siguiente detalle:
111-5 BERNASCONI: Lp 1.300,00
113-1 GENERAL SAN MARTIN: Lp 1.200,00
173-5 QUEMU QUEMU: Lp 3.700,00.

Res. N 723 -13-VIII-02- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor de la Cooperadora Centro Sanitario, con sede en esta ciudad, por la suma de $
25.340, para solventar parcialmente gastos de funcionamiento en dicha Institución. Expte. N
5224/02.-

Disp. N 138 -20-VIII-02- Art. 1.- Acuérdase un aporte no reintegrable por la suma total de $
10.000,00, a favor de la Municipalidad de Intendente
Res. N 729 -14-VIII-02- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Bienestar Social, transferirá a la Municipalidad de Metileo, la suma de $

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 29/8/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data29/08/2002

Conteggio pagine20

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2002>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031