Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/10/2020

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 22 de octubre de 2020

BOLETIN OFICIAL

aba como fecha límite de presentación de documental que acreditara el legajo de proveedor actualizado, obrando a fs. 451 constancia emitida por la Unidad Central de Contrataciones que a la fecha de labrar el acta se encuentra desactualizado, motivo por el cual se decide no considerar la oferta;
Que, se toma conocimiento que la Firma Super La Estrella S.R.L.
en su oferta de fs. 167 solicita se tenga en cuenta la Ley N 9.353, asimismo de fs. 412/436, ha se, efectuado una presentación adjuntando documental para tal fin;
Que, se ha recepcionado el respectivo informe técnico elaborado por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología, el cual obra a fs. 442/450 de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 del pliego de condiciones;
Que, analizadas las propuestas la comisión aconseja aprobar todo lo actuado en la contratación directa por vía de excepción, autorizada mediante Decreto 955/20 M.D.S y rechazar las ofertas presentadas por las firmas que se mencionan, por los motivos que en cada caso se especifican: Biomed S.A" para el Anexo I - Alimentos: ítem 05 e ítem 07; Super La Estrella S.R.L.: para el Anexo IAlimentos: ítem 07 - y Anexo II - Artículos de Higiene: ítem 01 e ítem 02; Industrias Alimenticias La Blanquita S.R.L.: poro el Anexo I - Alimentos: ítem 05
e ítem 07; Esteban Juan Clucellas: para el Anexo I - Alimentos: ítem 01, ítem 02, ítem 03, ítem 04, ítem 05, ítem 07, ítem 08 e ítem 09 y Anexo II -Artículos de Higiene: ítem 01 e ítem 02 y Masivo S.A.: para el Anexo I - Alimentos: ítem 01 - ítem 02 - ítem 03 - ítem 05 - e ítem 06;
Que, paso siguiente la comisión aconseja adjudicar conforme al siguiente detalle: Anexo IAlimentos: a favor la firma Super La Estrella S.R.L. CUIT 33-70907621-9, los ítem Ns. 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07-, a favor de la firma Alimentos Vida S.A. el Ítem Nº 8 y a favor de la firma Masivo S.A. CUIT 30-71097528-7 el ítem Nº 09-, por los motivos especificados en codo coso y para el Anexo IIArtículos de Higiene de acuerdo al siguiente detalle: Golda Ernesto Natan CUIT
23-25307463-9 Ítem N 1- y a favor de la firma Masivo S.A, CUIT
30-71 097528-7 el Ítem Nº 2-, de acuerdo a los motivos especificados en cada caso;
Que, se han incrementado en un 30% los cantidades totales por renglón, ello conforme lo prevé el artículo 64 del Decreto N 795/96
MEHF y atendiendo los argumentos de la necesidad de contar con los recursos necesarios para la asistencia alimentaria de la población de todo el territorio de la provincia que está siendo y será afectada de diferentes maneras por la pandemia declarada por la O.M.S. a raíz del brote de COVID-19, y lo contemplado en el Punto cdel Acta N
02/20;
Que, la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción, efectúa la reserva preventiva de los fondos con intervención la Contaduría General de la Provincia;
Que, la gestión de compra tramitada encuadra en el procedimiento de contratación directa por vía de excepción según la modalidad de libre elección por negociación directa, previsto en los artículos 26
Inc. h y 27 c apartado b punto 9 de la Ley 5140, t.o. por Decreto N 404/95 MEOSPy sus modificatorios, concordante con los artículos 64, 132 Inc. b, 133, 141 y 142 Inc. 10 del Decreto N 795/96
MEOSP - Reglamentario de las Contrataciones del Estado y modificatorios Decretos Ns 2991/96 MEOSP, 5719/04 MEHF, 6129/06
GOB, 5526/07 MEHF, 6721/07 MEHF, 693/09 MEHF, 3521/09 MEHF, 1755/11 MEHF, 1258/13 MEHF, 1334/14 MEHF, 3368/15 MHEF, 723/17 MEHF, 1779/17 MEHF y 4800/18 MEHF;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Apruébase el procedimiento de contratación directa por vía de excepción -modalidad de negociación directaautorizado mediante Decreto N 955/20 MDS, tendiente a la adquisición de diez mil quinientas cuarenta y siete 10.547 unidades de los siguientes alimentos: aceite, arroz, azúcar, puré de tomates, fideos, cacao, harina de trigo, leche en polvo entera y harina de maíz y la adquisición de mil quinientos veinticinco 1525 artículos de higiene: lavandina y jabón de lavar en pan blanco, con las características detalladas en pliego de condiciones y formulario contratación directa por vía de excepción aprobados en el mismo, destinados a contar con los recursos necesarios para la asistencia de la población de todo el territorio de la Provincia que está siendo y será afectada, de diferentes maneras por la pandemia declarada el pasado 11 de marzo por la Organización mundial de la Salud -OMS-, a raíz del brote del nuevo corona-

5

virus COVID-19, ello de acuerdo con lo tramitado por la Coordinación de Operaciones Logísticas de la mencionada jurisdicción.
Art. 2 - Apruébase incrementar en un 30% las cantidades totales por renglón, ello conforme lo prevé el artículo 64 del Decreto Nº 795/96 MEHF y atendiendo los argumentos de la necesidad de contar con los recursos necesarios para la asistencia alimentaria de la población de todo el territorio de la provincia que está siendo y será afectada de diferentes maneras por la pandemia declarada por la OMS, a raíz del brote de COVID-19.
Art. 3 - Recházanse las ofertas presentadas por las firmas que seguidamente se detallan, de acuerdo a lo aconsejado en Acta Nº 02/2020 labrada por la comisión constituida a tal efecto, la cual obra a fs. 453/455 y vta. y por los motivos expuestos en cada caso:
Firma Biomed S.A.:
Anexo I Alimentos: Para los ítem 05 y 07: Por no cumplir con el Art. 30 del pliego de condiciones que rige la presente contratación directa por vía de excepción, dado que dicha firma no se encuentra inscripta al momento de la apertura de ofertas en el rubro relacionado con el objeto de la contratación, según surge de la documentación obrante.
Firma Super La Estrella S.R.L.:
Anexo I - Alimentos: ítem 07 - Producto harina de trigo 000 marca Celestial por resultar no conforme a lo solicitado en el Decreto 955/2020 MDS, según surge del informe técnico de evaluación de la documental elaborado por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología el RNE presentado no se corresponde con el original según la autoridad sanitaria consultada a fs. 445.
Anexo II - Artículos de Higiene: ítem 01 e ítem 02: Por no cumplir con el Art. 3 del pliego de condiciones que rige lo presente contratación directa por vía de excepción, dado que dicha firma no se encuentra inscripta al momento de la apertura de ofertas en el rubro relacionado con el objeto de la contratación, según surge de la documentación obrante.
Firma Industrias Alimenticias La Blanquita S.R.L.:
Anexo I - Alimentos: ítem 05 e ítem 07: Por no cumplir con el Art.
30 del pliego de condiciones que rige la presente contratación directa por vía de excepción, por no encontrarse vigente/actualizado el certificado de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y por no haber cumplimentado lo notificado en fecha 16/07/2020 respecto a la actualización del registro antes mencionado, según surge de la documentación obrante a fs 451.
Firma Esteban Juan Clucellas:
Anexo I - Alimentos: los ítem 01, ítem 02; ítem 03, ítem 04, ítem 05, ítem 07, ítem 08, ítem 09 y del Anexo II - Artículos de Higiene:
los ítem 01 e ítem 02; por no dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 3 del pliego de condiciones y formulario de contratación directa por vía de excepción, relativo a las condiciones para presentar la oferta, dado que no se encuentra inscripto en el Registro de Proveedores de la Provincia como tampoco ha dado inicio al trámite correspondiente, según documentación de fs. 437.
Firma Masivo S.A.:
Anexo I - Alimentos: los ítem 01, ítem 02, ítem 03, ítem 05 e ítem 06-: Por resultar el precio cotizado superior al precio máximo de referencia para la Provincia de Entre Ríos para este producto, conforme a lo dispuesto por la Resolución N 100/20 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, requisito establecido en el artículo 10 del pliego de condiciones que rige el presente procedimiento de contratación.
Art. 4 - Adjudícase la contratación directa por vía de excepción, autorizada mediante Decreto N 955/2020 MDS para la adquisición de alimentos y productos de higiene, de acuerdo a lo aconsejado en Acta N 02/2020 labrada por la comisión constituida a tal efecto que obra a fs. 453/455 y vta. por la suma total de pesos nueve, millones ciento cuarenta y seis mil novecientos diecinueve con treinta y siete centavos 9.146.919,37, y conforme seguidamente se detalla: Anexo I -Alimentos: Por cumplir con el pliego de condiciones, ajustarse técnicamente a lo requerido, según surge del análisis efectuado y del informe técnico elaborado por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología a fs. 442 a 450 y resultar el precio acorde a los precios máximos de referencia para la Provincia de Entre Ríos para este producto establecidos por Resolución N 100/20 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, resultando el más conveniente a los intereses del Estado:

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/10/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data22/10/2020

Conteggio pagine25

Numero di edizioni4806

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione09/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Octubre 2020>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031