Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/12/2019

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 6 de diciembre de 2019

BOLETIN OFICIAL

DECRETO Nº 3833 MGJ
RECONOCIENDO ATENCION DE JEFATURA
Paraná, 2 de diciembre de 2019
VISTO:
La Resolución Nº 028 de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, de fecha 29 de diciembre de 2017; y CONSIDERANDO:
Que por la citada resolución, se encargó la atención de la Jefatura del Registro Público de la Propiedad Inmueble de Uruguay, a la agente María Cecilia Leiva, DNI Nº 26.306.366, legajo personal Nº 152.406, en forma transitoria, a partir del día 29 de diciembre de 2017, en reemplazo de su titular, la agente Mónica Graciela Marsico, DNI Nº 13.599.379, legajo personal Nº 130.972, en uso de su licencia anual ordinaria; y Que a fojas 11 y vuelta obra copia de la Resolución Nº 5052/17 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, concediendo el beneficio de jubilación ordinaria común, a la agente Marsico, adjuntando a fojas 13 la fecha de cese de funciones el día 28 de febrero de 2018; y Que a fojas 17 la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, informó que la agente Marsico, percibe en concepto de adicional por responsabilidad funcional el equivalente al treinta por ciento 30% y la agente Leiva, el equivalente al veinticinco por ciento 25% de dicho concepto, asistiéndole derecho a este último agente, a percibir la diferencia del cinco por ciento 5% del adicional por responsabilidad funcional por el período de reemplazo; y Que a fojas 21/22 la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, aconsejó hacer lugar a lo solicitado en autos emitiendo el acto administrativo del Poder Ejecutivo que asigne las funciones transitoriamente a la escribana Leiva como Jefa del Registro Público de Uruguay; y Que a fojas 26, luce Resolución Nº 585 de fecha 11 de setiembre de 2018, del Ministerio de Gobierno y Justicia, ratificando la Resolución Nº 028/17 DGNERA y reconociendo la atención de la Jefatura del Registro Público de la Propiedad Inmueble de Uruguay a la agente Leiva, a partir del día 12 de diciembre de 2017 y hasta el día 28 de febrero de 2018 inclusive; y Que a fojas 28, la señora Ministra de Gobierno y Justicia de la Provincia solicita readecuar el detalle del costo y el volante de reserva preventiva del crédito al presupuesto del año en curso y la confección del texto legal respectivo; y Que a fojas 30 la señora directora general de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos informó que la agente Leiva se encuentra desde el día 1º de marzo de 2018, a cargo de la Jefatura del Registro Público de la Propiedad Inmueble de Uruguay; y Que a fojas 33 luce intervención de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de este Ministerio, adjuntando a fojas 31 el costo de la asignación de funciones y a fojas 32, volante de reserva preventiva del gasto; y Que la presente gestión se encuadra en las disposiciones del Decreto Nº 4458/90 MGJOSP, modificado por Decreto N 2426/04
GOB, Decreto N 5384/03 GOB y sus modificatorios y Decreto N
5125/03 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Reconócese la atención de la Jefatura del Registro Público de la Propiedad Inmueble de Uruguay, a la agente María Cecilia Leiva, DNI N 26.306.366, legajo personal N 152.405, categoría 2, profesional C, desde el día 1 de marzo de 2018 y hasta la fecha del presente decreto, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2.- Asígnese transitoriamente la función de Jefa del Registro Público de la Propiedad Inmueble de Uruguay a la agente María Cecilia Leiva, DNI N 26.306.366, legajo personal N 152.405, categoría 2, profesional C, desde la fecha de la presente y hasta tanto esa dirección lo considere necesario.
Art. 3.- Impútese el gasto a: Dirección de Administración 966
Carácter 1 Jurisdicción 20 Subjurisdicción 02 Entidad 0000
Programa 18 Subprograma 00 Proyecto 00 Actividad 01 Obra 00 Finalidad 1 Función 20 Fuente de Financiamiento 11
Subfuente de Financiamiento 0001 Inciso 1 partida Principal 1
Partida Parcial 3/4/69 Partida Subparcial 1111/1100/1001/1031/
1051 Departamento 84 Ubicación Geográfica 07 del presupuesto vigente.
Art. 4.- Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a liquidar y hacer efectivo el pago del adicional por responsabilidad funcional a la agente María Cecilia Leiva, DNI N 26.306.366, legajo personal N
152.405, atento a lo dispuesto por el artículo 1 y 2 de la presente norma legal.
Art. 5º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6º: Comuníquese, publíquese, con copia de las presentes pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable, a sus efectos y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
5

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DECRETO Nº 3803 MDS

ACORDANDO PENSIONES
Paraná, 2 de diciembre de 2019

VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que los peticionantes han cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Incisos A y C: a la ancianidad y a la invalidez; justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó cada una de las gestiones informando favorablemente al respecto;
Que ha tomado intervención de competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional, encuadrando la gestión en la Ley Nº 4035 y su Decreto Reglamentario Nº 157/18 MDS;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.-Acuérdanse a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, pensiones correspondientes a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Incisos A y C, por los conceptos de ancianidad e invalidez, de acuerdo a lo dispuesto por su norma reglamentaria Decreto N 157/18 M.D.S.; a las personas que a continuación se detallan:
Apellido y Nombre DNI - Cod.
Ancianidad:
Metzler, Jorge Antonio 14.993.046 19.223 - 03-00
Zapata. Vicente Héctor 12.431.785 19.169 - 03-16
Invalidez:
Soria, Elvio Hernán 20.668.448 19.270 - 03-00
Zapata, Ernesto Darío J. - 23.661.268 19.250 - 03-14
Departamento Feliciano:
Ancianidad:
Diaz, Marcelino E. - 12.701.045 19.221 - 05-00
Invalidez:
Salinas, Mario I. - 16.646.834 19.222 - 05-00
Departamento I. de Ibicuy:
Invalidez:
Rinaldi, José E. - 18.099.065 19.237
Departamento Nogoyá:
Ancianidad:
Cantero, Mario A. - 16.417.742 19.251 - 09-09
Cuder, Marta G. - 16.611.798 19.252 - 09-09
Cuello, Omar A. - 14.613.585 18.944 - 09-19
Miller, Elvira E. - 12.648.500 19.232 - 09-03
Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese, con copia del presente pasen para continuidad del trámite a la Dirección de Integración Comunitaria, y cumplido archívese.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 3804 MDS
ACORDANDO PENSIONES
Paraná, 2 de diciembre de 2019
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que los peticionantes han cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Inciso C a la invalidez;
justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó cada una de las gestiones informando favorablemente al respecto;
Que ha tomado intervención de competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional, encuadrando la gestión en la Ley Nº 4035 y su Decreto Reglamentario Nº 157/18 MDS;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.-Acuérdanse a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, pensiones correspondientes a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Inciso C, por el concepto de invalidez,

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/12/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data06/12/2019

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4782

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione05/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Diciembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031