Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/9/2022

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Septiembre, 12 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 102

LEYES - DECRETOS - RESOLUCIONES
DECRETO Nº 2466-G/2020.EXPTE Nº 400-4611-2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 DIC. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Disponese que la remuneración de los Coordinadores de la Secretaria General de la Gobernación, que seguidamente se nominan, en el cargo que en cada caso se indican, se integrarán con un 33% treinta y tres por ciento por mayor dedicación - de carácter remunerativo bonificablesobre la remuneración que percibe los funcionarios:
1 Sr. GUSTAVO WILLIANS CARRION, D.N.I. N 22.094.597, Coordinador Institucional, con una remuneración equivalente a la de Director Provincial;
2 Sr. JORGE SEBASTIAN MORALES, D.N.I. N 25.377.409, Coordinador de Despacho, con una remuneración equivalente a la de Director Provincial;
3 Sra. ROSANA LILIANA RUIZ, D.N.I. N 28.856.484, Coordinadora de Gobierno, con una remuneración equivalente a la de Director Provincial;
4 Sr. JOSE LUIS ESTRADA, D.N.I. N 18.520.341, Coordinador Provincial de Gestión, con una remuneración equivalente a la de D irector Provincial;
5 Sr. DANIEL ENRIQUE GARBAL, D.N.I. N 11.539.261, Coordinador de Tecnología de Información y Comunicaciones de la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto, con una remuneración equivalente a la de Director Provincial;
ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente se atenderá con la Partida de Gastos en personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente.ARTICULO 3º.- Lo dispuesto en el presente será de aplicación a partir del 01 de enero de 2020.ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5º.- Regístrese, Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5755-S/2022.EXPTE Nº 701-305/2014.SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 JUN. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase la solicitud de incorporación a la planta permanente de la administración pública, prevista por la Ley N 5749/12, de la C.P.N
Laura Raquel Otero Abraham, CUIL 27-16778475-0, por los motivos expuestos en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Salud notifíquese a la C.P.N Laura Raquel Otero Abraham, de los términos del presente acto administrativo.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tome razón de Fiscalía de Estado y publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6131-E/2022.EXPTE Nº 1056-18204-21.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Recházase la solicitud de otorgamiento del beneficio previsto por la Ley N 5502 efectuado por la SRA. NORA NANCI NAVARRETE, CUIL N 27-13393691-8, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar de los términos del presente Acto Administrativo.ARTÍCULO 3º.- Regístrese.- Previa toma de Razón por Fiscalía de Estado, publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión.- Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6134-E/2022.EXPTE Nº 1050-1167-21.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Reglamentación de la Ley N 6.105 de Educación Ambiental que como ANEXO I y ANEXO II forma parte integrante del presente.ARTÍCULO 2º.- Entiéndase al Programa de Educación Ambiental referido en la Ley, como las "Líneas Estratégicas" establecidas en el Anexo II del presente Decreto.ARTÍCULO 3.- Dispónese que lo establecido en el Anexo II será identificado como "Líneas estratégicas" necesarias para la planificación, implementación y evaluación de los Planes, Programas y Proyectos de Educación Ambiental.-

2268

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/9/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data10/09/2022

Conteggio pagine15

Numero di edizioni1230

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione03/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni