Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 03 de 2020.-

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Boletín Oficial Nº 1

cargos; el mismo se llevara a cabo el día 27 de marzo de 2020.- Fdo.- Lic. Isabel Neli Perez Presidente.-

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
03 ENE. LIQ. Nº 19767 $300,00.-

23/27 DIC. 03 ENE. 2020 LIQ. Nº 19964 $ 495,00.-

Presta Conformidad Cesión de Cuotas Sociales.- Graciela Nina Vulycher, DNI N 5.408.996, estado civil casada en primeras nupcias con Carlos Alberto Lucero, DNI N 7.951.199, de profesión Médica, con domicilio en calle Pedro Goyena N 81, de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, por mis propios derechos, y en mi carácter de Socia Comanditaria sobre FARMACIA INTEGRAL S.C.S., CUIT N 30-68737034-8, vengo por la presente a prestar conformidad a la Cesión de la totalidad de Cuotas Sociales de la Sra. Mirta Gabriela García, DNI N 21.322.647, consistentes en dos cuotas sociales, realizadas a favor del Sr.
Rubén Ricardo Cejas, DNI N 18.130.949, mediante instrumento de fecha 28 de Octubre del 2015, por ante Escribana Olga Olivia Otero, registrado bajo asiento A 370-F 185-1-L 64. La presente se emite a los fines de cumplimentar lo requerido por ante Registro Público de Comercio bajo Expte. NC-091064/17.- ACT. NOT. Nº B 00295983, ESC. MARIA VALERIA
BORDALLO-TIT. REG. Nº 71- SAN PEDRO DE JUJUY - JUJUY.-

EL CONSEJO DE MEDICOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY.- Convoca a Elecciones para la renovación total de Delegados de Distrito correspondiente a los Distritos electorales en que se divide la Provincia de Jujuy.- Esta convocatoria a elecciones se realiza en cumplimiento con lo que dispone el Articulo 9 de la Ley 4177/86 y lo establecido en el Articulo 171 del Decreto 4898-BS-86, y se llevará a cabo el día Jueves 23 de Abril del 2020 desde horas 08:00 y hasta horas 18:00.- La recepción de las Listas presentadas por cada Distrito, se efectuará hasta treinta días antes del acto comicial, debiendo contar con el consentimiento por escrito de cada uno de los integrantes, y cumplimentar además las calidades expresadas en el Articulo 170 de la Reglamentación respectiva.- Se transcribe Art. 170 del Decreto 4898-BS-86 que dice:
Tanto los Delegados de Distrito como los Miembros de la Mesa Directiva electos requieren para el ejercicio de sus funciones tres años de antigedad en el ejercicio profesional e igual plazo de inscripción de la matricula en la Provincia de Jujuy.- Fdo. Dr. Sebastian Romero ArenaPresidente.03 ENE. LIQ. Nº 19998 $165,00.Acta Complementaria.- En la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Departamento de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los día del mes de Marzo del año Dos Mil Diecinueve, por asunto FARMACIA
INTEGRAL SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, CUIT N 30687370348, la Sra.
Graciela Nina Vulycher, argentina, D.N.I. N 5.408.996, casada, con domicilio en calle Pedro Goyena N 81 de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy; el Sr. Rubén Ricardo Cejas, argentino, D.N.I. 18.130.949, casado, con domicilio en calle Necochea N 345, Piso N
3, Departamento N 13, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy; la Sra.
Mirta Gabriela García, DNI N 21.322.647. En uso de la palabra la Sra. Graciela Nina Vulycher, expone que ha convocado para analizar los temas relativos a lo dispuesto por Registro Público en Fs. 36 en Expte. N C-091064/17, y dar cumplimiento conforme.Encontrándose presente la totalidad de los requeridos manifiestan mediante declaración jurada, para dar cumplimiento atento al primer párrafo de Fs. 36, en Expte. N C-091064/17, que el Estado Civil de la Cedente Sra. Mirta Gabriela García, DNI N 21.322.647, es soltera, con domicilio real en calle 23 de Febrero N 296, Barrio 9 de Julio, de la Ciudad de Pálpala, Provincia de Jujuy; que el estado Civil del Cesionario Sr. Rubén Ricardo Cejas García, DNI N
18.130.949, es casado en primeras nupcias, con la Sra. Silvia Cele Chumacero, DNI N
13.889.069, ambos con domicilio real en calle Necochea N 345, Piso N 3, Departamento N
13, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy. Asimismo se hace saber que el Estado Civil de la Sra. Graciela Nina Vulycher, DNI N 5.408.996, es casada en primeras nupcias con el Sr. Carlos Alberto Lucero, DNI N 7.951.199, ambos con domicilio real en calle Pedro Goyena N 61, de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy.- Segundo, se hace saber, mediante declaración jurada para dar cumplimiento atento al segundo párrafo de Fs.
36, en Expte. N C-091064/17, que la ubicación completa de la sede social de FARMACIA
INTEGRAL SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, CUIT N 30687370348, es sita en calle Gobernador Tello N 596, de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, donde funciona efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la entidad; asimismo se denuncia como dirección de correo electrónico de la firma el domino farmacia.integralscs@yahoo.com.ar.- Se hace constar que, la Sra. Mirta Gabriela García, DNI
N 21.322.647, no resulta ser persona políticamente expuesta en los términos de la Resolución UIF N 11/2011; que, el Sr. Rubén Ricardo Cejas García, DNI N 18.130.949, no resulta ser persona políticamente expuesta en los términos de la Resolución UIF N 11/2011; que, Sra.
Graciela Nina Vulycher, DNI N 5.408.996, no resulta ser persona políticamente expuesta en los términos de la Resolución UIF N 11/2011.- Sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, a los 01 días del Mes de Marzo del año Dos Mil Diecinueve.- ACT. NOT. Nº B
00465721, ESC. PATRICIO LACSI-TIT. REG. Nº 25- S.S. DE JUJUY.- ACT. NOT. Nº B
00481673, ESC. MARIA GABRIELA MELANO RICCI-TIT. REG. Nº 46- PALPALAJUJUY.- ACT. NOT. Nº B 00462173, ESC. MARIA VALERIA BORDALLO-TIT. REG. Nº 71- SAN PEDRO DE JUJUY - JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 05 de Noviembre de 2019.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
03 ENE. LIQ. Nº 19765 $455,00.Cesión de Cuotas Sociales.- Entre Mirta Gabriela García DNI 21.322.647, profesión Farmacéutica MP 269, con domicilio en la calle 23 de febrero N 296, de la Ciudad de Pálpala, en adelante la cedente y por la otra Rubén Ricardo Cejas DNI 18.130.949, profesión Farmacéutico MP 342, con domicilio en la calle Junín N 152 Dto. N 9, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en adelante el cesionario, ambos mayores de edad y hábiles para contratar, convienen en celebrar el presente contrato de cesión de derechos y acciones, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: Primero: el cedente cede, vende y transfiere a favor del cesionario las dos 2 cuotas sociales que posee de la sociedad denominada FARMACIA
INTEGRAL SOCIEDAD DE COMANDITA SIMPLE, por la suma total y definitiva de $20
veinte pesos. Se deja establecido que dentro del precio pactado se encuentra incluido todo derecho que por cualquier concepto pudiera corresponder al cedente en su carácter de socio y propietario de las dos 2 cuotas sociales cedidas, quedando el mismo completamente desvinculado de la sociedad.- Segundo: El CESIONARIO por su parte, declara aceptar la cesión de las dos 2 cuotas sociales en las condiciones expresadas.- Leída y de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de san Pedro de Jujuy a los días 26 de octubre del año 2015.- ACT. NOT. Nº B 00181671, ESC. OLGA OLIVIA
OTERO-TIT. REG. Nº 14- SAN PEDRO DE JUJUY - JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 05 de Noviembre de 2019.JORGE EZEQUIEL VAGO

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 05 de Noviembre de 2019.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
03 ENE. LIQ. Nº 19766 $300,00.-

CONCURSOS Y QUIEBRAS

Dr. R. Sebastian Cabana-Juez de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 8 de la Provincia de Jujuy, hace saber que en el Expte. Nº C-152.749/19 caratulado: PEQUEÑA
QUIEBRA: TORRICO, CARLOS MARCELO se ha dictado la siguiente resolución: 19 de diciembre de 2019 Autos y Vistos ResultaConsiderandoResuelve: I 1.- Declarar en estado de quiebra del Sr. CARLOS MARCELO TORRICO, DNI Nº 30.548.850, CUIL 2030548850-0, con domicilio real denunciado en calle Soldado García Nº 339, Bº Banco Hipotecario, Alto Comedero, de esta ciudad.- 2.- INTIMAR al fallido a que en el plazo de cinco 5 días proceda a dar cumplimiento con lo normado por el Art. 52 del C.P.C. y 12 de la ley 24.522, ello bajo el apercibimiento que ahí se dispone.- 3.- FIJAR Audiencia a los fines del sorteo de la sindicatura para el jueves 26 de diciembre de 2019 a hs. 9.00 la que se llevará a cabo en la Secretaría de Superintendencia de éste Poder Judicial. Librar oficio al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Secretaría de Superintendencia a fin de que tomen conocimiento de lo aquí dispuesto con expresa HABILITACIÓN DE DÍAS Y HORAS.- 4.HACER saber al síndico designado que deberá aceptar el cargo en el plazo de dos 2 días de notificado, bajo apercibimiento de considerar su omisión falta grave la que podrá ser sancionada con multa o incluso remoción art. 255 de la ley 24.522.- 5.- DECRETAR la inhabilitación del fallido en los términos de los arts. 236, 237 y 238 de la Ley concursal.- 6.- ORDENAR la anotación de la quiebra en el Juzgado a cargo del Registro Público y la Inhibición General de bienes del fallido para disponer y gravar bienes registrables, debiendo librarse los oficios respectivos, a los registros correspondientes: Registro Público, Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Dirección General de Inmuebles, Registro de Crédito Prendario, Marcas y Señales, AFIP-DGI, Municipalidad de la Capital, Dirección General de Rentas e Instituciones Bancarias de esta jurisdicción, dejándose constancia que la medida no estará sujeta a caducidad por transcurso del plazo legal.- 7.- ORDENAR el cierre de la totalidad de las cuentas de cualquier naturaleza abiertas a nombre del fallido en las entidades bancarias y financieras, cuyos saldos deberán ser puestos de inmediato a disposición de este Juzgado, debiendo librarse a tal fin oficio al Banco Central de la República Argentina.- 8.- ORDENAR al fallido y a los terceros, en su caso, que entreguen al Síndico los bienes y papeles objeto de desapoderamiento.9.- INTIMAR al fallido para que cumpla en lo pertinente con los recaudos del art. 86 de la L.C.Q. y para que dentro de las veinticuatro horas de notificados entregue al Juzgado o al Síndico, todo respaldo documental, o los libros que pueda poseer, relacionados con su contabilidad.- 10.- PROHIBIR expresamente hacer pagos o entrega de efectos al fallido, los que, de efectuarse serán ineficaces.- 11.- DISPONER la intercepción de la correspondencia epistolar, telegráfica y electrónica y su entrega al Síndico, debiendo librarse a tal efecto los respectivos oficios al Correo Argentino, OCA, Andreani y demás empresas privadas de público y notorio conocimiento y servidores locales de Internet, debiendo dicho funcionario hacer entrega al fallido de las que fueran personales.- 12.- LIBRAR oficios a la Dirección Nacional de Migraciones y Radicaciones Delegación Jujuy, Aduana, Gendarmería Nacional, Policía de la Provincia, Federal, Prefectura Naval, Aeronáutica y al Ministerio del Interior para que por la vía pertinente efectivice la medida art. 103 de la L.C.Q., a fin de hacerles saber que el Sr.
CARLOS MARCELO TORRICO, DNI Nº 30.548.850, CUIL 20-30548850-0, tiene prohibido salir del país sin autorización del Juez de la presente causa.- 13.- ORDENAR la realización de los bienes del fallido, lo que estará a cargo del síndico de la causa y en su caso del martillero que en el carácter de enajenador Art. 261 LCQ sea designado.- 14.- LIBRAR oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de esta jurisdicción a fin de que informe los antecedentes dominiales correspondientes al fallido desde dos años anteriores a esta resolución.- 15.- FIJAR
el día 10 del mes de marzo de 2020, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al síndico las peticiones de verificación de sus créditos y títulos pertinentes con los alcances previstos por el art. 200 de la ley 24.522.- 16.- FIJAR para el 4 de mayo y para el 18 de junio, ambos de 2020, como fechas, para que el Síndico presente el informe individual y general respectivamente. Aclarar que en el caso de ser declarados inhábiles algunos de los días establecidos en éste resolutorio, se trasladarán al día hábil inmediato posterior.- 17.DISPONER el cese de todo descuento de los haberes del fallido con la salvedad de aquellos que sean por alimentos, aportes por jubilación, obra social y seguros obligatorios, etc.. En consecuencia, líbrese oficio con habilitación de días y horasal Banco Macro S.A. y al sector Sueldos del Ministerio de Salud de la Provincia, haciendo saber de la presente declaración de quiebra y de lo aquí ordenado.- 18.- LIBRAR mandamiento al domicilio real del fallido, sito en calle Soldado García Nº 339, Bº Banco Hipotecaria, Alto Comedero, de esta ciudad, a efectos de constatar la existencia de ocupantes, su identidad y el carácter que invocan, debiendo en su caso proceder a la incautación de sus bienes en la forma señalada en el art. 177 de la L.C.Q., sin perjuicio de la confección del inventario previsto en dicha norma, si no fuere vivienda, con habilitación de días y horas inhábiles, el que deberá ser confeccionado por la Sindicatura art.
88, inc. 10 de la ley 24.522. A tal fin el Oficial de Justicia podrá requerir el auxilio de la fuerza
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/1/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data03/01/2020

Conteggio pagine4

Numero di edizioni1244

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione02/08/2024

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