Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 09 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 144

C.P.N. Carlos Guillermo Haquim Vice Gobernador de la Provincia En ejercicio del Poder Ejecutivo DECRETO Nº 8747-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 206-P-1989.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 FEB. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorizase a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos a confeccionar la correspondiente Escritura de Cancelación de Hipoteca a favor de la Sra.
Clara Ilda Morocho, DNI N 13.569.853, del terreno fiscal individualizado como Lote N 21, Manzana 80, Padrón E-15190, Matrícula E-15587, ubicado en la Localidad de Calilegua, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy, de conformidad a los motivos expresados en el exordio.ARTÍCULO 2.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese a la interesada, publíquese -en forma sintética-, en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles, Dirección de Regularización Dominial, Dirección Provincial de Rentas a sus efectos y siga a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos, cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8748-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 0516-59/1996.Agreg. Expte. N 200-86/2000.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 FEB. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorizase a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos a confeccionar la correspondiente Escritura de Cancelación de Hipoteca a favor del Sr.
Eduardo Alberto Ávila, DNI .N 22.270.410 y de la Sra. Raquel Haydee Quiroga, DNI
N 22.188.559, del terreno fiscal individualizado como Lote N 22, Manzana 589, Padrón A70842, Matrícula A-37566, ubicado en el Barrio Alto Comedero de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, de conformidad a los motivos expresados en el exordio.ARTÍCULO 2.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese a la interesada, publíquese -en forma sintética-, en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles, Dirección de Regularización Dominial, Dirección Provincial de Rentas a sus efectos y siga a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos, cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8803-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 854-P-1987.Agreg Expte N 0516-2267/1991.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 FEB. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorizase a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos a confeccionar la correspondiente Escritura de Cancelación de Hipoteca a favor del Sr.
Bernardo Flores, DNI N 14.588.676, del terreno fiscal individualizado como Lote N 8, Manzana 374, Padrón A-66065, Matrícula A-18913, ubicado en el Barrio Alto Comedero de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, de conformidad a los motivos expresados en el exordio.ARTÍCULO 2.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese a la interesada, publíquese -en forma sintética-, en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles, Dirección de Regularización Dominial, Dirección Provincial de Rentas a sus efectos y siga a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos, cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9462-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 0516-2764/03.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorizase a Escribanía de Gobierno a confeccionar la correspondiente Escritura de Compraventa y Carta de Pago a favor de la Sra. Norma Beatriz Cruz, DNI
N 18.576.946 y del Sr. Pedro Rafael Iribarrin DNI N 18.626.442, del terreno fiscal individualizado como Lote N 02, Manzana N 100, Padrón D-19.453, Matrícula D-985, ubicado en la Localidad de Rodeito, Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, de conformidad a los motivos expresados en el exordio,-

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ARTÍCULO 2.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas notifíquese, publíquese -en forma sintética-, en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles, Dirección de Regularización Dominial, Dirección Provincial de Rentas a sus efectos, siga a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos a sus efectos, cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 153-SOTyV/2020.EXPTE Nº 617-429/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 NOV. 2020.VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se tramita la aprobación de las Bases y Condiciones y la autorización del sorteo de lotes fiscales ubicados en la Ciudad de Perico, Parcela 570, Circ. 2, Secc. 1, Matrícula B-8360, Remanente del Padrón 8-18986, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, y CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento de las metas fijadas por el Gobierno de la Provincia de Jujuy, de dar soluciones habitacionales a las familias jujeñas, se procede a implementar el sorteo de lotes fiscales urbanos, en el marco de la Ley N 3169/74;
Que, a fs. 2 obran las Bases y Condiciones para la participación del sorteo de lotes fiscales urbanos, a realizarse por parte dé la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda primero se estableció como fecha 3/12/2020 y fue modificada para el día 11/12/2020 en razón de la gran convocatoria que ;genero el sorteo analizado. Asimismo por la mentada documentación se establecen las condiciones de la pre-adjudicación del lote fiscal, los requisitos que el beneficiario deberá cumplir para la posterior adjudicación, como así también las formas y condiciones de pago del mismo;
Que, a fs. 6/15 obran copias de cedula Parcelaria dando cuenta que el inmueble pertenece al estado provincial, a fs.16 y 19 obra Croquis de Loteo, donde consta la ubicación de los lotes fiscales urbanos a sortearse;
Que, del fraccionamiento en cuestión se habilitan para el presente sorteo NOVENTA
90 lotes fiscales urbanos;
Que, provisoriamente los lotes fiscales van a ser identificados mediante números de lotes y manzanas, hasta tanto se realice la aprobación del Plano Mensura de Fracción, Anteproyecto y Loteo de donde surgirán los padrones individuales y definitivos de cada uno de ellos;
Que, asimismo se llevará a cabo, en forma posterior al sorteo antes mencionado, el sorteo de DIEZ 10 beneficiarios entre los inscriptos, a los fines de quedar como beneficiarios suplentes ante el supuesto de vacancia por renuncia o incumplimiento de las Bases y Condiciones de los beneficiario titulares;
Que, a los fines de garantizar la transparencia en las adjudicaciones, el sorteo se realizará con intervención y fiscalización del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia de Jujuy y con la asistencia de Escribanía de Gobierno;
Por ello, EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Aprobar, el sorteo de NOVENTA 90 lotes urbanos, todos ubicados en la en la Ciudad de Perico, Parcela 570, Circ. 2, Secc. 1, Matrícula 58360, Remanente del Padrón 5-18986, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy. El sorteo se llevara a cabo en la sede del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia el día once 11 dé diciembre del corriente año y con la asistencia de Escribanía de Gobierno.ARTICULO 2.- Aprobar, el sorteo de DIEZ 10 beneficiarios entre los inscriptos, a los fines de quedar como BENEFICIARIOS SUPLENTES ante el supuesto de vacancia por renuncia o incumplimiento de las Bases y Condiciones de los beneficiarios titulares.
El mencionado sorteo se realizara en forma posterior al sorteo referido en el Artículo 1.ARTÍCULO 3.- Aprobar el Reglamento de Bases y Condiciones para la participación del sorteo de lotes fiscales urbanos, todos ubicados en la Ciudad de Perico, Parcela 570, Circ. 2, Secc. 1, Matrícula B-8360, Remanente del Padrón B18986, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy.ARTICULO 4.- Oportunamente, solicitar la intervención del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de .la Provincia y Escribanía de Gobierno por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 5.- Regístrese, pase a Coordinación General de Despacho, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 4 remitiendo copias certificadas de la presente a conocimiento del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia y Escribanía de Gobierna Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma íntegra y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, ARCHÍVESE.Ing. Carlos Humberto Garcia Secretario de Ordenamiento Territorial Servicios Públicos, Tierra y Vivienda RESOLUCION Nº 680-ISPTyV/2020.EXPTE Nº 0600-449/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 OCT. 2020.EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTICULO 1.- DISPÓNESE de manera transitoria, y sujeto a la duración de los motivos considerados en el exordio, la reducción del canon de concesión dispuesto en el artículo 25 del contrato de concesión de la Central Hidroeléctrica Las Maderas; el que consistirá en el 30%, manteniéndose en lo demás los términos del artículo 25 del referido contrato y demás cláusulas. La empresa HOLDEC INVERSORA S.A. deberá abonar
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/12/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data09/12/2020

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1233

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione10/07/2024

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