Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/2/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Febrero, 16 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 19

anteriores prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos - Ejercicio 2017 Ley Nº 6.001 informada por la Dirección de Presupuesto, debiendo Policía de la Provincia de Jujuy cumplir con la autorización, aprobación y ejecución del gasto de acuerdo a las disposiciones vigentes.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5155-MS/2017.EXPTE. Nº 1414-743/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase a Contaduría de la Provincia a imputar la erogación derivada del Expediente N 1414-743/2017, caratulado: "Planillas de Liquidación de reintegro de disponibilidad 25% correspondiente al AGENTE RODRÍGUEZ MAURO ALEJANDRO, D.N.I. N 35.824.197", a la Partida "L" deuda pública 03-10-15-01-26 para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos-Ejercicio 2017 Ley N
6.001, informada por la Dirección de Presupuesto, debiendo Policía de la Provincia cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes.ARTICULO 2º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5364-MS/2017.EXPTE. Nº 412-742/2014.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispónese la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en modalidad de CESANTÍA al AGENTE ROMERO
FABIANA LUCIA, D.N.I. N 34.605.613, Legajo N 18.939, por haber infringido con su accionar lo dispuesto en el articulo 15º inc. d del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme a las previsiones del artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal.ARTICULO 2º.-Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50º y ccs. de la Ley N 1.886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5367-MS/2017.EXPTE. Nº 0412-254/2015.C/ Agdo. Nº 412-337/2015.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al Oficial Inspector de Policía Sr. RAMIREZ JUAN REYNALDO, D.N.I. N 24.328.290, Legajo N 14.043; por infringir lo dispuesto en el artículo 15 inc. a, x y z: en concordancia con el artículo 29 del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal.ARTICULO 2.-Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50º y ccs. de la Ley N 1886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5370-MS/2017.EXPTE. Nº 412-758/2015.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

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DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese, la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al Cabo DECIMA SERGIO GASTON, D.N.I.
N 29.599.765, Legajo N 16.286 por haber infringido lo dispuesto en el artículo 15 inc. r y z del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme a las previsiones del artículo 26 inc. a del citado instrumento legal.ARTICULO 2.-Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50º y ccs. de la Ley N 1886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5371-MS/2017.EXPTE. Nº 412-992/15.C/ Agdo. Nº 1414-607/16 y 1414-606/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al Cabo FLORES ALICIA
MARIA, D.N.I. N 18.805.662, Legajo N 17.305, por haber infringido lo dispuesto en el artículo 15 inc. a y z agravado por el artículo 40 inc. f del R.R.D.P, conforme lo establecido por el artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal, por los hechos ocurridos el 07-10-2014 del expediente obrante en autos Hurto Simple C.P.N.; el 22-08-2015 del expediente N 1414-607/16 Hurto Calificado en Grado de Tentativa y el 08-04-2015 del expediente N 1414606/16 Hurto y Amenazas de Muerte en Concurso Real C.P.N.ARTICULO 2º.-Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50º y ccs. de la Ley N 1.886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5381-E/2017.EXPTE. Nº 1050-1167/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Encárgase la Cartera de Educación a la Secretaria de Gestión Educativa, Prof. AURORA ELENA BRAJCICH, D.N.I. N
12.635.436, mientras dure la ausencia del titular.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5411-ISPTyV/2017.EXPTE. Nº 516-075/2016.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébase el Plano de MENSURA y LOTEO del inmueble ubicado en Barrio Alto Comedero Los Alisos, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, identificado individualizado como Circunscripción 5, Sección 2, Parcela 1145, Padrón A-92658, Matrícula A-68222, de propiedad de BELLOMO
SOCIEDAD ANÓNIMA.ARTICULO 2º.- Aceptase la Donación de los espacios reservados para uso público, agregada a fs. 21, y que surgen del plano que por este acto se aprueba. Consecuentemente el Departamento Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles tomara razón de los espacios destinados para uso público según exigencias de la Ley 2903/72, y atento a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994.ARTÍCULO 3.- En virtud de la Ley N5070 y Decreto N 585-E/1990, se procederá a inscribir en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, a favor de los Municipios respectivos, los inmuebles y fracciones de inmuebles que se hubieren reservado o destinado a plazas y espacios verdes.ARTÍCULO 4.- La aprobación del presente fraccionamiento es al solo efecto de su registración en la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo la completa responsabilidad técnica del profesional actuante.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/2/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data16/02/2018

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1243

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione31/07/2024

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