Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 09 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 144

dicho canon una vez notificada y publicada la presente resolución y a partir de la subsiguiente liquidación, no siendo la presente de aplicación retroactiva.ARTICULO 2.- APRUÉBESE la Primera Etapa del Plan Quinquenal de inversiones, a ejecutarse a partir del año 2021, por un monto anual de $ 27.500.000, y que como Anexo Único forma parte de la presente resolución, el que estará sujeto a controles permanentes de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones, en el ámbito de sus respectivas competencias.ARTICULO 3.- La Secretaría de Energía, en su calidad de Autoridad de Aplicación se reserva la facultad de revisar el canon transitorio y el monto anual del plan de inversiones, cuando advierta algún cambio en las circunstancias que motivaron la presente.ARTICULO 4.- Previo registro por Jefatura de Despacho, cumplido publíquese en forma sintética a Boletín Oficial, remítase copia a conocimiento de HOLDEC
INVERSORA S.A., SU.SE.PU. y Dirección Provincial de Recursos Hídricos. Cumplido, vuelva a la Secretaría de Energía al Ministerio de Ministerio de Infraestructura, Servicios Público, Tierra y Vivienda a sus efectos. -

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validez desde el 1 de enero del 2020. Asimismo, se aprueban las características y particularidades operativas que como Anexo 1 se agrega y que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 4.- Apruébese el Reglamento para la notificación por medios electrónicos que, como Anexo I, forma parte integrante del presente y que se aplicará en forma obligatoria a todas las notificaciones que esta dirección considere pertinente y que se encuentran descriptas en el anexo antes mencionado.ARTÍCULO 5.- Facultase al Área Comercial y División Áridos a dictar las resoluciones normas complementarias necesarias para el acabado cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.ARTÍCULO 6.- Regístrese. Tomen conocimiento del SIGAC Área de Comercial.
Agréguese copia al expediente para prosecución del trámite. Publíquese en Boletín Oficial. Cumplido. Archívese.Ing. Guillermo A. Sadir Director 02/04/09 DIC.-

Esc. Mario Alejandro Pizarro Secretario de Energía
LICITACIONES - CONCURSO DE PRECIOS
RESOLUCION Nº 885-D.P.R.H/2020.EXPTE Nº 0613-467/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 NOV. 2020.VISTO:
El expediente N 613-467/2020 que contiene la documental de Reempadronamiento de Extractores y Transportistas de Áridos; y CONSIDERANDO:
Que, en las presentes actuaciones se formaliza, el reordenamiento integral de las autorizaciones de extracción de áridos otorgadas por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos de la provincia Jujuy.
Que, a. tal efecto resulta necesario ejercer un control adecuado sobre las explotaciones que se otorguen, teniendo como objetivo la preservación y equilibrio de los sistemas hídricos superficiales como también la prevención de efectos dañosos ante el exceso hídrico como consecuencia de extracciones incorrectas y/o indiscriminadas de áridos.
Que, la presente iniciativa reconoce como fundamento la obligación de promover el aprovechamiento racional de los recursos naturales, salvaguardando su capacidad de renovación y la estabilidad ecológica de acuerdo a las previsiones del artículo 22 y 75 de la Constitución Provincial, política hídrica que hace suya este Poder Ejecutivo.
Que, lo gestionado permitirá reforzar los controles a efectos de asegurar que sólo efectúen extracciones de áridos, quienes cuenten con la autorización o permiso pertinente y estén debidamente empadronados y habilitados para ello por la autoridad de aplicación.
Que, de conformidad a las previsiones de la Ley 161/40 modificado por ley 4396/88, Código de Aguas de la Provincia, corresponde al Estado Provincial fijar la política de aprovechamiento de las aguas como factor de desarrollo, priorizar los proyectos de uso múltiple por sobre los de uso singular cuando se encuentren técnica, económica y socialmente justificados.
Que, en ese marco resulta imprescindible disponer en esta instancia la caducidad de las autorizaciones y permisos otorgados por esta Dirección Provincial de Recursos, y realizar un nuevo empadronamiento de quienes pretendan ser permisionarios u obtener autorización para ello.
Que, las concesiones, permisos y autorizaciones que se otorguen, deben asegurar el pleno cumplimiento de los fines y objetivos establecidos en la ley 4681 de Explotación de Áridos.
Que, para el cumplimientos de tales fines, se requiere implementar una credencial que identifique a los extractores y transportistas de áridos, consignando como datos el nombre y apellido, ubicación con georreferencia de la cantera, número de legajo, para el caso de los transportistas además de los datos personales deber consignarse los datos del vehículo, el cual deberá cumplir con todas las normativas nacionales y municipales requeridas para su circulación.
Que, además es necesario que los extractores y transportistas en su solicitud de inscripción constituyan un domicilio electrónico correo electrónico con carácter de declaración jurada, con la única finalidad de recibir notificaciones y que las notificaciones que se realicen por esos medios se entenderán como personales.
Que, existiendo normativa reciente y vigente en esta repartición como son las resoluciones de plan de financiamiento permanente Expte. N 6130316/2020 y de certificado de regularización de deuda Expte. 613-317/2020, es por ello, que para obtener el permiso de extracción y/o transporte de áridos, los solicitantes deberán tener cancelada toda deuda con esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, en su defecto estar adherido al plan de financiación permanente.
Que, las previsiones de la Ley 161/40 modificado por ley 4396/88 Código de Aguas Provincia.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N 1842-0P-96, 065ISPTy V/19 y 066-ISPT y V/19.
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Declárase, a partir del 1 de enero del 2020, la caducidad de todos los permisos o autorizaciones otorgados hasta el día de la fecha por esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, para transportar y extraer áridos dentro de la línea de ribera de los ríos y arroyos, planicies de inundación o zonas inundables, zona de riesgo hídrico y cotas de coronamiento pára los lagos de la Provincia de Jujuy.ARTÍCULO 2.- Dispónganse la creación de un nuevo padrón de extractores y transportistas de áridos de la provincia de Jujuy, apruébese como requisitos para el otorgamiento de permiso los establecidos en el Anexo 1 que se agrega y forma parte de la presente.ARTÍCULO 3.- Apruébese la implementación de la credencial de identificación para los extractores y transportistas de áridos de toda la provincia de Jujuy, la cual tendrá
GOBIERNO DE JUJUY
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 08/2020
Objeto del llamado: Contratación de Camiones para Servicio de Distribución de Mercadería hasta cubrir la Suma de Pesos Cuarenta y Ocho Millones con 00/100 Ctvos.
$ 48.000.000,00. Expediente 766-712/20.Destino: Distribución de Mercadería para Beneficiarios del Plan Social Nutricional Provincial PLA.SO.NU.P..Apertura: Lunes 28 de Diciembre de 2020 a horas 10:00, en la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Humano, sita en Calle Párroco Marshke N
1270.Presupuesto Oficial: Pesos Cuarenta y Ocho Millones con 00/100 Ctvos $
48.000.000,00.
Pliego e Informes: Ministerio de Desarrollo HumanoDirección General de AdministraciónDepartamento ComprasPárroco Marshke Nº 1270- 4.600 San Salvador de JujuyTodos los días hábiles de 7:30 a 12:30 horas Teléfono: 0388-4258544.Las ofertas se admitirán hasta el día y hora fijados para la apertura del acto. Las mismas deberán ser presentadas únicamente en el Ministerio de Desarrollo HumanoDirección General de AdministraciónDepartamento Compras, sito en Párroco Marshke Nº 1270S. S. de Jujuy, no se admitirán ofertas que se hayan presentado en otra dependencia del Ministerio de Desarrollo Humano.Valor del Pliego: Pesos Veinticuatro Mil con 00/100 $24.000,00.02/04/09 DIC. LIQ. N 22115 $879,00.LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY
LICITACIÓN PÚBLICA NRO 01/2020.Objeto: Adquisición de dos 2 camionetas tipo PICK UP y una 1 camioneta tipo SUV, nuevas sin uso, creo kilómetros.Monto Estimado: $12.500.000.Garantía: De Oferta: 1% del valor total de la oferta.Garantía de Adjudicación: 5% del valor total adjudicado.Fecha y Hora de Apertura de las Propuestas: 29 de diciembre de 2020, a las 10:00 horas, en la Dirección de Administración, Departamento de Compras y Suministros del Poder Legislativo de la Provincia de Jujuy, sito en calle Gorriti nro. 47 de San Salvador de Jujuy, teléfono 0388-4239255.Valor de los Pliegos: sin costo.Consulta y Entrega de Pliegos: En la Dirección de Administración, Departamento de Compras y Suministros del Poder Legislativo de la Provincia de Jujuy, sito en calle Gorriti nro 47 de San Salvador de Jujuy, teléfono 0388-4239255.09/11/14/16/18 DIC. S/C.-

CONTRATOS - CONVOCATORIAS - ACTAS
Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy , a los 07 días del mes de Septiembre del año 2020, reunidos el Señor RENE MATIAS EZEQUIEL CALPANCHAY DNI: 36.424.879, CUIL: 2036424879- 3 , 25 años de edad, soltero, Argentino, nacido el 04 de Abril de 1995, de profesión estudiante, con domicilio en Cabo Cardone 165- Alto ComederoSan Salvador de Jujuy Jujuy, correo electrónico rcalpanchaymatias@gmail.com; y el señor CLAUDIO FABRICIO GALLARDO DNI 32.159.783, CUIL: 20-32159783-2, 34 años de edad, soltero, Argentino, nacido el 17 de Mayo de 1986, de profesión Contador Publico, con domicilio en Mza. 91 Lote 13 Nro. 929- Alto Comedero - Dr. Manuel BelgranoSan Salvador de JujuyJujuy, correo electrónico claudiofabriciog@hotmail.com, resuelven celebrar el siguiente contrato constitutivo de Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por las cláusulas que se indican a continuación: PRIMERA. Nombre y Domicilio: La sociedad se denomina GYC
S.R.L. y tiene su domicilio en la Ciudad de San Salvador de Jujuy pudiendo establecer sucursales en cualquier parte del país o del extranjero.- SEGUNDA. Duración: La duración de la Sociedad es de noventa 90 años, contados a partir de su inscripción en el
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/12/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data09/12/2020

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1243

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione31/07/2024

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