Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 7/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 09 de 2020.-

Anexo Boletín Oficial Nº 28

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Recursos Humanos y al Área Liquidaciones, publíquese sintética ente en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, y archívese.Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 180-H-2020.CIUDAD PERICO, 11 FEB. 2020.VISTO:
El Decreto N 955-2018.CONSIDERANDO:
Que, mediante el mencionado acto administrativo se dispuso la Creación del Registro de Obleas Municipal, como encargado de gestionar la solicitud de Formularios/Obleas a la Agencia de Seguridad Vial.
Que, el artículo tres del Decreto de referencia dispone que el Secretario/a de Hacienda deberá gestionar ante la Agencia de Seguridad Vial su incorporación al Sistema Integral de Revisión Técnica Obligatoria SIRTO con sus datos personales, DNI, correo y teléfono particular.
Que, mediante Decreto N 103-G-2020, se aceptó la renuncia de la Sra. Secretaria de Hacienda C.P. Natalia Cajal, y se dispuso que la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Perico, quedará provisoriamente a cargo de la Sra. Jefa de Gabinete.
Que, ante esta situación se hace necesario garantizar la provisión de Obleas a las prestadoras del servicio de Revisación Técnica Vehicular.
Que, conforme Art. 72, Art. 67 inc. 9, 11 y 23 de la Carta Orgánica es atribución del Intendente designar a sus secretarios, directores y demás funcionarios y personal a cargo de las distintas áreas del Departamento Ejecutivo;
Por Ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones:
DECRETA;
ARTÍCULO 1: Autorícese, a partir de la fecha del presente decreto, a la Sra.
Tesorera de la Municipalidad de Perico, C.P.N. Noemí del Valle Cabana, D.N.I N
17.879.621, a gestionar ante la Agencia de Seguridad Vial su incorporación al Sistema Integral de Revisión Técnica Obligatoria SIRTO con sus datos personales, DNI, correo y teléfono particular, ello por las razones invocadas en el exordio.ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por la Jefa de Gabinete quien se encuentra a cargo de la Secretaria de Hacienda.ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, y archívese. Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 215-G-2020.CIUDAD PERICO, 13 FEB. 2020.VISTO:
La Ordenanza N 1365/2020;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza sancionada ha ingresado a Intendencia en fecha 06 de Febrero de 2020.
Que, la Ordenanza referida se sostiene sobre manifestaciones de extrema vaguedad, aduciendo apelaciones que no tienen sustento legal alguno.
Que, en las consideraciones de la misma, ni en su articulado, se especifica explícitamente norma constitucional, ni provincial ni municipal alguna, imponiendo obligaciones sin referenciar ningún tipo de dispositivo legal que la fundamente.
Que, los hechos trascendentales de la vida de nuestra Ciudad, su cultura, y su historia, deben honrarse y rememorase con acciones reales y no con simple manifestaciones de deseos justamente eso es lo que no se hizo en los últimos veinte años.
Que, encontrándose comprometidas las disposiciones prescriptas por el art. 67 inc.
9 de la Carta Orgánica de Perico y siendo de necesidad dar cumplimiento alas previsiones del art. 79 del mismo cuerpo legal, corresponde emitir el Acto Administrativo que por el presente se realiza.
Que, por ello, en el ejercicio de las facultades conferidas por el art. 49, inciso 1 de la Carta Orgánica de Perico y normas concordantes;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1: Determínese el Veto Total de la Ordenanza N 1365/2020, por los fundamentos esgrimidos en el exordio.
ARTICULO 2: Comuníquese el presente al Honorable Concejo Deliberante de ciudad Perico, a los fines de lo previsto en el inc. 2 del art. 49 de la Carta Orgánica de Perico.
ARTICULO 3: Regístrese y comuníquese.-

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Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 216-G-2020.CIUDAD PERICO, 13 FEB. 2020.VISTO:
El Escudo de la Municipalidad de Perico.
CONSIDERANDO:
Que, con motivo del reciente cambio de gestión, sé< avecinar vientos de renovación en nuestra querida ciudad Perico.
Que, mediante Decreto 005-G-2019, este Departamento Ejecutivo dispuso la adopción de LOGOTIPOS, ISOTIPOS, ESLOGAN APLICACIONES a exhibirse en la distinta papelería, cartelería, vehículos sitios Web, etc., de la Municipalidad de Perico.
Que, en tal orientación se hace necesario también revalorizar e Histórico Escudo Municipal, considerando a tal efecto todos los elementos del tradicional escudo.
Que, en tal sentido se hace necesario rediseñarlo a fin de incorporarlo junto al Isologotipo a los procesos de modernización de la comunicación y gestión pública Municipal que viene llevando adelante este Departamento Ejecutivo.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias:
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1: Dispónese la Revalorización del Escudo Histórico Municipal y en tal sentido adóptese como nuevo ESCUDO HISTORICO de la. Municipalidad de Perico, al que obra adjunto en el ANEXO I del presente decreto.
ARTICULO 2: Dispónese que el nuevo ESCUDO MUNICIPAL que figura en el Anexo I del presente decreto, será exhibido en la distinta papelería del Municipio, cartelería, vehiculó oficiales, sitios Web oficiales, eventos en todo propaganda o publicidad audiovisual procedente de la Municipalidad con destino a los medios de comunicación.
ARTÍCULO 3: Autorizase a la Dirección de Comunicación a arbitrar las medidas necesarias a los efectos del cumplimiento del artículo 1 y 2 de Presente Decreto, así como a gestionar la respectiva inscripción del nueve ESCUDO MUNICIPAL
por ante el INPI Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.
ARTÍCULO 4: El presente decreto tendrá vigencia desde el día d la fecha y eh consecuencia queda sin efecto todo decreto que se oponga a lo dispuesto por este acto, quedando prohibido a partir del día de la fecha el uso de cualquier otro ESCUDO MUNICIPAL que no siga el diseño contenido en el Anexo I del presente decreto.
ARTICULO 5: Regístrese, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 217-DYO-2020.CIUDAD PERICO, 14 FEB. 2020.VISTO:
La Ley N 5670/2010 Ley de Parques Industriales de la provincia de Jujuy; la Ordenanza N 855/2012 Adhesión a la Ley N 5670, la Ley N 5733 De creación del Parque Industrial y de Servicios de Perico, la Ordenanza N 976/2013
Aprobación del Reglamento Industrial del Parque Industrial Perico; el Decreto N
535/2012 Designación del Presidente del Consejo de Administración del Parque Industrial Perico; el Decreto N 024/2017 Modificatorio de la Ordenanza N
976/2013;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario y oportuno desarrollar las acciones tendientes a dar cumplimiento a las leyes N 5670 y 5733, así como a las Ordenanzas Municipales N 855/2012 y N 976/2013.
Que, resulta imperioso generar las acciones para impulsar la puesta en funcionamiento y crecimiento del Parque Industrial de Perico.
Que, el art. 15 del Reglamento del Parque Industrial de Perico Ordenanza N
976/2013 dispone que la gobernanza y administración del Parque Industrial de Perico le corresponde al Consejo de Administración del Parque Industrial, y determina que el Presidente es el Sr. Intendente de Perico.
Que, mediante Decreto N 5335/2012 se designó como Presidente del Consejo de Administración del Parque Industrial de Perico al Sr. Intendente Municipal.
Que, mediante Decreto N 024/2017 se dispuso la Modificación de la Ordenanza N 976/2013, disponiendo una nueva constitución del Consejo de Administración del Parque Industrial de Perico.
Que, tal disposición corresponde sea revocada y disponer que la construcción del Consejo de Administración sea la que se encuentra reglada en el art. 15 de la Ordenanza N
976/2013.
Por todo ello, en el ejercicio de las atribuciones que la corresponden;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 7/3/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data07/03/2020

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1243

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione31/07/2024

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