Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 20 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 132

solicitado por el Dr. Juan Pablo Bianchedi a fs. 174, hágase lugar al apercibimiento ordenado mediante providencia de fecha 19/09/2017 punto II fs. 52, en consecuencia téngase por decaído el derecho de intervenir en el proceso a El Camino Brandins S.A. citado en calidad de tercero obligado. II.- Notifíquese la presente providencia a El Camino Brandins S.A., mediante Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días, imponiéndose la carga a la parte interesada, la que deberá ser presentada en el término de tres días y diligenciarla en igual plazo, bajo apercibimiento de ley. III.- Notifíquese por Cédula. Fdo.
María Del Huerto Sapag-Juez-Ante Mi Agustina Taglioli-Prosecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 09
Septiembre de 2019.15/20/22 NOV. LIQ. Nº 19391 $615,00.Departamento Personal, Policía de la Provincia de Jujuy: Reft.: Expte. Ministerial Nro. 14141284/19 Identificado en el Departamento Personal bajo Expte. N Cde. 4-159-DP/19
caratuladas Actuaciones Sumarias Administrativas por infracción al Art. 189 inc. 13 de la R.L.O.P. concordante con el Art. 13 del R.R.D.P., por la presente se notifica al Oficial SubInspector TOLABA ARIEL EUSEBIO Legajo N 16.931, que mediante Resolución Nro.
1762-DP/2019, de fecha 31-07-2019, el Sr. Jefe de Policía de la Provincia Resuelve ARTÍCULO 4: Aplicar al Of. Sub-Inspector TOLABA ARIEL EUSEBIO Legajo N
16931, la sanción disciplinaria consistente en DIEZ 10 DIAS DE ARRESTO por haber infringido las disposiciones del Art 189 inc. 13 de la RLOP concordante con el Art. 13 del RRDP, por tramitar en forma negligente los presentes obrados, firmado por el Sr. Jefe de Policía Crio. Gral. Ernesto Guillermo Corro.- Cabe destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia de la Resolución N
1762-DP/19 a disposición del Oficial Sub Inspector TOLABA ARIEL EUSEBIO.- Fdo. Alicia Guanuco-Comisario Inspector.- San Salvador de Jujuy, 11 de Noviembre de 2019.15/20/22 NOV. S/C.Departamento Personal, Policía de la Provincia de Jujuy Rfte.: Expte. Ministerial Nro. 14141877/18 Identificado en el Departamento Personal bajo Expte. N Cde. 6-797-DP/16
caratuladas Actuaciones Sumarias Administrativas por infracción al Art. 15º Inc. a y z del R.R.D.P., por la presente se notifica al Sargento Primero MARTÍNEZ RAMÓN ARIEL, que mediante Decreto Nro. 9985-MS/2019, de fecha 30-07-2019, el Sr. Gobernador de la Provincia DECRETA: ARTÍCULO 1: Dispóngase la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al Sargento Primero MARTÍNEZ RAMÓN ARIEL, D.N.I. N 23.926.378, Legajo N 13.384 por infracción al artículo 15 inc. a y z del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme artículo 26 Inc. a del mismo cuerpo legal, firmado por el Sr. Gobernador CPN. GERARDO RUBEN MORALES y por el Ministro de Seguridad Interino Crio. Gral. GUILLERMO RUBEN TEJERINA. En consecuencia se le notifica que en el término de 12 hs. el Sr. MARTÍNEZ RAMÓN ARIEL
deberá hacer entrega en la División Armamento y Equipo del Departamento Logística ubicado en Avenida 1 de Mayo N 988 predio Bajo la Viña Barrio Villa San Martín, la totalidad de los elementos provistos armamento, cargadores, cartuchos, baqueta, etc. en tanto la Credencial Policial deberá hacerla entrega en el Departamento Personal sito en Avenida Santibáñez N
1372 Barrio Centro ciudad Capital, todo ello bajo apercibimiento de iniciarse las Actuaciones Sumarias Judiciales correspondientes en caso de no restituir los elementos mencionados.- Cabe destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia del Decreto 9985-MS/19 a disposición del Sr. MARTÍNEZ
RAMÓN ARIEL.- Fdo. Alicia Guanuco-Comisario Inspector.- San Salvador de Jujuy, 07 de Noviembre de 2019.-

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mismo plazo señalado, se intimará para que se constituya domicilio legal dentro del radio de tres Kms. del asiento de este juzgado, sito calle Independencia esquina Lamadrid, Cuidad, bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía y notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de ley Art. 52 del C.P.C..- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado.- A tal fin líbrese Mandamiento al señor Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes al caso.- Atento a las facultades conferidas en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar las diligencias para su posterior control y firma del Juzgado el que deberá presentarse en Secretaria en el término de cinco días.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C..- Fdo: Marisa E. Rondon-Juez; Ante Mí: Dra.
Valeria A. Bartoletti-Prosecretaria.- Decreto de fs. San Salvador de Jujuy, 03 de octubre de 2019.- Atento las constancias de autos de fs. 17/vta., 28, 31 y lo manifestado en el escrito que antecede, notifíquese del decreto de fs. 11 mediante la Publicación de Edictos en el Boletín Oficial y un Diario de Circulación local al Sr. CHAUQUE GUILLERMO NESTOR DNI Nº 26.675.261 por el término de cinco días, contados a partir de la última publicación, en conformidad con lo dispuesto en el art. 162 del C.P.C., bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- Notifíquese art. 154 del C.P.C. Fdo: Marisa E.
Rondon-Juez; Ante Mi: Dra. Valeria A. Bartoletti-Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, a los 31 días del mes de Octubre del 2019.20/22/25 NOV. LIQ. N 19495 $615,00.Dra. Lis Valdecantos BernalJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a GABRIEL GABINO NOLASCO, que en el Expte.
Nº C-102871/17, caratulado: Ejecutivo: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ NOLASCO, GABRIEL
GABINO, se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 30 de Octubre de 2019.- Autos y Vistos y Considerando Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CASTILLO S.A.C.I.F.I.A en contra de GABRIEL GABINO NOLASCO
hasta hacerse el acreedor del íntegro pago de la suma de Pesos Trece Mil Cuatrocientos Seis Con Ochenta Centavos $ 13.406,80, suma a la que se le adicionara el interés conforme a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a los treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme lo dispuesto en la última doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa Nº 7096/09, de fecha 11/05/11, registrada en L.A Nº 54 Fº 673/378, Nº 235, tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del titulo 06/10/16 y hasta la mora acaecida en fecha 14/11/16, y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como los punitorios han sido pactados se fijan en un 50% de los moratorios desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la vencida Art. 102 del C.P.C..- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr.
Carlos Abel Damian Aguiar en la suma de Pesos Diez Mil Ciento Veinticinco $10.125,00, conforme lo dispuesto por el art. 35 de la ley 6112, atendiendo a la labor desarrollada en autos, el monto ejecutado, las etapas cumplidas y el resultado acaecido; suma, ésta, calculada a la fecha de la presente y la que sólo en caso de mora devengará interés a Tasa Activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Notificar por cédula a las partes;
a C.A.P.S.A.P. y en lo sucesivo por Ministerio de Ley art. 154 del C.P.C..- VII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos BernalJuezAnte Mi Dra.
María Eugenia PediconeFirma Habilitada.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 30 de Octubre de 2019.20/22/25 NOV. LIQ. N 19494 $615,00.-

15/20/22 NOV. S/C.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Secretaria N 8, en el Expte. Nº C142052/2019, caratulado: Acción de Cambio de Nombre solicitada por FATIMA MARINA
TOLABA RODRIGUEZ, se hace saber a los interesados que se ha dictado el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 15 de Agosto de 2019.- I.- La Señora FATIMA MARINA
TOLABA RODRIGUEZ DNI. Nº 19.029.759, domiciliada en calle Lola Mora S/NMza. 3, Lote 99 del Barrio San Pedrito de la Ciudad de San Salvador de Jujuy: Promueve la presente acción a fin de suprimir el apellido paterno, debiendo publicarse los edictos pertinentes de conformidad al Art 70 del C. C. y C.- Podrá formularse oposición dentro de los quince días hábiles computados desde la última publicación.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un diario local una vez al mes por un lapso de dos meses.- San Salvador de Jujuy, 08 de Octubre de 2.019. 18 OCT. 20 NOV. LIQ N 18967 $410,00.Dr. Marisa E. Rondon Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaria Nº 6, de la Provincia de Jujuy, en el C-112260/18 BARRIOS MORAN MARTIN GONZALO c/
PEREIRA JUAN ANTONIO Y OTROS, hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído:
San Salvador de Jujuy, 16 de mayo 2018.- Por presentado el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, por constituido domicilio legal, por parte en el carácter invocado, en nombre BARRIOS, MARTIN GONZALO, conforme copia debidamente juramentada del Poder General para Juicio que rola agregada en autos.- Asimismo, proveyendo el escrito que antecede y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérasele de Pago, Ejecución y Embargo, a los demandados PEREIRA, JUAN ANTONIO DNI 36.123.777 y CHAUQUE, GUILLERMO NESTOR DNI 26.675.261 en el domicilio denunciado, por la suma de Pesos Doce Mil $12.000 que se reclama en concepto de capital, con más la suma de Pesos Seis Mil $6.000, presupuestado para responder accesorias legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago, hágase saber que se trabara Embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.- En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de o los acreedores prendarios o Juez embargante.- En el mismo acto, cítese de Remate a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas, dentro del plazo de cinco días bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrase traslado a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C094139/17, caratulado: Ejecutivo: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ VILTE ADRIANA JUDITH, se hace saber a la demandada Sra. ADRIANA JUDITH VILTE, la siguiente Providencia: San Salvador de Jujuy, 04 de Noviembre de 2019.- I.- Proveyendo la presentación de fs. 124:
regúlense los honorarios profesionales del Dr. Carlos A. D. Aguiar en la suma de Pesos: Tres Mil Trescientos Setenta y Cinco $3.375.-, por la etapa de Ejecución de Sentencia, conforme lo dispuesto por el Art. 44 de la Ley 6112, atendiendo a la labor desarrollada en autos, el monto ejecutado, las etapas cumplidas y el resultado obtenido suma esta, calculada a la fecha de la presente y la que solo en caso de mora devengara interés a Tasa Activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Bco. de la Nación Argentina, con más I.V.A. si correspondiere.- II.- Notifíquese por Edicto, a las partes y a C.A.P.S.A.P..- Fdo.: Dra.
Lis Valdecantos Bernal-JuezAnte mí: Dra. Sandra Torres-Secretaria. Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial Art. 162 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dra. Sandra Torres.- San Salvador de Jujuy, 04 de Noviembre de 2019.20/22/25 NOV. LIQ. N 19493 $615,00.La Dra. María del Huerto Sapag, Juez de la Vocalía N 6 de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N C-047224/2015, caratulado: Daños y Perjuicios: PORTAL SOSA HILDA c/ ALVAREZ JORGE DANIEL; GONZALEZ SERGIO
ALFREDO y OTROS, notifica al Sr. SERGIO ALFREDO GONZALEZ, el proveído que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY 06 DE JUNIO DEL AÑO 2015. ITéngase por presentado al Dr. MIGUEL ANGEL AILAN, quien lo hace en nombre y representación de la Sra. HILDA PORTAL SOSA quien actúa por si y en nombre y representación de su nieto menor de edad RODRIGO ALEJANDRO PORTAL, a mérito de las copias del Poder General para juicios, que debidamente juramentado acompaña a fs. 20/24 de autos, por parte y por constituido domicilio legal; y por presentado en nombre y representación de la Sra. HILDA PORTAL SOSA en nombre y representación de sus nietos menores de edad ALEXANDER JOAQUIN PORTAL, CRISTIAN ISMAEL GUTIERREZ, BELEN
GUADALUPE GUTIERREZ PORTAL, a mérito de la personería de urgencia invocada en los términos y con el alcance de lo previsto por el Art. 60 del C.P.C., por parte y por constituido domicilio legal.- IIDe la demanda ordinaria deducida, córrase traslado a JORGE DANIEL
ALVAREZ, SERGIO ALFREDO GONZALEZ y ROSA SULLCA CONTRERAS, en los domicilios denunciados, y con las copias respectivas, para que conteste dentro del término de Quince Días hábiles con más dos días hábiles en razón de la distancia; contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/11/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data20/11/2019

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

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