Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/9/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Septiembre, 12 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 102

ARTÍCULO 4º.- Facúltese al Ministerio de Educación como autoridad de aplicación a dictar en conformidad con el Ministerio de Ambiente las normas complementarias y aclaratorias necesarias para dar cumplimiento a las previsiones legales establecidas, en especial las que r efieran a la modificación y/o actualización de las disposiciones del Anexo II del presente Decreto.ARTÍCULO 5.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas procederá a la creación, modificación y transferencia de partidas presupuestarias que resulten necesarias para que la Autoridad de Aplicación y el Ministerio de Ambiente puedan afrontar las erogaciones que, en el marco de sus intervenciones y competencias, deriven del cumplimiento de la ley.ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Ministra de Educación y la Ministra de Ambiente.ARTÍCULO 7º.- Regístrese y previo toma de razón por Fiscalía de Estado, Comuníquese, Publíquese sintéticamente, dese al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión, y a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Ministerio de Ambiente. Cumplido vuelva al Ministerio de Educación.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6194-MS/2022.EXPTE Nº 1415-407/2021.c/agdo. 1415-131/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del AYUDANTE DE 3RA.
ARMELLA OSVALDO CESAR, D.N.I. N 30.150.164, Credencial Nº 1.272, de acuerdo a las previsiones del artículo 47 inc. b, de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de Jujuy, según Decreto Ley N 20-G/71 modificado por Decreto N 4436-G/01.ARTICULO 2º.- Dispónese, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del AYUDANTE DE 3RA.
ARMELLA OSVALDO CESAR, D.N.I. N 30.150.164, Credencial N 1.272, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 92 inc. c, concordante con el artículo 14 inc. d de la Ley 3.759/81 y Decreto N 1.161-MS/16.ARTICULO 3.- Por Servicio Penitenciario de Jujuy notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley Nº 1.886/48.ARTICULO 4.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Servicio Penitenciario de Jujuy para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6201-G/2022.EXPTE Nº 300-846-2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 JUL. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la "ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA ESCOLAR DEL JARDÍN INDEPENDIENTE N
26 DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN", con asiento en la Ciudad de Libertador General San Martín Departamento Ledesma, y apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Ocho 38 Artículos que corre agregado de Fs. 46 a 54 de autos.ARTICULO 2º.- Regístrese, tome razón de Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6330-DH/2022.EXPTE Nº 759-108/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 AGO. 2022.VISTO:
El Convenio celebrado entre la Secretaría de Deportes y Recreación de la Provincia de Jujuy y Torneos y Competencias S.A.: y, CONSIDERANDO:
Que, el referido Convenio tiene por objeto designar a la Provincia de Jujuy como sede oficial de tres partidos de fútbol del Torneo "Copa Argentina Axion Energy Décima Edición 2020/2021, dos de ellos pertenecientes a la ronda dieciseisavos 16avos de final y uno correspondien te a octavos 8avos de final..
Que, se agrega Resolución N 000204-DH-2022 por la que se autoriza Secretaría de Deportes y Recreación a llevar adelante "Convenio celebrado con Torneos y Competencias S.A
Que, obran informes de competencia de la Dirección Provincia de Presupuesto y de Contaduría de la Provincia.
Que, se observa dictamen legal Coordinación de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado.
Por ello, en uso de facultades propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruebase el Convenio celebrado entra la Secretaría de Deportes y Recreación de la Provincia de Jujuy y Torneos y Competencias S.A. que tiene por objeto designar a la Provincia de Jujuy como sede oficial de tres partidos de fútbol del Torneo "Copa Argentina Axion Energy Décima Edición 2020/2021".ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto se afrontará con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Cálculo y Recursos Ejercicio 2022 Ley N 6256/2021 para la Jurisdicción "S" "Ministerio de Desarrollo Humano" U. de O. "S9" S ecretaría de Deportes y Recreación, partida 4-5-188-0 Programa Eventos Especiales.ARTICULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial en forma íntegra. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno abierto para amplia difusión. Siga a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Legislatura Provincial para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/9/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data10/09/2022

Conteggio pagine15

Numero di edizioni1230

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione03/07/2024

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