Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 17 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 7

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prescriptos los haberes por aplicación de lo dispuesto en los artículos N 2537 y N 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.-

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO Nº 7951-T/2018.EXPTE Nº 1200-679-19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Desígnese con retroactividad al 01 de Junio dé 2018, en el cago de Director General de Administración del Ministerio de Trabajo y Empleo al Sr. MARIO CESAR
FARFAN; D.N.I. N 5.264.339.ARTÍCULO 2.- Otórgase licencia por cargo de mayor jerarquía al Sr. Mario César caían, D.N.I. N 5.264.339, desde el 01 de Junio de 2018, debiendo comunicarse la misma a la Dirección Provincial de Personal, atento a que el Sr. Farfán revista planta permanente corno empleado del Ministerio de Trabajo y Empleo.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9213-MS/2019.EXPTE Nº 1414-1078/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorízase a Contaduría de la Provincia a imputar la erogación derivada del Expediente N 1414-1078/2018 caratulado: Planillas de Liquidación correspondiente al reintegro de Bonificación de Título Universitario al CABO PRIMERO ZOTO DANIELA
ADRIANA, D.N.I. N 28.227.130, Legajo N 15.233, cuando la misma corresponda, previa revisión de la actuación por las autoridades responsables a la Partida 03-10-15-01-26 "Para :Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores correspondiente a la Unidad de Organización "L" DEUDA PUBLICA, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos-Ejercicio 2019 Ley N 6.113, informada por la Dirección de Presupuesto, debiendo Policía de la Provincia de Jujuy cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de acuerdo a las disposiciones vigentes.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9773-S/2019.EXPTE Nº 715-619/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por reconocido el Adicional por Permanencia en Guardia 30 %
sobre la categoría de ingreso, a favor del Dr. JUAN JOSE LOPEZ BONFANTI, CUIL 2026793649-9, cargo categoría A j-2, Agrupamiento Profesional, Ley N 4418//84 de la U. de O.: 6-01-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir del 1 de febrero de 2.017.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la Partidas Presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2019
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6113, prevé en la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-03 Hospital Dr. H. Quintana, la partida de Gastos en personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 1-1-1-1-2-153
"Regularización de Adicionales Personal -Ministerio de Salud", correspondiente a la Unidad de Organización 6 Secretaria de Salud.EJERCICIOS ANTERIORES: periodo no consolidado:
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26: "Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10028-S/2019.EXPTE Nº 715-1529/13.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por cumplidos los servicios prestados por los agentes Laurencio Guerrero CUIL 20-33250718-6, durante el período comprendido entre el 12 de julio Y el 31 de agosto de 2013, Susana Elizabet Aguayre, CUIL 27-27271939-5, durante el período comprendido entre el 15 de julio y el 31 de agosto de 2013, Miriam Elizabeth Zerpa, CUIL 2733572441-6, durante el, período comprendido entre el 16 de julio y el 4 de agosto de 2013, Natalia Alejandra Gutiérrez, CUIL 27-31126605-0, durante el período comprendido entre el 15
y 21 de julio de de 2013, Paola Mariela Tolaba, CUIL 27-30766239-1, durante el período comprendido entre el 18 de julio y el 31 de agosto de 2013, Juana Sandra Alarcón, CUIL 2323520847-4, durante el período comprendido entre el 22 de julio y el 31 de agosto Ide 2013, Susana Gabriela Calapeña, CUIL 24-32210879-2, durante el período comprendido entre el 5 y el 31 de agosto de 2013, Alvaro Sebastián Alarcón, CUIL 20-26793488-7, durante el período comprendido entre el 5 y el 31 de agosto de 2013, y Rosa Natalia Calisaya, CUIL 27-321588102, durante el período comprendido entre el 29 de julio y el 31 de agosto de 2013, en el Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", por la emergencia sanitaria provincial, y por
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10503-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 612-375/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase a la Categoría 24 del Escalafón General, agrupamiento Mantenimiento y Producción previsto en la Ley N 3161/74, con retroactividad al 01 de enero de 2018 al agente Anastacio CIARES, CUIL N 20-10412109-9, personal de Planta Permanente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3, Anexo I del Decreto N 8865-1-1/2007, reglamentario de la Ley Nº 5502105.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 16 se atenderá con el Presupuesto General de Gastos y Recursos, Ejercicio 2019 - Ley N 6113
que prevé para la jurisdicción V Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, U. de O.: "V3A" Dirección General .de Arquitectura, la partida Gastos en Personal; la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando créditos de la Partida:
01-01-01-01-01-60: "Adecuación Ley 5502" U. de O. "K" - Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007 y a lo previsto por el Artículo 100 bis de la Ley Provincial N
3161/74, a cuyos efectos arbitrarán los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10504-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 612-113/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase a la Categoría 24 del Escalafón General, agrupamiento Mantenimiento y Producción previsto en la Ley N 3161/74, con retroactividad al 01 de enero de 2018 al agente Eduardo Horacio MAMANI, CUIL N 20-11072080-8, personal de Planta Permanente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007, reglamentario de la Ley N
5502/05.ARTICULO 2.La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1 se atenderá con el Presupuesto General de Gastos y Recursos, Ejercicio 2019 - Ley N 6113 que prevé para la jurisdicción nyn Ministerio de Infraestructura, 1, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, U. de O.: "V3A" Dirección General de Arquitectura, la partida Gastos en Personal; la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando créditos de la Partida: 01-01-01-01-01-60: "Adecuación Ley 5502" U. de O. "K" - Obligaciones a Cargo del Tesoro.
EJERCICIOS ANTERIORES: Periodo No Consolidado Se imputará a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 P/Pago Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej.
Anteriores" y conforme a la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Articuló 3, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007 y a lo previsto por el Artículo 100 bis de la Ley Provincial N
3161/74, a cuyos efectos arbitrarán los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10532-S/2019.EXPTE Nº 716-817/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Téngase por usufructuada la licencia sin goce de haberes, a favor del Sr. Luis César Cruz, .CUIL 20-24395876-9, en el cargo categoría 16 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, en la U. de O.: R 6-01-03 Hospital San Roque, por el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2.017 y el 11 de marzo de 2019.ARTÍCULO 2.- Téngase por designada en carácter de reemplazante a la Señora Gabriela Miriam Vilca CUIL 27-25064259-3, en el cargo categoría 13 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley 3161/74, para cumplir funciones de enfermera en la Unidad de Organización R6-01-04 del Hospital "San Roque", por el periodo comprendido entre el 1 de junio dé 2.017 y el 11 de marzo de 2.019.ARTÍCULO 3.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019, Ley N 6113, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2019:
Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-04 Hospital "San Roque".EJERICIOS ANTERIORES períodos no consolidados Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/1/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data17/01/2020

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1244

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione02/08/2024

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