Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/7/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 18 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 79

Avda. Belgrano Nº 595 de la ciudad de Perico, departamento El Carmen, provincia de Jujuy, resulta ser Persona Políticamente Expuesta en los términos de la Resolución Nº 11/2011 de la UIF, por desempeñar el cargo de Director Titular en la empresa Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado.- ESC. CASALI LEONARDO GABRIEL TIT.
REG. Nº 72- EL CARMENJUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 06 de Junio de 2018.MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.18 JUL. LIQ. Nº 14761 $230,00.Nº 103.- Escritura Numero Ciento Tres.- EL GIRASOL S.C.: Capital Social Actualizado y Participación Societaria Actual.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los tres días del mes de mayo de dos mil dieciocho, ante mi, María Susana Macina de Carrera, Escribana Titular del Registro Notarial Treinta y Dos, COMPARECEN: María Amelia Pérez, argentina, nacida el 06/02/1949, DNI 5.278.415, CUIT/CUIL 27-05278415-3, viuda de sus únicas nupcias de Carlos Sergio Grossman, domiciliada en calle Macedonio Graz Nº 786 del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad; Verónica Ariela Grossman, argentina, nacida el 14/10/1978, DNI 26.793.398, CUIT/CUIL 27-26793398-2, casada en segundas nupcias con Rubén Toraño, domiciliada en calle Monteagudo Nº 340, 1er. Piso, Dpto. 6, Block B, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Capital de la Provincia de Tucumán, exprofesamente aquí; y Laura Elizabeth GROSSMAN, argentina, nacida el 24/03/1986, DNI Nº 32.158.889, CUIT/CUIL 27-32158889-7, casada en primeras nupcias con Héctor Federico Perea, domiciliada en calle El Chañi Nº 531, barrio Loma Golf, ciudad de Palpalá, jurisdicción del departamento de igual nombre de esta Provincia.- Afirmo conocer a las comparecientes conforme lo previsto en el art. 306 inciso "b" del Código Civil y Comercial de la Nación, quienes intervienen en ejercicio de sus propios derechos, como actuales únicas socias que integran el elenco societario de "EL GIRASOL S.C y en tal carácter vienen por este acto a expresar por escritura pública lo siguiente:
PRIMERO: Que ante el retiro de la socia Karen Cecilia Grossman, cuya participación social se pagó en especie, formalizaron una dación en pago con la cesión de su participación societaria en EL GIRASOL S.C., según así lo documenta la escritura pública Nº 317, de fecha 04/10/2017, autorizada por mí al Folio 1007, permaneciendo las socias restantes María Amelia Pérez, Verónica Ariela Grossman y Laura Elizabeth Grossman como titulares del cien por ciento 100% del capital social.- SEGUNDA: La escritura referenciada en el punto precedente se encuentra en trámite de inscripción ante el Registro Público de Comercio bajo Expte. Nº C-107878, de cuyas actuaciones resulta que a Fs.13 el Juez a cargo resolvió que para una correcta inscripción debe indicarse la actual conformación y distribución del capital social entre los socios que permanecen.TERCERA: Acorde con la certificación contable emitida sobre la evolución del patrimonio neto en función de la reducción del capital y de su patrimonio, las socias María Amelia Pérez, Verónica Ariela Grossman y Laura Elizabeth Grossman, dejan establecida su parte de interés en el capital social que en virtud de la reducción operada es igual a la suma de $745.621,13, y aprueban conformar la redistribución de sus porcentajes de participación en la siguiente forma: a La socia María Amelia Pérez con el 75,66%, equivalente a la suma de $564.193,54.- b La socia Verónica Ariela Grossman con el 10,94%, equivalente a la suma de $81.543,27.- c La socia Laura Elizabeth Grossman con el 13,40%, equivalente a la suma de $99.884,32.- CUARTA. En los términos expresados dejan determinada la actual participación societaria de cada socia en la sociedad colectiva "EL GIRASOL S.C y el presente instrumento se tiene como parte integrante del contrato constitutivo, y ruegan que así se inscriba su participación societaria.- QUINTA: Por revestir carácter propio la parte de interés cedida por la socia saliente Karen Cecilia Grossman, se prescindió del asentimiento conyugal de Adrián Pablo Lanza.- Declaración Jurada Sobre la Condición de Persona Expuesta Políticamente.- Ley Nº 25.246 - Resol. UIF 11/2011 y 21/2011 - Modif. 488/13 y Disp.
Nº 446/2013.- Las comparecientes María Amelia PEREZ, Verónica Ariela Grossman y Laura Elizabeth Grossman, dando cumplimiento a las disposiciones dictadas por la Unidad de Información Financiera, declaran bajo juramento que sus datos personales identificatorios son los consignados en el comparendo, los cuales son correctos y completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentran alcanzadas ni incluidas dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente de la UIF, nómina que declaran conocer, denunciando que el correo electrónico correspondiente a la sociedad es: elgirasol@gmail.com, asumiendo el formal compromiso de informar cualquier variación o modificación, dentro de los treinta 30 días de haberse producido, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- Finalmente, ratifican la misma ubicación de la sede social en calle Macedonio Graz Nº 786 del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, lugar donde funciona efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la sociedad.- Leída la presente escritura, las comparecientes así la otorgan y firman por ante mí, doy fe.- Concuerda: con su escritura matriz que paso ante mí al folio 281, del protocolo A del Registro N 32 a mi cargo, Doy Fe.- Para la Sociedad; EL GIRASOL S.A., expido este primer testimonio en dos fojas de actuación notarial, debidamente repuestas con el sello de Ley, que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ACT. NOT. A 00204295- ESC. MARIA
SUSANA MACINA DE CARRERATIT. REG. Nº 32- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 12 de Julio de 2018.MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.18 JUL. LIQ. Nº 14793 $350,00.-

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Nº 317.- Escritura Trescientos Diecisiete.- El Girasol Sociedad Colectiva.- Dación en pago por Retiro de la Socia Karen Cecilia Grossman.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil diecisiete, ante mí, María Susana Macina de Carrera, Escribana Titular del Registro Notarial Treinta y Dos, Comparecen María Amelia Pérez, argentina, nacida el 06/02/1949, DNI 5.278.415, CUIT/CUIL 27-05278415-3, viuda de sus únicas nupcias de Carlos Sergio Grossman, domiciliada en calle Macedonio Graz Nº 786 del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad; Verónica Ariela Grossman, argentina, nacida el 14/10/1978, DNI 26.793.398, CUIT/CUIL 27-26793398-2, casada en segundas nupcias con Rubén Toraño, domiciliada en calle Monteagudo Nº 340, 1er.Piso, Dpto. 6, Block B, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Capital de la Provincia de Tucumán, exprofesamente aquí; Laura Elizabeth Grossman, argentina, nacida el 24/03/1986, DNI
Nº 32.158.889, CUIT/CUIL 27-32158889-7, casada en primeras nupcias con Héctor Federico Perea, domiciliada en Mina Capillitas Nº 738, barrio Santa Bárbara, ciudad de Palpalá, jurisdicción del departamento de igual nombre de esta Provincia; y Karen Cecilia Grossman, argentina, nacida el 24/03/1986, DNI Nº 32.158.890, CUIT/CUIL 2732158890-0, casada en primeras nupcias con Adrián Pablo Lanza, domiciliada en calle Río Pilcomayo Nº 1365 del barrio Alto Moreno de esta ciudad.- Afirmo conocer a las comparecientes conforme lo previsto en el art. 306 inciso b del Código Civil y Comercial de la Nación, quienes intervienen en ejercicio de sus propios derechos, actuando al mismo tiempo María Amelia Pérez como la representante legal de la sociedad denominada EL GIRASOL SOCIEDAD COLECTIVA, CUIT 3071150814-3, con domicilio en calle Macedonio Graz Nº 786 del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, invistiendo el carácter de Socia Administradora-Gerente y con uso de la firma social, acreditando la existencia legal de la sociedad que representa y el carácter que inviste, con el contrato constitutivo de la nombrada sociedad que resulta documentado en la escritura Nº 202, de fecha 07/07/2010, autorizada por mí al Folio 451, y consta inscripta en el Registro Público de Comercio en fecha 10/08/2010, al Folio 33, Acta Nº 33, Libro I de Sociedades Colectivas, y registrado con copia bajo Asiento Nº 4, Folios 16/28, Legajo IV, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles de "S.C Declara la representante legal de EL GIRASOL SOCIEDAD COLECTIVA, que lo relacionado es la única documentación que a la fecha justifica el carácter invocado y la existencia legal de la sociedad que representa.- Y las comparecientes EXPRESAN:
Primero: Retiro de la Socia Karen Cecilia Grossman de la Sociedad EL GIRASOL
SOCIEDAD COLECTIVA.- María Amelia Pérez, Verónica Ariela Grossman, Laura Elizabeth Grossman y Karen Cecilia Grossman, son las únicas socias titulares del cien por ciento del capital social de EL GIRASOL SOCIEDAD COLECTIVA, y en tal carácter acordaron prestar conformidad a la socia Karen Cecilia Grossman para que se retire de la sociedad cediendo a la sociedad su parte de interés equivalente al 9,75% del capital social, lo cual consta en Acta de Reunión de Socios obrante a Fs. 22/24 del Libro de Actas Nº 1 perteneciente a la sociedad, la que para mayor recaudo a continuación se transcribe en forma literal y dice así: Acta de Reunión de Socio.- A los 11/08/2017, en la sede social de "EL GIRASOL SOCIEDAD COLECTIVA", sita en calle Macedonio Graz Nº 786 del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, se reúnen la totalidad de sus socios señoras: María Amelia Pérez, Verónica Ariela Grossman, Laura Elizabeth Grossman y Karen Cecilia Grossman, quienes representan el 100% del capital social, para tratar como único tema del orden del día el haber tomado conocimiento que la socia Karen Cecilia Grossman ha exteriorizado su voluntad de desvincularse de la sociedad cediendo su parte de interés a la sociedad, a cuyo efecto se hace necesario la conformidad de las restantes socias, quienes a su respecto expresan su total conformidad, sin que existan objeciones, habiéndose evaluado que la propuesta más conveniente para cancelar el valor de la parte de interés o participación societaria del 9,75% de la socia saliente sea pagado en especie, para lo cual aprueban que la sociedad adquiera ese porcentual haciendo una reducción del patrimonio neto, -según estado de situación patrimonial especial al 31/07/2017-, en la suma de $3.447.038 pesos tres millones cuatrocientos cuarenta y siete mil treinta y ocho equivalente al porcentual del 9,75% de participación social perteneciente a la socia saliente, facultándose a la representante legal de la sociedad para que acepte la cesión a favor de EL GIRASOL SOCIEDAD
COLECTIVA y firme la escritura de dación en pago con la transferencia de un inmueble de propiedad de la empresa a favor de la socia que se retira Karen Cecilia Grossman, dándose por cancelada su participación societaria y quedando desvinculada de la sociedad. En consecuencia, por unanimidad de votos dan su expresa conformidad para que Karen Cecilia Grossman transfiera su parte de interés del 9,75% a favor de EL
GIRASOL SOCIEDAD COLECTIVA, y que la sociedad pague en especie haciendo una transferencia de dominio a favor de la ex-socia Karen Cecilia Grossman del inmueble que justiprecian en la suma de $4.435.708,90 pesos cuatro millones cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos ocho con noventa centavos, ubicado en la Ciudad de La Quiaca, Departamento Yavi de esta Provincia, identificado con la siguiente NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción 1; Sección 2; Manzana 7; Parcela 39, Padrón N-4959.- En función del valor consensuado para el bien raíz a ser transferido en pago, se genera a favor de la sociedad una diferencia de valor que asciende a la suma de $988.670,90 pesos novecientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta con noventa centavos, importe que la socia saliente se obliga a pagar a la sociedad para dar por compensadas las contraprestaciones, cuyo pago efectuará en dinero efectivo al momento de firmarse la respectiva escritura pública traslativa de dominio dentro de los próximos sesenta días.- Deberá quedar reflejada contablemente la decisión social adoptada dando por cancelada la participación societaria del 9,75% de la socia saliente con pago en especie con reducción del patrimonio social hasta la suma de $3.447.038, generándose a favor de la sociedad un crédito por la suma de $988.670,90 como diferencia de valor a ser cancelado en dinero efectivo por la socia saliente.- No habiendo otro asunto que tratar, se da por concluida esta reunión de socios, suscribiendo al pie de la presente todas las personas asistentes en prueba de conformidad a lo aquí resuelto, dando por cerrada esta Reunión de Socios a las 12:00Hs.- Hay cuatro firmas ilegibles.- Lo transcripto Es Copia Fiel y Literal del Acta de Reunión de Socios que tengo a la vista, obrante a Fs.
22/24 del Libro de Actas Nº 1 perteneciente a la sociedad y devuelvo a su representante legal, incorporando una fotocopia al Legajo de Comprobantes de la presente escritura.Segundo: CESION DE PARTICIPACIÓN SOCIETARIA.- 2.I: Karen Cecilia Grossman
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/7/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data18/07/2018

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

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