Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 02 de 2020.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
02 MAR. LIQ. Nº 20263 $592,00.-

Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente.- En cumplimiento de lo dispuesto por la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia de Córdoba, el que suscribe, LEANDRO BERNIS, por la presente Declara Bajo Juramento que las informaciones consignadas en el presente trámite son exactas y verdaderas, y que NO me encuentro incluido y/o alcanzado dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente aprobada por la Unidad de Información Financiera UIF, que se encuentra al dorso de la presente y a la que ha dado lectura.Además, asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.Documento: Tipo D.N.I. Nº 36.182.981.- País y Autoridad de Emisión: Argentina.- CUIT Nº: 2036182981-7.- Domicilio Real: Puerto Rico N 701.- Carácter invocado: Administrador Suplente.Denominación de la persona jurídica: DIVERGENCIA CONSULTING S.A.S.- Lugar y Fecha: S.S.
de Jujuy, 31/10/19.- ACT. NOT. Nº B 00527963, ESC. MARIA CELESTE PEREZ-TIT. REG. Nº 91S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 03 de Febrero de 2020.-

Judicial con y sin Base: PICK UP MITSUBISHI, DOBLE CABINA, MODELO 440-L200 SPORT
HPE, AÑO 2006, DOMINIO FGY-478.- Dr. Matías Leonardo Nieto, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaria Nº 16, del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº D-010182/15, caratulado: Ejecutivo: PEÑARANDA OMAR ENRIQUE c/
FLORES GARECA SIMEON JUSTINIANO, comunica que el Martillero Judicial, Sergio Alberto Escudero, Matr. Prof. Nº 28, REMATARA, el día 06 de Marzo del 2020, a Hs.17,30, en calle Los Claveles Nº 270, del Barrio San Francisco, de la ciudad de San Pedro de Jujuy, al mejor postor, dinero de contado, comisión del martillero a cargo de comprador del 10%, UN AUTOMOTOR, DOMINIO
FGY-478, MARCA MITSUBISHI, TIPO PICK UP, MODELO 440-L200 SPORT HPE, MOTOR
MARCA MITSUBISHI Nº 4 D56BZ7713, CHASIS MARCA MITSUBISHI Nº 93XPNK7406C518175, AÑO 2006, en el estado de uso y conservación que se encuentra y con Base en su primer llamado de Pesos Ciento Setenta y Ocho Mil Sesenta y Ocho con Sesenta y Tres Centavos $178.068,63, si no existieren postores por esta, acto seguido se procederá a subastar SIN BASE.Registra Gravámenes: el de los presentes autos que se ejecutan, adquiriendo el comprador libre de todo gravamen.- El vehículo podrá revisarse desde de una hora antes de la subasta.- Mayor Información al Martillero actuante Tel.: 0388-155816078. Publicar edictos en Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 17 de Febrero del 2020.- Dra. Alicia Marcela Aldonate, Secretaria de Cámara.02/04/06 MAR. LIQ. Nº 20283 $540,00.-

JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
02 MAR. LIQ. Nº 20264 $390,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente.- En cumplimiento de lo dispuesto por la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia de Córdoba, el que suscribe, MATIAS ALFREDO RIVAS, por la presente Declara Bajo Juramento que las informaciones consignadas en el presente trámite son exactas y verdaderas, y que NO me encuentro incluido y/o alcanzado dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente aprobada por la Unidad de Información Financiera UIF, que se encuentra al dorso de la presente y a la que ha dado lectura.- Además, asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- Documento: Tipo DNI Nº 36.048.988.- País y Autoridad de Emisión: Argentina.- CUIT Nº: 2036048988-5.- Domicilio Real: Republica de Uruguay N 1862.- Carácter invocado: Administrador Titular.- Denominación de la persona jurídica: DIVERGENCIA CONSULTING S.A.S.- Lugar y Fecha: S.S. de Jujuy, 31/10/19.- ACT. NOT. Nº B 00530537, ESC. MARIA CELESTE PEREZ-TIT.
REG. Nº 91- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 03 de Febrero de 2020.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
02 MAR. LIQ. Nº 20264 $390,00.Declaración Jurada Sobre Licitud y Origen de los Fondos Ley N 25246, Resoluciones UIF N 11/11 y 30/11.- MATIAS ALFREDO RIVASDNI N 36.048.988, CUIT 20-36048988-5, Argentino, soltero, Contador Público, con domicilio en calle República del Uruguay Nº 1862, Barrio Alto Padilla, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina; Sr. LEANDRO BERNISDNI N 36.182.981, CUIT 20-36182981-7, Argentino, soltero, Licenciando en Administración con domicilio en calle Puerto Rico Nº 701, Barrio Ciudad de Nieva, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina; en cumplimiento de lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera UIF, declaramos bajo juramento que la fuente de los fondos y/o bienes no dinerarios aportados, en ningún caso involucra actividades ilícitas propias o de terceras personas y en todos los casos son fondos propios y por lo tanto no hemos prestado nuestro nombre para que terceras personas con recursos obtenidos ilícitamente efectúen inversiones a nuestro nombre.- Asimismo, se denuncia bajo juramento que en la sede social funciona efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la entidad en calle Otero Nº 381, Piso 1, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina.; en este mismo acto de denuncia como correo electrónico la formula bernisleo.lb@gmail.com.- En la localidad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.- ACT. NOT. Nº B 00530539, ESC. MARIA CELESTE PEREZ-TIT. REG. Nº 91- S.S. DE
JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 03 de Febrero de 2020.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
02 MAR. LIQ. Nº 20264 $390,00.Por tres días se hace saber conforme al artículo 88 inc. 4 de la Ley 19.550 que RADIO VISION
JUJUY S.A. escindente con sede social en DR. HORACIO GUZMAN Nro. 496 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, inscripta en el Registro de Escrituras Mercantiles de fecha 8 de Junio de 1965 bajo el número 2074 - Folio nro. 0232/0248 Legajo XXVII, cuyo Activo asciende a $264.199.995,60 pesos DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y
NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 60/100 y su Pasivo es de $38.290.556,00
pesos TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 al 30 de NOVIEMBRE de 2019 según Balance Especial de Escisión, ha destinado parte de su Patrimonio a una sociedad denominada VISION JUJUY S.A. EN
FORMACION, con sede social en GRAL. GEMES 864 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy. Dicha decisión fue aprobada por Asamblea General Extraordinaria Nº 80 Unánime de fecha 17 de febrero de 2020. El Activo escindido es de $195.864.211,03 pesos CIENTO
NOVENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS
ONCE CON 03/100, el Pasivo escindido asciende a $11.765.828,52 pesos ONCE MILLONES
SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 52/100.- Fdo.
Julio C. Bonicatto-Gerente General.02/04/06 MAR. LIQ. Nº 20317 $1.425,00.-

REMATES
SERGIO ALBERTO ESCUDERO
MARTILLERO PÚBLICO JUDICIAL
MATR. PROF. Nº 28

210

Boletín Oficial Nº 25

Dr. Ricardo Sebastian Cabana, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. PAREDEZ, CARLOS JULIO DNI Nº 24.101.441 que en el Expte. Nº C-117895/18, caratulado: Ejecutivo: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ PAREDEZ CARLOS
JULIO se ha dictado la siguiente resolución: Fdo. Dr. R. Cabana:- JuezAnte mi Dra. María Cecilia FarfánSecretaria San Salvador de Jujuy, 03 de Diciembre de 2019.- Autos y Vistos -Resulta: Considerando -Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por la firma CASTILLO
S.A.C.I.F.I.A. en contra del Sr. CARLOS JULIO PAREDEZ, DNI. Nº 24.101.441, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Cinco Mil Cinco con Cero ctvo. $145.005,00 con más un interés compensatorio del 3% nominal mensual, desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora acaecida en fecha 01/09/2017, fecha desde la cuál los mismos deben ser imputados como moratorios hasta su efectivo pago, los que se fijan a tasa Activa, de conformidad a la doctrina del S.T.J. en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145731/05 Sala ITribunal del Trabajo: Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro.-, L.A. 54, Fº 673-678-Nº 235 y L.A. Nº 17, Fº 325/326 Nº 179 de fecha 20/10714, y como punitorios, al haber sido los mismos pactados, se fijan en un 50% de los moratorios, más IVA si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la demandada vencida Art. 102 del C.P.C.- III.- Diferir los honorarios profesionales hasta tanto exista en autos planilla aprobada, siguiendo lo establecido en los Art. 24 y 58 de la Ley Nº 6.112.- IV.-Notificar por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley Art.154 del C.P.C..- V.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: JuezAnte Mi Dra. María Cecilia Farfan:
Secretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.San Salvador de Jujuy, 18 de Diciembre de 2.019.26/28 FEB. 02 MAR. LIQ. Nº 20179 $801,00.Dr. R. Sebastian CabanaJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. SERGIO JAVIER FERNANDEZ, D.N.I. Nº 25.971.006 que en el Expte Nº C-101.718/17, caratulado: Ejecutivo: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ FERNANDEZ, SERGIO JAVIER, se dictó el siguiente Proveído de fs. 66: San Salvador de Jujuy, 18 de Diciembre del 2019.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs. 20 y vlta. mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber al accionado SERGIO JAVIER FERNANDEZ, D.N.I. Nº 25.971.006, que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio art. 474 del C.P.C..- Notifíquese art.154 del C.P.C.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Silvia Molina: Prosecretaria.- Proveído de fs.20 y Vlta.: San Salvador de Jujuy, 27 de Noviembre de 2017.- Téngase por presentado al Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en nombre representación de la firma CASTILLO S.A.C.I.F.I.A., a mérito del Poder Gral. para juicios que en copia juramentada acompaña a fs.5/7, por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales.- Atento a lo solicitado, y lo dispuesto por los Art. 472 y 478 y correlativos del C.P.C, líbrese en contra de SERGIO JAVIER FERNANDEZ, DNI Nº 25.971.006, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Diez Mil Doce con Diecisiete ctvos. $10.012,17.- en concepto de capital reclamado, con más la suma de Pesos Tres Mil Tres con Sesenta y Cinco ctvos. $3.003,65.-
presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de y negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza Arts.
52 y 154 del C.P.C. haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Juez de Paz con jurisdicción en la ciudad de Monterrico, con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.- Notifíquese art. 154 C.P.C.- Fdo.
Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Silvia Molina: Prosecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 18 de Diciembre de 2019.26/28 FEB. 02 MAR. LIQ. Nº 20174 $801,00.Dr. Ricardo Sebastian Cabana, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. CANCIANI, CLAUDIA ALEJANDRA D.N.I. Nº 17.771.339 que en el Expte. Nº C-118068/18, caratulado: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ CANCIANI
CLAUDIA ALEJANDRA S/ Ejecutivo se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 21 de Noviembre de 2019.- Autos y Vistos -Resulta -Considerando -Resuelve: I.-Mandar llevar adelante la ejecución seguida por la firma CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. en contra de la Sra. CLAUDIA
ALEJANDRA CANCIANI, DNI. Nº 17.771.339, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Treinta y Un Mil Seiscientos Noventa y Dos con Setenta ctvos.
$31.692,70, con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/3/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data02/03/2020

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1243

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione31/07/2024

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